| 1) Vigencia del contrato: será de 12 meses o hasta que
el presupuesto disponible sea utilizado, lo que ocurra primero, y el contrato
regirá durante toda la relación contractual, desde el día hábil siguiente a la
aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, a través del portal www.mercadopublico.cl,
y hasta el pago. En la eventualidad de que el último día de plazo coincida con un
fin de semana o día feriado, éste se prorrogará al día hábil siguiente. 2) DESÍGNASE, Inspector Fiscal
responsable de la recepción de los servicios al Sr. Julio Victoriano M.,
correo electrónico julio.victoriano@mop.gov.cl,
e Inspector Fiscal Subrogante a la Sra. Mónica Manríquez S., correo electrónico monica.manriquez@mop.gov.cl,
ambas pertenecientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, quienes serán
responsables de dar cumplimiento a lo establecido en las Bases Administrativas
y Especificaciones Técnicas. 3) ESTABLÉCESE, que el
lugar de entrega y
de prestación del servicio y abastecimiento será en las Plazas de Pesaje Curalí
y Nicodahue, ubicadas en el km 52,5 y en el km 93 de la Ruta 156 (Ruta de la
madera) respectivamente, Comuna de Santa Juana y Comuna de Nacimiento, Región del
Biobío.
Horario: de lunes a
domingo, entre las 09:30 horas y 18:00 horas. 4) deberá facturar a la Dirección de
Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
·
Los pagos se realizarán
solo una
vez que se haya entregado el suministro por avance de ejecución de servicio
cada 30 días y que hayan sido
solicitadas por instrucción del Inspector Fiscal.
·
Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado
"Recepción Conforme" para facturar.
·
La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP
es un contribuyente electrónico.
·
Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el
siguiente código 972, REG_08 DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONSERVACIÓN.
·
La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro
Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro
de Pago Contado en la(s) factura(s),
dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos
Internos de la factura, en los casos que corresponda.
·
En la eventualidad de que el proveedor adjudicado
no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s)
correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.722 de presupuestos
año 2025, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia
electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°.
·
Los proveedores deberán efectuar el trámite a
través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio,
para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la
recepción conforme de lo contratado. |