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2.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO: La prestación de los servicios tendrá un tiempo de 2 meses como
máximo. Este plazo, comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de
compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que no la acepte transcurridas 24 horas de la publicación de
Orden de Compra, la Dirección de Vialidad
dará por aceptada dicha Orden y el presente contrato. Para todos los efectos,
se considera como primer día de plazo del contrato, el día siguiente a la
aceptación de la orden de compra.
3.- CONTRATO: Se
formalizará solo con la Orden de Compra
respectiva, tal cual se establece en el Punto 1.2. "Antecedentes Administrativos",
apartado "Contrato", de las Bases Administrativas.
4.-ESTABLÉCESE, de
acuerdo a lo señalado en las Bases de Licitación, Punto 1.10.16. SANCIONES, lo siguiente:
1.10.16.1.- Por detenciones en el servicio de
colocación y compactación de mezcla asfáltica
Tal como se indica en el punto
1.10.4.4.-Condiciones generales para la
operación de la maquinaria, la Dirección de Vialidad sancionará a la empresa prestadora
del servicio en caso de que en una o más jornadas de trabajo (seguidas o
acumuladas) no se realice imprimación o colocación de mezcla asfáltica por no
contar con alguno de los equipos ofertados, de acuerdo a la siguiente tabla:
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Jornada de trabajo sin producción por alguno de
los equipos contratados
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Sanción por jornada
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20 UF
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La multa se descontará
administrativamente del valor total de la factura correspondiente al mes del
incumpliendo del servicio de horas máquina prestado.
En
el caso que la empresa prestadora del servicio acumule
3 días sin colocación de asfalto por razones atribuibles a su responsabilidad,
se terminará el contrato de servicio de horas máquina para colocación de mezcla
asfáltica y se pagarán solo las horas efectivamente ejecutadas con la
aplicación de las multas correspondientes.
1.10.16.2-
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
La
multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura
respectiva
Previo
a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá
un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción
cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los
elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el
mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que
formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y
acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días
hábiles.
La
notificación se hará personalmente o por carta certificada. En el caso de
notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la
fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con
los descargos o sin ellos, si no se efectuaren, la autoridad que adjudicó el
contrato dictará una resolución en que los pondere, y conforme a dicho mérito,
aplicará o no la multa o modificará la propuesta por el Inspector Fiscal.
La
aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales,
ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
En
el caso de término anticipado, se procederá de igual forma y plazo respecto de
las multas.
5.- ESTABLÉCESE, que el responsable de
recepción de estos trabajos y velar por el fiel cumplimiento de lo establecido
en las Bases, será el Sr. Javier Ruiz T., Teléfono 41-2852161, correo electrónico javier.ruiz@mop.gov.cl
6.- ESTABLÉCESE, La facturación se realizará mensualmente, una vez recibidos
conforme los servicios por parte del Inspector Fiscal.
La
Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a
que el MOP es un contribuyente electrónico.
Para el caso que sea una Unión
Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
Además,
al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 972,
REG_08_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD.
La
Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva
directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en
la(s) Factura(s), dado que ello no se da
en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
En
caso de que la empresa aún posea facturas en formato papel, estas deberán ser
entregadas en Oficina de Partes de la Dirección de Vialidad, ubicadas en A.
Prat Nº 501, Piso 5º de la Ciudad de Concepción de la Región del Biobío. La
factura, deberá venir debidamente timbrada por el Servicio de Impuestos
Internos y desglosando el IVA. De no cumplirse estos requisitos, la factura
será devuelta al proveedor adjudicado.
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