| PRESENTACIÓN DE GARANTÍA POR FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/ORCOM | Y.- Garantías
1.- El proveedor adjudicado deberá entregar
un Instrumento Financiero por la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del
Contrato, extendida a la vista, irrevocable, de realización inmediata, por un
monto igual al 5% de la oferta, calculada del NETO, presentada a nombre de
“Escuela de Grumetes A.N.C.”, R.U.T. 61.102.024-4 y su glosa “Por fiel y
oportuno cumplimiento de contrato de licitación ID 3156-58-LE24 ”REPOSICIÓN DE TECHUMBRE
EDIFICIO GUARDIÁN BRITO”.
Esta Garantía debe ser presentada en la ESCUELA, ubicada en la Isla Quiriquina,
Base Naval, Talcahuano, en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde
la notificación de la adjudicación y tendrá como vigencia el plazo indicado a
continuación en el punto 3.
2.- En caso que el Oferente adjudicado no
entregue una Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en la forma y tiempo
exigido en el párrafo anterior, se entenderá que no existe interés de su parte
en mantener su oferta y que por este sólo hecho renuncia irrevocablemente a la
adjudicación efectuada. En tal caso se dictará una resolución que deje sin
efecto la adjudicación procediendo la ESCUELA a readjudicar el proceso a la
segunda mejor oferta.
3.- La vigencia de
la garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato deberá ser igual a la
sumatoria de lo días ofrecidos para la ejecución del servicio (Plazo de
Entrega) más el periodo ofrecido como Servicio Post Venta, ambos indicados en
cláusula P.- Procedimiento de Evaluación de Ofertas, números 2 y 4
respectivamente e incluyendo, por tratarse de servicios, 60 días hábiles
después de transcurridos los dos periodos descritos anteriormente.
4.- En caso de incumplimiento del Oferente
adjudicado, de las obligaciones que le impone el Contrato, lo que incluye
también el cumplimiento imperfecto o tardío, la ESCUELA, estará facultada para
hacer efectiva la garantía vigente, administrativamente y sin necesidad de
requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a título de cláusula penal
y evaluación anticipada de perjuicios. Lo anterior, sin perjuicio de las
acciones judiciales que corresponden a la ESCUELA, para solicitar el
cumplimiento forzado o la resolución del Contrato, más la indemnización de
perjuicios. También y con cargo a la garantía vigente, podrán hacerse efectivas
las multas y demás sanciones contractuales que afecten al Oferente adjudicado.
5.- Aumento de Garantía: Cuando el precio
de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado
por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Requirente que los
costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Unidad Compradora
podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole
una ampliación de las Garantías de fiel cumplimiento, por la diferencia real no
porcentual del precio con la oferta que le sigue.
6.- No procediendo causales para hacerla
efectiva, la Garantía será devuelta por la ESCUELA al Oferente adjudicado, al
término de su período de vigencia, y una vez firmada por las partes la
liquidación y el acta de recepción conforme y finiquito por la adquisición,
objeto de las presentes Bases Administrativas y sus Anexos. |