TÉRMINOS DE REFERENCIAS COMPRA ÁGIL
1.
GASTOS
El
proponente, para la presentación de su oferta, deberá efectuar un estudio
completo y detallado de todas las condiciones, antecedentes y documentos
solicitados por la SJZ CMT “Coyhaique”. Los gastos en que incurran los
oferentes en el estudio y preparación de las propuestas serán de su costo y
cargo, sin derecho a devolución, reembolso y/o indemnización por parte del
CMT.
2.
OFERTAS RIESGOSAS O
TEMERARIA
La
entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si se determina que se
trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto, las ofertas presentadas
corresponden a formatos tipos estandarizados, sin justificar documentadamente
en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato,
lo que daría cuenta de la falta de seriedad de las ofertas formuladas en el
marco de este proceso de licitación.
Se
considerará que la justificación presentada por el proveedor no es suficiente
sí está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas
desde la perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el
cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el
precio ofertado es el resultado del incumplimiento de normativas sociales,
laborales y medioambientales o conductas que vulneren la libre competencia.
3. DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO
El presupuesto total
disponible para esta adquisición es de $ 170.000 (Ciento setenta mil pesos
chilenos), valor con I.V.A. incluido, según la siguiente distribución por
Centro de Costo:
Centro
de Costo La Tapera $ 170.000
4.
PLAZO Y CONDICIONES
DE ENTREGA
El o los productos y/o servicios solicitados
deberán ser entregados en las bodegas de la Sub Jefatura Zonal CMT de
Coyhaique, ubicada en la Avenida Baquedano S/N Km 0,5 camino Coyhaique a Puerto
Aysén o a convenir con el proveedor en los casos que estos cuenten con sucursal
o bodegas en la ciudad de Coyhaique (entregas en empresas Courier no cuentan como
sucursal o bodega).
Para
los efectos de esta adquisición y/o servicio a través de la modalidad de Compra
ágil se tomará como plazo para recibir conforme en calidad y cantidad los
bienes y/o servicios lo ofertado, lo indicado
por el proveedor en su oferta, contados desde el
día siguiente de la fecha de enviada la Orden de Compra. En
caso, de no indicar el plazo de entrega se tomará el plazo máximo establecido
en la compra ágil.
En
caso, que la orden de compra “no haya sido aceptada”, la Subjefatura Zonal CMT “Coyhaique”
podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas
24 horas desde dicha solicitud.
El
horario para la entrega será de lunes a viernes de 09:00 a 17:30 Horas.
Los
elementos que no cumplan o no sirvan según lo requerido, serán devueltos,
previa regularización de la compra, considerando los costos de fletes por la
devolución con cargo al oferente, y se aplicará la multa correspondiente, por
eso oferte sólo lo solicitado.
El proveedor
deberá enviar los elementos con GUÍA DE DESPACHO, una vez recepcionados el o
los elementos, el encargado de la compra tomará contacto con el proveedor para
emitir la factura correspondiente.
5.
PRECIO Y FORMA DE
PAGO
Los
pagos al proveedor por los bien o servicio se harán efectivo por el total
recibido, para ello, deberá efectuarse por ésta dentro de los treinta días
corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento
tributario de cobro.
En
caso de que el documento antes señalado presente errores u omisiones ya sea de
forma o fondo, implicará su devolución y que el plazo antes señalado se
computará a partir de la fecha de la entrega correcta de la nueva factura.
Con
todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la
SJZ CMT“ Coyhaique” registre en el sistema de información lo siguiente:
a)
La entrega de los bienes o servicio, por parte del proveedor, en el momento en
que esto ocurra.
b)
La recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos, por parte del
requirente o administrador del contrato.
Si
no hubiese conformidad con los servicios adquiridos, deberá registrarse los
hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o
antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin
perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
Igualmente,
la SJZ CMT “Coyhaique” emitirá la correspondiente Acta de Recepción, quedando una
copia en PDF en el portal www.mercadopublico.cl.
Cabe
precisar que antes de ser informada el Documento Tributario Electrónico (DTE)
en el Servicio de Impuestos Internos (SII), el proveedor deberá hacer entrega
de los bienes o servicio antes de los 8 días corridos, contados desde la fecha
de recepción de dicho documento en el SII, de lo contrario el documento en
cuestión será rechazado, por lo que se deberá considerar facturar en la fecha
más próxima a la entrega o bien la entrega de los bienes realizarla con la correspondiente
guía de despacho.
RAZÓN SOCIAL: Ejército de Chile-Cuerpo
Militar del Trabajo
RUT: 61.101.037-0
DIRECCIÓN DE FACTURACIÓN: General Parra
N.°102
COMUNA: Coyhaique
GIRO: Construcción de carreteras y líneas de
ferrocarril
6.
ADMINISTRADOR DEL
CONTRATO
El
contrato será administrado por el Cb1 César Salazar, correo electrónico cesar.salazar@ejercito.cl,
de dotación de esta SJZ CMT “Coyhaique” o quien lo subrogue. Serán funciones
del Administrador del contrato, entre otras, las siguientes:
a)
Informar y solicitar al Jefe Administrativo la aplicación de multas en los
casos que corresponda.
b)
Informar y solicitar al Jefe Administrativo el término anticipado de la
contratación en los casos que correspondan.
c)
Tramitar la respectiva acta de recepción conforme al escalón mercado público
para la gestión de compras en el sistema www.mercadopublico.cl.
d)
Revisar y posteriormente tramitar la respectiva factura o guía de despacho para
el proceso de pago.
7.
MULTAS
A.
DE LAS MULTA POR
ATRASO EN EL PLAZO DE ENTREGA
El
proveedor podrá ser sancionado por la SJZ CMT “Coyhaique” con el pago de
multas, según cada caso, por atraso en la entrega de los elementos.
ATRASO EN LA ENTREGA
Para los
efectos de la multa, esta se aplicará por cada día hábil de atraso en la
entrega, y se calcularán con un 2% del valor neto del bien o servicio
solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del
plazo de entrega establecido por el proveedor con un tope, para la aplicación
de multa, de 10 días hábiles.
Para lo
anterior se considerará que el plazo de entrega comenzó al día hábil siguiente
de la fecha de enviada la orden de
compra.
ATRASO EN LA ENTREGA
DEL PRODUCTO O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS LUEGO DE SOLICITADA SU CORRECCIÓN
El proveedor
tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega
nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a lo ofertado, contado
desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios.
La SJZ CMT
“Coyhaique” está facultada para el cobro una multa por cada día hábil de atraso
en la nueva entrega de los productos o prestación de los servicios, una vez
transcurridos los días hábiles ofertados por el proveedor, contados desde la
fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios.
Esta se
aplicará por cada día hábil de atraso en la nueva entrega, y se calcularán con
un 2% del valor neto del bien o servicio solicitado y aplicable a las
cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido
por el proveedor con un tope, para la aplicación de multa, de 10 días hábiles
CONDICIONES COMUNES PARA LAS MULTAS
Además, si los
atrasos superan los 15 días hábiles, sin que acredite fehacientemente causal de
fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del
código civil, calificado como tal, el Jefe de la SJZ CMT deberá dar resuelto el
contrato por incumplimiento, mediante resolución administrativa, haciendo
efectiva la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si
correspondiera.
B.
PROCEDIMIENTO COBRO
DE MULTA
1. Detectada una
situación que amerite la aplicación de multa por parte del funcionario
responsable, la SJZ CMT “Coyhaique”, notificará inmediatamente de ello al
proveedor, por correo electrónico registrado a través del sistema de
información, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que
aquella se motiva.
2. A contar del día
hábil siguiente del envío del correo electrónico, el proveedor tendrá un plazo
de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el
administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes
que respalden su posición.
3. Vencido el plazo
indicado en el punto anterior sin que hayan presentado descargos, se aplicará
la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Jefe de la
SJZ CMT “Coyhaique”.
4. Si el proveedor
adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos
efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la
recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a
parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del
respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, en la cual deberá
detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La
indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor mediante correo
electrónico.
5. Notificada la
resolución señalada en el punto precedente, el proveedor sancionado pagará la
multa aplicada, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la notificación,
mediante la emisión de un vale vista a nombre del CMT o transferencia bancaria.
6. Con todo, este
procedimiento, se regirá en conformidad a la Ley N° 19.880, que “Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos
de la administración del estado”.
8.
TÉRMINO ANTICIPADO
Sin
perjuicio de las acciones y derechos que correspondan al CMT de conformidad al ordenamiento
jurídico en caso de incumplimiento del proveedor, se podrá ejercer la facultad de
dar por terminado anticipadamente el contrato, si el proveedor incurre en
alguna de las situaciones señaladas en el artículo 130° del Reglamento de la
Ley N.°19.886 y en particular las que se describen a continuación:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona
natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre
que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por
el contratante, como por ejemplo incumplimiento de la normativa, la no entrega
de los bienes, incumplimiento de las especificaciones técnicas, negligencia
grave (culpa lata), entre otras de similar naturaleza.
d) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los
términos inicialmente pactado, cuando no sea posible modificar el contrato
conforme al Artículo 129° del reglamento de la Ley N.°19.886. En tal caso, la
SJZ CMT “Coyhaique” sólo pagará el precio por los bienes que efectivamente se
hubieren entregado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato
obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen las
medidas en su contra establecidas en el punto I de la presente licitación.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
f) Si el atraso en la recepción de los bienes y servicio,
supera los 15 días hábiles.
9. PROCEDIMIENTO PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
1.
Detectada una situación que amerite el término anticipado del contrato,
conforme a lo señalado precedentemente en los términos de referencia, el
administrador del respectivo contrato notificará inmediatamente de ello al
proveedor, por correo electrónico informado en el sistema de información,
informándole sobre el término anticipado y los hechos en que aquello se
fundamenta.
2.
A contar del día hábil siguiente del envío del respectivo correo electrónico,
el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por
escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos
los antecedentes que respalden su posición.
3.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado
descargos, se dará el correspondiente término anticipado del contrato por medio
de una resolución firmada por parte del Jefe de la Sub Jefatura Zonal CMT
“Coyhaique”.
4.
Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo
establecidos para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles,
contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o
acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor
deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe
de la SJZ CMT, el cual deberá detallarse los fundamentos que determinan el
término anticipado del contrato. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo
proveedor por correo electrónico.
5.
Notificada la resolución señalada en el punto precedente al proveedor, la SJZ
CMT hará el cobro de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento, si la
hubiese, solo si la causal de término anticipado es imputable al proveedor.
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Se
formalizará con la emisión de la Orden de Compra
11. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las
partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato correspondiente por
motivos fundados. La modificación, si la hubiere, formara parte integrante del
respectivo contrato. En ningún caso la modificación podrá alterar la naturaleza
del objeto de éste, tampoco podrá alterar la aplicación de los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco
podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del respectivo contrato,
conforme al artículo 129° del reglamento de la Ley N.°19.886, para lo cual
deberá contar con la debida autorización presupuestaria si fuere procedente.
Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal
efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto
administrativo aprobatorio del mismo.
12. UNIDAD DE MEDIDA DE LOS PLAZOS DE LA COMPRA ÁGIL
Todos
los plazos que se establecen en este proceso de compra ágil son medidos en DÍAS
CORRIDOS (7 días por semana), salvo que en éstas se especifique para cada caso
una unidad de medida distinta.
Cuando
el último día del plazo sea inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día
hábil siguiente.
13. NOTIFICACIÓN
Los
proveedores deberán fijar a través del sistema de información, una dirección de
correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas
por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores
mantener las direcciones de correo electrónico actualizadas e informar
cualquier cambio a la Dirección de Compras. Lo anterior conforme al art. 140
del Reglamento de ley de compras.
14. OTRAS CONDICIONES
Queda
entendido que, toda empresa o persona natural, conoce y acepta sus términos y condiciones.
El
proveedor al no rechazar la Orden de Compra acepta los términos de referencias,
documento de orden legal y administrativo que determina una obligación entre el
comprador y proveedor, teniendo como función respaldar los actos de compras o
contratación, respecto de la solicitud final de productos o servicios, que se
encuentran publicadas en la plataforma de mercado público y que son de
conocimiento del proveedor. Además, estos documentos son validados y
autorizados por los responsables del proceso, ya sea en el documento físico o en
forma electrónica según lo establezcan los procedimientos. |