| ADJUDÍQUESE AL PROVEEDOR ALICIA SAAVEDRA SANTANDER RUT: 6.891.572-4, LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 228/2025 ID 2446-124-LE25, “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES”. DECRETO EXENTO Nº:________/ COQUIMBO | ADJUDÍQUESE
AL PROVEEDOR ALICIA SAAVEDRA SANTANDER RUT: 6.891.572-4, LA LICITACIÓN PÚBLICA
N° 228/2025 ID 2446-124-LE25, “SUMINISTRO DE ARREGLOS
ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES”.
DECRETO EXENTO Nº:________/
COQUIMBO
VISTOS:
Lo dispuesto en los artículos 6, 7
y 118 de la Constitución política de la República; lo dispuesto en los artículos 56 y 63 de la Ley Nº 18.695 Orgánica
Constitucional de Municipalidades; Las
disposiciones contenidas en la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios Nº 19.886 y en su Reglamento; La Ley N°
19.880 que establece bases en los procedimientos administrativos que rigen los actos
de la Administración del Estado; lo
dispuesto por la Ley N° 21.634 de fecha 11 de diciembre de 2024; lo dispuesto
por el Decreto N° 661/2024 del
Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N° 19.886; el Decreto Nº
3070 de fecha 15 de noviembre del 2023 que aprueba Manual de Procedimiento
tramitación de facturas de contrataciones regidas por la Ley Nº 19.886; la Guía de
Requerimiento N° 715 de fecha 09 de abril de 2025; el Proyecto Presupuestario del
Departamento de Eventos año 2025; el
Formulario de
Oferta Económica; el Formulario de Identificación del Oferente; el Formulario
Declaración Jurada y el Formulario Pacto de Integridad; el Decreto Exento N° 1225 de
fecha 24 de abril del 2025 en la
cual se aprueba el llamado
de la
Propuesta
Publica Nº 228/2025; la Ficha de Licitación
ID 2446-124-LE25 emitida
por el sistema
de compras públicas; la Apertura
de las Ofertas de los oferentes; el Acta
de Evaluación de las ofertas
de fecha 07 de mayo del 2025; el Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria Nº 3097 de fecha 08 de mayo 2025; el Decreto
N° 3874 de fecha 06 de diciembre del 2024, por el cual Sr. Alí Manuel
Manouchehri Moghadam Kashan Lobos, asume como Alcalde de Coquimbo y las atribuciones de mi cargo:
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Municipalidad de
Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y
asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la
comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional
de Municipalidades.
2.- Que, la letra L) del artículo
4º de la citada ley establece que las municipalidades, en el ámbito de su territorio,
podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del
Estado, funciones relacionadas con el desarrollo de actividades de interés
común en el ámbito local, “Asimismo, la letra f) del artículo 5° de dicho
cuerpo legal, establece que, para el cumplimiento de sus funciones, las municipalidades
tendrán las siguientes atribuciones esenciales: adquirir y enajenar bienes
muebles e inmuebles.
3.- Que, el municipio de Coquimbo, con la finalidad de dar cumplimiento a
los requerimientos de la autoridad edilicia, según agenda coordinada desde
gabinete para las actividades, efemérides de la Comuna y ceremonias oficiales, se
requiere anualmente para ornamentación protocolar, arreglos florales, para
entregar a las distintas autoridades, homenajes en los distintos eventos protocolares
municipales, asimismo ornamentación floral para los lugares donde se realizan
dichas actividades. El contrato de suministro de flores bouquet, centros de
mesas, ofrendas protocolares, arreglos de pedestal y coronas fúnebres que permitirá
a la oficina de RR.PP. cumplir con el protocolo establecido para las actividades
municipales que se requieren para el presente año.
4.- Que, el Suministro de arreglos ornamentales y protocolares 2025, se
encuentra ingresado en el Plan Anual de Compra 2025 con el Nº 3438-18-PC25
.
5.- Que,
en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se
tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas
simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID
2446-124-LE25.
6.- El Decreto Exento N° 1225
de fecha 24 de abril del 2025, que
aprueba las bases técnicas y administrativas para el “Suministro de arreglos ornamentales y protocolares periodo 2025”, mediante
el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente
cuadro:
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Nombre
|
Rut
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Cargo
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|
Pilar Montenegro Castillo
|
8.870.900-5
|
Encargada Oficina de Control y Gestión Interna-Dideco
|
|
Karla Oros Astudillo
|
13.761.749-8
|
Profesional Apoyo Dideco
|
|
Claudia González Hidalgo
|
17.293.635-0
|
Jefe Departamento Social
|
7.- Dicha Comisión procedió a la
evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme
a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios
de evaluación ahí establecidos:
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Criterio
|
Ponderación
|
Descripción
|
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PRECIO
|
30%
|
(Menor
precio ofertado/Precio Ofertado) x 100
|
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EXPERIENCIA EN EL RUBRO
|
20%
|
0 a 1 documentos que
acrediten: 0 puntos
2 a 4 documentos que
acrediten: 50 puntos
5 a 7 documentos que acrediten:
80 puntos
8 o más documentos
que acrediten: 100 puntos
Para la evaluación de
este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia
en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente
licitación.
Se considerarán como
documentos válidos para acreditar la experiencia copias de contratos, órdenes
de compra o certificados de cumplimiento o ejecución.
Los servicios o
trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no
serán
considerados
para la evaluación.
|
|
DESARROLLO LOCAL, REGIONAL Y DESCENTRALIZADO
|
20%
|
El presente
criterio de evaluación se establece en
conformidad a lo señalado en el artículo 23 del DS 250 DEL AÑO 2004. Reglamento
de la Ley de Compras Públicas, considerando como materia de alto impacto
social, el propender al desarrollo local, la descentralización y el desarrollo
regional.
A
través de este criterio, se busca fomentar y propender el desarrollo
económico, social y laboral de los habitantes de la comuna o de la región.
Se asignará
puntaje considerando si el oferente se encuentra domiciliado en la Comuna de
Coquimbo, o en otra Comuna de la Región de Coquimbo.
El oferente
cuenta con domicilio comercial en la Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo:
100 puntos
-El oferente
cuenta con domicilio comercial en la Región de Coquimbo, en una Comuna distinta
a la Comuna de Coquimbo: 50 puntos.
-El
oferente no cuenta con domicilio comercial en la Región de Coquimbo, o no
acredita dicho domicilio: 0 puntos.
Se
considerará la Comuna de la dirección o domicilio comercial señalado por el oferente
en el Formulario de Identificación del Oferente, lo que deberá ser acreditado
mediante la presentación de al menos uno de los siguientes documentos:
-Certificado
emitido por el Servicio de Impuestos Internos, donde conste la dirección vigente
en bases de datos de dicho servicio, a partir de al menos 6 meses antes de la
fecha de cierre de recepción de las ofertas. Lo último a efectos de evitar
que, maliciosamente, se registre domicilio para obtener puntaje en el presente
criterio.
-Copia de
patente municipal respectiva.
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COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
|
20%
|
Proveedor
Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0
Puntos. Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses
en Mercado
Público: 50 Puntos. Proveedor No Registra Reclamos, durante los
últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos.
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CUMPLIMIENTO REQUISITOS
FORMALES
|
8%
|
100 puntos: Oferta cumple con todos
los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones,
modificaciones, o acompañar documentación faltante
tampoco debió ser corregida de oficio la
propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el
acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos
los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones,
o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha
por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante.
b) La oferta o alguno de sus
documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora (sin
necesidad de requerir aclaratoria, por
tratarse de errores evidentes).
0 puntos: Oferta no cumple con todos
los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar
documentación faltante en el acto de
apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se
deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS
661/2024 No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
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Programa (S) de integridad y compliance
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2%
|
De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría
General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información
indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por
programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo
prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de
leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en
una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programas de integridad y compliance que sean
conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar
que son conocidos por estos. 100 Puntos
No
cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal
o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación
para acreditar que son conocidos por su personal. 0 Puntos
|
8.- Que, revisado el sistema de
información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de
ofertas, se recibe la siguiente oferta, según el siguiente detalle:
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PROVEEDOR
|
RUT
|
TOTAL OFERTA (NETO)
|
TOTAL OFERTA (IVA
INCLUIDO)
|
|
Alicia Saavedra Santander.
|
6.891.572-4
|
$ 1.127.731.-
|
$ 1.342.000.-
|
9.- Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo
a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes
puntajes:
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Nombre Oferente
|
Rut
|
Precio
|
Comp. Contractual
|
Desarrollo Local, Regional
y Descentralizado
|
Experiencia en el
Rubro
|
Cumpl. Requisitos
F.
|
Prog. Integridad
|
Puntaje Final
|
Lugar
|
|
Alicia
Saavedra Santander
|
6.891.572-4
|
30
|
20
|
20
|
16
|
8
|
0
|
94
|
1°
|
10. Que, verificados
por el evaluador los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de
fecha 07 de mayo del 2025, que el proveedor
Alicia Saavedra Santander Obtiene un
puntaje ponderado de (94).
11. El Acta
de Evaluación de las ofertas de fecha 07 de mayo del 2025,
donde se propone adjudicar la Licitación Pública N° 228/2025, ID 2446-124-LE25,
al proveedor ALICIA SAAVEDRA SANTANDER RUT 6.891.572-4, en virtud tener un
puntaje ponderado (94), cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
12- El Certificado de
Disponibilidad Presupuestaria N° 3097 de fecha 08 de mayo 2025, que da cuenta
de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para el “Suministro de arreglos
ornamentales y protocolares periodo 2025”.
Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N° 715 de
fecha 09 de abril de 2025 y Proyecto presupuestario
año 2025.
13.- Que, de conformidad al artículo 63 letra i) de la, Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades, al Alcalde le corresponde especialmente dictar
resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
D E C R E T O:
1º APRUÈBESE el Acta de Evaluación de las ofertas de fecha 07
de mayo del 2025, emitida
por los evaluadores designados mediante Guía de Requerimiento Nº 715 de
fecha 09 de abril de 2025 y el Decreto Exento Nº 1225 de fecha 24 de abril del 2025.
2º ADJUDÍQUESE la
Licitación Pública Nº 228/2025, ID 2446-124-LE25 “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO 2025”
al proveedor ALICIA
SAAVEDRA SANTANDER RUT: 6.891.572-4, por un monto de $ 10.000.000.- (Diez
millones de pesos) Iva Incluido.
3° PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación
Pública, para los efectos previstos
en la Ley 19.886 y su Reglamento.
4° IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto
Municipal año 2025, N° de cuenta: 215-22-04-999-000-000-046.
centro de costo Departamento de Eventos.
5º AUTORÍCESE SUSCRIBIR CONTRATO
con el proveedor adjudicado, para formalizar la contratación una vez que el
Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas haya verificado el cumplimiento
de los requisitos para contratar establecidos en las bases administrativas del
proceso licitatorio.
Anótese,
Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese
|
ESTEBAN PEFAUR DENDAL
|
ALÍ MANUEL MANOUCHEHRI
MOGHADAM KASHAN LOBOS
|
|
SECRETARIO MUNICIPAL
|
ALCALDE DE COQUIMBO
|
|