TÉRMINOS DE REFERENCIAS COMPRA ÁGIL
1.
El
proponente, para la presentación de su oferta, deberá efectuar un estudio
completo y detallado de todas las condiciones, antecedentes y documentos
solicitados por la SJZ CMT “Coyhaique”.
Los gastos en que incurran los
oferentes en el estudio y preparación de las propuestas serán de su costo y
cargo, sin derecho a devolución, reembolso y/o indemnización por parte del CMT.
2.
PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA
El o los productos y/o servicios
solicitados deberán ser entregado en las bodegas de la Sub Jefatura Zonal CMT
de Coyhaique, ubicada en el Km 0,5 camino a Pto. Aysén a la salida de Coyhaique
o a convenir con el proveedor.
Para los efectos de esta adquisición
y/o servicio a través de la modalidad de Compra ágil se tomará como plazo para
recibir conforme en calidad y cantidad los bienes y/o servicios, según lo
ofertado x el proveedor, contado desde el día siguiente de la fecha de emisión
de la Orden de Compra.
El horario para
recibir los bienes y servicio será de lunes a viernes de 09:00 a 17:30 Horas.
Los elementos que no cumplan o no sirvan según lo requerido, serán
devueltos, previa regularización de la compra, considerando los costos de
fletes por la devolución con cargo al oferente, y se aplicará la multa
correspondiente, por eso oferte sólo lo solicitado.
3.
PRECIO Y FORMA DE PAGO
El pago por los
bienes y todos sus costos asociados, se hará efectivo por cada orden de compra
emitida y por el total de las entregas ejecutadas, para ello, la SJZ CMT
“Coyhaique” emitirá las correspondientes Actas de Recepción, quedando una copia
en PDF en el portal www.mercadopublico.cl.
Las facturas emitidas
serán pagadas dentro de los 30 días posteriores a la fecha de recepción de
dicho documento, previa recepción conforme del suministro.
En caso de que el
documento antes señalado presente errores u omisiones ya sea de forma o fondo,
implicará su devolución y que el plazo antes señalado se computará a partir de
la fecha de entrega correcta de la nueva factura.
Cabe precisar que una
vez informada la factura en el Servicio de Impuestos Internos (SII), el
proveedor deberá hacer entrega del suministro antes de los 8 días corridos,
contados desde la fecha de recepción de dicho documento en el SII, de lo
contrario el documento en cuestión será rechazado, por lo que se deberá
considerar facturar en la fecha más próxima a la entrega o bien la entrega de
los bienes realizarla con la correspondiente guía de despacho.
Los datos de
facturación deberán serán conforme a lo siguiente:
|
RAZÓN SOCIAL
|
Ejército de Chile-Cuerpo Militar del Trabajo
|
|
RUT
|
61.101.037-0
|
|
DIRECCIÓN DE FACTURACIÓN
|
General Parra N.°102
|
|
COMUNA
|
Coyhaique
|
|
GIRO
|
Construcción de carreteras y líneas de
ferrocarril
|
3. ADMINISTRADOR
DEL CONTRATO
El contrato
será administrado por el encargado Cb1 Oscar Chavez, correo
electrónico oscarchavezcmt01@gmail.com, de dotación de esta SJZ CMT
“Coyhaique” o quien lo subrogue. Serán funciones del Administrador del
contrato, entre otras, las siguientes:
a) Requerir
la aplicación de multas en los casos que corresponda.
b) Solicitar
el término anticipado de la contratación en los casos que correspondan.
c) Tramitar la
respectiva acta de recepción conforme al escalón mercado público para la gestión de compras en el
sistema www.mercadopublico.cl.
d) Tramitar
la respectiva factura o guía de despacho para el proceso de pago.
4. MULTAS
A.
DE LAS MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO DE
ENTREGA
El
proveedor podrá ser sancionado por la SJZ CMT “Coyhaique” con el pago de multas,
según cada caso, por atraso en la entrega de los elementos.
Para los efectos de la multa, esta se
aplicará por cada día hábil de atraso en la entrega, y se calcularán con un 2%
del valor neto del bien o servicio solicitado y aplicable a las cantidades que
se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido por el
proveedor con un tope, para la aplicación de multa, de 10 días hábiles. Para lo
anterior se considerará que el plazo de entrega comenzó al día siguiente de la
fecha de emisión de la orden de compra.
Además, si el atraso supera los 15 días
hábiles, sin que acredite fehacientemente causal de fuerza mayor o caso
fortuito de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del código civil,
calificado como tal, el Jefe de la SJZ CMT deberá dar resuelto el contrato por
incumplimiento, mediante resolución administrativa, haciendo efectiva la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento de
contrato, si correspondiera.
B.
PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTA
1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa
por parte del funcionario responsable, la SJZ CMT “Coyhaique”, notificará
inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre
la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva; además, dicha
información se podrá adelantar mediante correo electrónico.
2. A contar de la fecha de notificación
de la carta, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar el
descargo por escrito ante la SJZ CMT “Coyhaique”, acompañando todos los
antecedentes que respalden su posición.
3. Vencido
el plazo indicado en el punto anterior sin que hayan presentado descargos, se
aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del
Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”.
4. Si
el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido
para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados
desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o
acogerlos, total a parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los
descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación
de una resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, en la cual deberá
detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La
indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o
a través de carta certificada.
5. Notificada
la resolución señalada en el punto precedente, el proveedor sancionado pagará
la multa aplicada, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la
notificación, mediante la emisión de un vale vista a nombre del CMT o
transferencia bancaria.
6. Con
todo, este procedimiento, se regirá en conformidad a la Ley N° 19.880, que
“Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de
los órganos de la administración del estado”.
5. MODIFICACIÓN
Y TÉRMINO ANTICIPADO
Sin perjuicio
de las acciones y derechos que correspondan al CMT de conformidad al
ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor, se podrá ejercer
la facultad de resolver, modificar o dar por terminado anticipadamente el
contrato, si el proveedor incurre en algunas situaciones señaladas en el
artículo 13 de la Ley N°19.886 y en particular las que se describen a
continuación:
a)
Resciliación o Mutuo acuerdo entre los
contratantes.
b)
Incumplimiento grave de las obligaciones
contraídas por el contratante, tales como incumplimiento de la normativa,
negligencia grave (culpa lata), entre otras de similar naturaleza.
c)
Estado
de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento
del contrato.
d)
Por
exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e)
Si
el atraso supera 15 días hábiles.
6. PROCEDIMIENTO PARA EL TÉRMINO ANTICIPADO
DEL CONTRATO
1. Detectada una situación que amerite el
término anticipado del contrato, conforme a lo señalado precedentemente en los
términos de referencia, el administrador del respectivo contrato notificará
inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre
el término anticipado y los hechos en que aquello se fundamenta.
2. A
contar de la fecha de notificación de la carta, el proveedor tendrá un plazo de
5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador
del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden
su posición.
3. Vencido
el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos,
se dará el correspondiente término anticipado del contrato por medio de una
resolución firmada por parte del Jefe de la Sub Jefatura Zonal CMT “Coyhaique”.
4. Si el
proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecidos para
estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la
recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos. Al
respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá
formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la
SJZ CMT, el cual deberá detallarse los fundamentos que determinan el término
anticipado del contrato. La indicada resolución deberá notificarse al
respectivo proveedor personalmente o por carta certificada.
5. Notificada
la resolución señalada en el punto precedente al proveedor, la SJZ CMT hará el
cobro de la Garantía del fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiese, solo si
la causal de término anticipado es imputable al proveedor.
7. FORMALIZACIÓN DEL
CONTRATO
Se formalizará con la emisión de la
Orden de Compra una vez efectuado el acto de adjudicación totalmente tramitado,
la SJZ CMT Coyhaique.
En caso, que la orden de compra “no
haya sido aceptada”, la Subjefatura Zonal CMT “Coyhaique” podrá solicitar su
rechazo, entendiéndose rechazada una vez transcurridas 24 horas desde la
emisión de la orden de compra, en virtud del Artículo 63.
8. UNIDAD
DE MEDIDA DE LOS PLAZOS DE LA COMPRA ÁGIL
Todos los plazos que se establecen en
este proceso de compra ágil son medidos en DÍAS CORRIDOS (7 días por semana),
salvo que en éstas se especifique para cada caso una unidad de medida distinta.
Cuando el último día del plazo sea
inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
9. OTRAS
CONDICIONES
Queda entendido que, toda empresa o persona natural, conoce y acepta sus
términos y condiciones.
El proveedor al no rechazar la Orden
de Compra acepta los términos de referencias, documento de orden legal y
administrativo que determina una obligación entre el comprador y proveedor,
teniendo como función respaldar los actos de compras o contratación, respecto
de la solicitud final de productos o servicios, que se encuentran publicadas en
la plataforma de mercado público y que son de conocimiento del proveedor.
Además, estos documentos son validados y autorizados por los responsables del
proceso, ya sea en el documento físico o en forma electrónica según lo
establezcan los procedimientos.
|