BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Y TERMINOS DE REFERENCIA DE
SERVICIO DE PRODUCCIÓN DE EVENTOS DE CUENTA PUBLICA
1.- OBJETIVO:
Se requiere la contratación de una producción de evento, para el desarrollo de la Cuenta Pública a la gestión 2023 la que se realizara el día viernes 26 de abril 2024.
2.- NORMAS APLICABLE:
Para los efectos de una correcta interpretación y aplicación de las presentes bases, se dará a sus términos el significado que se establece en la Ley N° 19.886, Ley de bases para convenios de suministros y prestación de servicios y su respectivos reglamento, contenido en el Decreto Supremo 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y Ley Numero 21.634, que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
3.- PRESUPUESTO DISPONIBLE:
El presupuesto disponible para la contratación de la producción de eventos del servicio para la cuenta pública es de $ 9.000.000 con impuestos incluidos.
4.- PARTICIPANTES:
Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas jurídicas que acrediten tener, dentro de su giro habitual, el rubro de la naturaleza descrita (por la naturaleza del Servicio, según instrucciones del Clasificador Presupuestario, debe ser Persona Jurídica; chilenas o extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento de la Ley de Compras, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl
Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, deberán, además, encontrarse habilitadas para contratar con el Estado, conforme a lo dispuesto en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Podrán participar todos los interesados que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y formas establecidas en ellas, no podrán ser contratados los participantes que incurran en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar, señalados en el artículo 4° de la Ley 19.886, y articulo 35 de la Ley 21.635, para cuyo efecto los proponentes deberán suscribir la declaración jurada contenida en el sistema de mercado publica al momento de ingresar su oferta.
5.- CRITERIO DE EVALUACIÓN:
Criterios
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Porcentaje
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Observación
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Oferta Económica
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60 %
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Cada propuesta económica será evaluada de acuerdo con el monto ofertado, según lo indicado en Formulario N° 3 “Oferta Económica”. De esta forma, se otorgará el mayor puntaje a la oferta económica de menor monto, de conformidad con la siguiente formula.
Formula a Evaluar: (menor precio ofertado/precio señalado en la oferta evaluada) *60%
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Cumplimiento de Requisitos
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10%
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10 Puntos Ofertas que presentan todos los documentos administrativos, según lo señalado en las bases administrativa, hasta la fecha de cierre de la propuesta
0 Puntos Ofertas que presentan los documentos administrativos después del cierre de propuestas
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Experiencia en el Rubro
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30%
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Se evaluará a los oferentes de acuerdo a la experiencia acreditada mediante, ordenes de compras aceptadas, facturas y/o certificados que acrediten experiencias en ejecución de servicio de producción de eventos en actividades de similar naturaleza. Se le otorgara puntaje de acuerdo a lo siguientes:
De 8 a más experiencias en el rubro 30 puntos.
De 4 a 7 experiencias en el rubro 20 puntos
De 1 a 3 experiencias en el rubro 10 puntos
No informa o no presenta experiencia 0 puntos
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Resolución de Empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los resultados de los criterios de evaluación Oferta Económica
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación Experiencia en el Rubro + Cumplimiento de Requisitos. Y por último, habiendo aplicado los criterios anteriores, y si aún persistir el empate, el eferente que se adjudique la propuesta será el que haya ingresado su oferta al portal del www.mercadopubli.cl, con mayor antelación, según se indique la fecha y hora en ficha de presentación de oferta.
a) Evaluación de las ofertas.
La evaluación de las ofertas y posterior elaboración de Informe de Evaluación de la propuesta será realizada por una comisión designada, para este efecto y nombrada por Decreto Alcaldicio, previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.
La comisión tendrá un plazo máximo de 1 día hábil para estudiar, analizar y aplicar la metodología o pauta de evaluación a las ofertas que cumplan con la presentación de los antecedentes requeridos para participar del proceso.
La comisión evaluadora tendrá plena facultades y atribuciones para:
- Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y/u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, las que en ningún caso podrán constituir modificaciones de la oferta ya presentada, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
- Podrán solicitar a los oferentes que presenten antecedentes complementarios que aclaren o ilustren de mejor forma sus ofertas, siempre que dichos antecedentes se hayan producido y/u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
- Podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones o precisiones a los antecedentes presentados por los oferentes, sin que exista un límite determinado de solicitudes de consulta y/o aclaraciones sobre una determinada materia.
- Toda la comunicación con y del oferente se realizará exclusivamente a través de foro inverso disponible en el sistema de información www.mercadopublico.cl
- La Comisión tendrá la facultad de verificar a través de cualquier medio, la debida autenticidad de cualquier documento presentado por los oferentes, especialmente aquellos que digan relación con la experiencia, quedando así mismo facultada para dejar INADMISIBLE la oferta a aquellos oferentes que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta; bastando una simple comprobación de los antecedentes.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
Con todo lo anterior, la Comisión preparara un informe de evaluación donde se indicará en orden de prelación, él y los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.
Dicho informe será propuesto a Sr. Alcalde o quien lo subrogue, quien lo someterá a consideración del Honorable Concejo Municipal, para tomar acuerdo, según lo establecido en Art Nº 65 letra j) de la LOC de Municipalidades, Ley Nº 18.695, Informe de Evaluación, que debe señalar el o los oferentes mejor evaluados y que cumplan con todos los requerimientos solicitados en el proceso de licitación, para su posterior aprobación, según corresponda.
En general, el procedimiento de evaluación y adjudicación, se efectuará de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº19.886
b) Adjudicación:
La licitación se adjudicará a un (1) oferente que haya ofertado todas las líneas solicitadas y que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Así mismo, la Municipalidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, como también podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses del municipio
c) Notificación de Adjudicación
El oferente adjudicado será notificado a través del sistema www.mercadopublico, transcurrida las 24 horas de ingresado el Decreto Alcaldicio que Adjudica la presente licitación, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la presente licitación pública.
d) Plazo de Adjudicación:
El plazo para adjudicar la presente licitación será hasta de 1 día contados desde el cierre esta. Si por causas no imputable a la Municipalidad, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se pueda cumplir con la fecha indicada para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones de esta, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido, voluntad que será sancionada por el correspondiente acto administrativo.
e) Re adjudicación:
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no se inscribe en chileproveedores en los plazos que establece la ley, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación
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6.- MULTAS:
El Coordinador del Contrato podrá, en caso de incumplimiento o falta contractual por parte del adjudicatario, que signifique el incumplimiento total o parcial del contrato, multar a este en atención a la gravedad de la falta, lo que será determinado como se indica más adelante.
Verificada la falta por el Coordinador del Contrato, notificara por escrito al adjudicatario, a través de correo electrónico informando que se ha incurrido en una falta, con indicación de la multa a aplicar.
La multa procederá por cada incumplimiento o falta contractual que se produzca y se cobrará en la respectiva factura correspondiente al servicio prestado, la municipalidad estará facultado para cobrarla administrativamente rebajando del valor neto de la correspondiente factura del estado de pago. Para ello, la empresa deberá emitir una Nota de Crédito rebajando el monto de la multa asociada a la correspondiente factura.
FALTA
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MULTA
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SE APLICARA UNA MULTA POR ATRASO DE VIVIENDAS NO ENTREGADA DE ACUERDO AL TIEMPO INDICADO EN SU OFERTA POR DÍA.
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4% del valor neto
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Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo al Art. N° 45 del Código Civil) u otras circunstancias no imputables al proveedor, debidamente acreditadas por éste, las multas quedaran sin efecto.
Procedimiento para la aplicación de la multa
En caso de verificarse alguna causal de multa de las indicadas en el punto anterior, el Coordinador del Contrato la notificará por escrito al Adjudicatario, a través de correo electrónico.
El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para formular sus descargos por escrito dirigido al Coordinador del Contrato, quién deberá resolverlos dentro de un plazo de ocho (8) días hábiles contados desde la presentación de éstos.
En caso de existir circunstancias que eximan de responsabilidad al Adjudicatario, el Coordinador del Contrato archivará los antecedentes del caso. En caso contrario, el Coordinador del Contrato aplicará la multa correspondiente por medio de un acta que deberá ser notificada al Adjudicatario.
Aplicada una multa, procederán en favor del Adjudicatario, los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Coordinador del Contrato resolverá y comunicara a Sr Alcalde, quien mediante Decreto Alcaldicio hará efectiva la correspondiente multa, siendo notificado al adjudicatario mediante correo electrónico registrado en la presentación de oferta y su correspondiente publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
7. REQUERIMIENTOS TECNICOS DEL SERVICIO A CONTRATAR:
CANTIDAD
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AMPLIFICACION
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1
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Sistema de sonido para 1000 personas
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4
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Sistema array
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2
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Sub bajos de alta fidelidad
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10
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Micrófonos de pedestal
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1
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Micrófono de solapa
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1
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Consola digital
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1
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Salida digitalizada para transmisión televisiva
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2
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Monitores de retorno
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Música ambiental antes y después de la Cuenta Pública
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ILUMINACION
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10
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Focos led colores
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4
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Cabezas móviles robotizadas
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1
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Consola digital
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GENERADOR ELECTRICO
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1
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Generador isonorizado de 40 Kva
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Conexión a tierra
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1
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Tablero de protección anticorte o shock eléctrico
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PANTALLA Y TRANSMISION DE TELEVISION
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1
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Pantalla de alta resolución y medidas de a lo menos 6 x 2 mts.
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TRANSMISION TV-STREAMING
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2
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Cámaras fijas alta resolución y camarógrafos
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1
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Cámara móvil alta resolución y camarógrafo
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1
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Móvil de televisión equipado con salida satelital
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1
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Switch audiovisual profesional
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Emisión en vivo por redes sociales de la Municipalidad
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CONTENIDO AUDIOVISUAL: este contenido deberá ser entregado en un plazo no mayor 5 días, antes de la realización del evento.
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Realización (producción, grabación y edición) de video introductorio de 2 minutos
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Realización (producción, grabación y edición) de video, de hasta 5 minutos con voz en off municipal
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Apoyo audiovisual, con imágenes y videos de apoyo a la cuenta pública, de 45 minutos. Esto incluye grabación y edición con imágenes y videos de archivo municipal
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Ayuda en la construcción de guiones
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