Licitación ID: 4454-4-LE23
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO- DOM
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE HUALQUI, ADMINISTRACION Y FINANZAS - DEPTO ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cloruro de magnesio 1 Unidad
Cod: 51171632
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA LA CONSERVACIÓN DE CAMINOS DE LA RED VIAL, EN LOS DIVERSOS SECTORES DE LA COMUNA, SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO- DOM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO EN LOS CAMINOS DE LA RED VIAL, EN LOS DIVERSOS SECTORES DE LA COMUNA, SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
Unidad de compra:
ADMINISTRACION Y FINANZAS - DEPTO ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.150.600-2
Dirección:
Freire 351
Comuna:
Hualqui
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-01-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 24-01-2023 12:00:18
Fecha inicio de preguntas: 24-01-2023 12:11:00
Fecha final de preguntas: 26-01-2023 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-01-2023 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-01-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-01-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 07-02-2023 9:30:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Art. 11 leta a)de las Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- OFERTAR DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ADJUNTOS
 
2.- Obligatoriamente la empresa postulante deberá realizar el test de peligrosidad, emitido por algún organismo autorizado, según pto. 2 especificaciones técnicas
 
3.- Según Art. 11 leta b)de las Bases Administrativas
 
Documentos Económicos
1.- Según Art. 11 leta c)de las Bases Administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CIMPLIMIENTO DE REQUISITO 10 PTOS OFERTA QUE PRESENTAN TODOS LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR, 0 PTOS. OFERTAS QUE PRESENTEN DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS DESPUÉS DE CIERRE DE PROPUESTA. 10%
2 PLAZO DE INSTALACIÓN DEL PRODUCTO INDICAR PLAZO DE INSTALACIÓN DEL PRODUCTO. FORMULA A EVALUAR (MENOR PLAZO DE INSTALACIÓN DEL PRODUCTO/PLAZO SEÑALADO EN SU OFERTA)*40% 40%
3 OFERTA ECONOMICA CADA PROPUESTA ECONÓMICA SERÁ EVALUADA DE ACUERDO CON EL MONTO OFERTADO, SEGÚN LO INDICADO EN FORMULARIO N° 3 “OFERTA ECONÓMICA”. DE ESTA FORMA, SE OTORGARÁ EL MAYOR PUNTAJE A LA OFERTA ECONÓMICA DE MENOR MONTO, DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE FORMULA. FORMULA A EVALUAR: (MENOR PRECIO OFERTADO/PRECIO SEÑALADO EN LA OFERTA EVALUADA)*50% 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
Monto Total Estimado: 30000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE CON IMPUESTOS INCLUIDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO DISPONIBLE CON IMPUESTOS INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: PABLO VALENZUELA MARTINEZ
e-mail de responsable de pago: pablo_valenzuela@munihualqui.cl
Nombre de responsable de contrato: ERIC AVENDAÑO RIVAS
e-mail de responsable de contrato: eric.avendar@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2101112-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
NO PERMITE SUBCONTRATACION POR RESGUARDO DE INTERES FISCAL, SIENDO EL PROVEEDOR ADJUDICADO EL UNICO RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS ENCOMENDADOS
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
Fecha de vencimiento: 03-03-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La Garantía de Seriedad es un requisito de Admisibilidad para participar del proceso de licitación con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta. El no cumplimiento de la presentación de ella será motivo suficiente para dejar INADMISIBLE una oferta, sin perjuicio de que sea ingresada la oferta en el portal www.mercadopublico.cl. No será causa de eliminación de la oferta la presentación de una garantía de seriedad del mismo tipo de documento que se solicita, pero de mayor valor o con el mayor plazo del que se solicita. Casos en que se podrá hacer efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta. a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta, rechaza la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl. b) Si el adjudicatario no hace entrega en el plazo, forma y condiciones, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las presentes Bases Administrativas. c) Si al momento de la adjudicación, el oferente no este hábil para contratar con el Estado. d) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error
Glosa: SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO – ID 4454-4-LE23
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de las Garantías  La devolución de los documentos financieros que garantizan la seriedad de las ofertas de aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la apertura que dé cuenta de la inadmisibilidad o desestimación de las ofertas.  Respecto de los oferentes aceptados y no adjudicados, éstos podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha del proceso de adjudicación a través del Sistema de Información, en cuyo caso se entenderá que renuncia a la posibilidad de ser readjudicado de acuerdo a lo establecido en las presente Bases o bien, ser solicitadas una vez tramitada el Decreto que Aprueba el respectivo Contrato. En todo caso, los interesados deberán solicitarlo previamente, por escrito a la Municipalidad o enviar la solicitud de devolución de garantías al correo electrónico partes@munihualqui.cl, la que se ingresará, de cualquier forma, en la Oficina de Partes.  Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra presentación del documento financiero que Garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
Fecha de vencimiento: 31-03-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: La Municipalidad podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos: a) En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases e informada por la Unidad Técnica (Dirección de Obras Municipales), éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza. b) En caso del incumplimiento del pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista y del o subcontratistas que presten sus servicios en virtud de la presente licitación, así como el pago de las multas que se cursen durante la vigencia del contrato. c) Si el adjudicatario se desiste de la oferta d) No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases e) Incumplimiento de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el contrato. f) Por Resolución de Liquidación en contra del adjudicatario de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.720. g) Tratándose de personas jurídicas, haber sido condenado de acuerdo a la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o cohecho. h) Si al momento de la aceptación de la Orden de Compra el adjudicatario no esté habilitado para contratar con el Estado.
Glosa: SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO - ID 4454-4-LE23
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de las Garantías  La devolución de los documentos financieros que garantizan la seriedad de las ofertas de aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la apertura que dé cuenta de la inadmisibilidad o desestimación de las ofertas.  Respecto de los oferentes aceptados y no adjudicados, éstos podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha del proceso de adjudicación a través del Sistema de Información, en cuyo caso se entenderá que renuncia a la posibilidad de ser readjudicado de acuerdo a lo establecido en las presente Bases o bien, ser solicitadas una vez tramitada el Decreto que Aprueba el respectivo Contrato. En todo caso, los interesados deberán solicitarlo previamente, por escrito a la Municipalidad o enviar la solicitud de devolución de garantías al correo electrónico partes@munihualqui.cl, la que se ingresará, de cualquier forma, en la Oficina de Partes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO”

                    

MANDANTE

I. MUNICIPALIDAD DE HUALQUI

DIRECCION ENCARGADA

DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL

RUT

69.150.600-2

DIRECCION

R. FREIRE Nº 351

PROCESO DE LICITACION

DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

   

1.-    GENERALIDADES:

Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto determinar y definir las condiciones generales que se deberán considerar en la presente Propuesta Pública que la Municipalidad de Hualqui convoca, para la contratación de “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO”, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas  en la Ley Orgánica Constitucional de Municipales N°18.695 y Ley de Compras Públicas N° 19.886,  con el propósito de contar con un proveedor que otorgue un servicio eficaz y eficiente para realizar tratamiento supresor de polvo en calles  no pavimentadas, conforme a los requerimientos de las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.

En la presente propuesta, la Municipalidad de Hualqui actuará como mandante para todos los efectos originados durante la tramitación del presente proceso licitatorio.

La Unidad Técnica a cargo de la presente propuesta, como en la ejecución y fiscalización del Contrato será la Dirección de Obras Municipales.

2.-      NORMATIVA:

La normativa vigente que rige los Organismos de la Administración del Estado indica que: los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley de Compras Públicas, sus principios y su Reglamento. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto de ellas, las de Derecho Privado.

El proceso de licitación, publicación, evaluación y adjudicación estará regulado por los mecanismos establecidos en la Ley  N° 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº 19.886 del 30/07/2003, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones de Municipio, aprobadas por Dec. Alc. N° 4303 del 23.12.2019; Ley N° 20.285 Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública, Dictámenes de la Contraloría y Condiciones de uso del Sistema mercadopublico.

Ante alguna discrepancia en la interpretación de las presentes Bases Administrativas, se aplicará lo establecido en la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los principios señalados en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración del Estado.

3.-    BASES:

La presente propuesta se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados; por las normas legales vigentes a la fecha de su apertura en cuanto le sea aplicable. Al mismo tiempo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones publicadas en el portal emitidas por la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los participantes o bien impartidas por éstas.

Las Bases podrán ser modificadas en atención a las aclaraciones solicitadas por parte de los oferentes, según las preguntas y aclaraciones formuladas por éstos, las que serán formuladas de acuerdo a los plazos estipulados en el proceso de licitación, informado a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases.

Con lo anterior, las presentes Bases se consideran como parte integrante del respectivo Contrato al que se de origen la adjudicación de la presente Licitación.

Las  bases  estarán  a  disposición   de  los  proveedores  a  través  del  portal www.mercadopublico.cl

4.-      ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:

La presente propuesta es regulada de acuerdo a las normativas señaladas precedentemente y las condiciones que se establecen en los siguientes documentos.

  • Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos.
  • Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
  • Oferta Económica presentadas por los oferentes
  • Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación
  • Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública
  • Contrato que se suscriba entre las partes.
  • Y demás documentos relacionados.

5.-    OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:

Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas  que acrediten tener, dentro de su giro habitual, el rubro de la naturaleza descrita –  chilenas o extranjeras  que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento de la Ley de Compras, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl 

Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Hualqui verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.

Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia

Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº 19.886, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:

  1. Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de las ofertas (Ley 20.238). Esto se acreditará por declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme al artículo 11 letra a) numeral 3 de las presentes Bases, sin perjuicio de las facultades de la Municipalidad de Hualqui de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
  2. En caso de que la empresa que se adjudique la licitación o celebre Contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en   los últimos dos años.
  3. Los funcionarios directivos de la  Municipalidad de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a la Municipalidad de Hualqui respecto del Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
  4. Personas que se encuentren afectas a la prohibición del Art. Nº 10 de la Ley Nº 20.393, esto es, haber sido condenados, temporal o permanentemente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.

Para los proveedores con contrato vigente en registro oficial de proveedores del Estado, se verificara la información solicitada en  el punto a), b), c) y d)  en la ficha electrónica del registro de proveedores dispuestas en el Portal www.mercadopublico.cl y aquellos oferentes que no cuenten con contrato vigente en el registro oficial de proveedores del Estado, deberán adjuntar las declaraciones declaración jurada simple según formatos adjuntos, e ingresarlo como documento anexo dentro de la oferta presentada, señalado en artículo 11  letra a) numeral  3.

  1. En caso de Unión Temporal de Proveedores, podrán participar la unión de personas naturales y/o jurídicas bajo la figura de “Unión Temporal de Proveedores” (UTP), en los términos previstos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886 y de acuerdo con la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras Públicas, entendiéndose por ello la asociación de personas naturales y/o jurídicas para la presentación de una oferta.

      Las causales de inhabilidad para la formulación de la propuesta o para la suscripción del Contrato, establecidas en la legislación vigente, afectara a cada uno de los integrantes considerados en la UTP y en ese caso, corresponderá a todos sus miembros decidir si se continua con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes participantes que pudiesen están inhábiles o si desiste de la participación conjunta en esta modalidad, es decir, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal deberán adjuntar la acreditación descrita en letras a), b), c), d).

6.-    ESPECIFICACIONES TECNICAS.

 Las Especificaciones Técnicas de los servicios requeridos para la “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO”, se detallan en documento anexo denominado Especificaciones Técnicas.

7.-    CALENDARIO DE LICITACION:

Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo al calendario de fechas proporcionado en el sistema de información de acuerdo a la Ley de Compras Públicas.

8.-    MODALIDAD DE LA LICITACION:

La Licitación se regirá por los principios, que serán respetados por la Municipalidad como por los Oferentes que corresponden a;

  • Libre concurrencia al llamado (Artículo 9° Ley 18.575).
  • Igualdad ante bases y no discriminación arbitraria (Artículos 9° Ley 18.575 y 20° del Reglamento de la Ley de Compras).
  • Principio de Estricta Sujeción a las bases (Artículo 10° Ley 19.886).
  • Principio de la No formalización (Artículo 13° Ley 19.880).
  • Transparencia y Publicidad (Artículo 18°Ley 19.886 y 7° Ley 20.285),
  • y por las normas previstas en la Ley N°20.123, la Ley N°19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
  • Decálogo de Probidad en las Compras Públicas para Funcionarios del Estado y formarán parte integrante la presente licitación.

9.-    COMUNICACIÓN, FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y/O ACLARACIONES

9.1    Comunicación Durante el Proceso de Licitación

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.

  • El oferente podrá formular todas sus consultas, a través del portal, en los plazos dispuestos para tales efectos en el cronograma de licitación.
  • Las observaciones al acto de apertura, también deberán realizarse en el portal, en un plazo máximo de 24 horas, a partir de dicho acto.
  • Los reclamos que se hagan a la entidad licitante, a causa de actos u omisiones del proceso licitatorio, deberán hacerse llegar a través del portal www.mercadopublico.cl. en un plazo máximo de cinco días hábiles, desde ocurrido el hecho que los origina. Lo anterior, sin perjuicio de ejercer las acciones contempladas en las Leyes para tales efectos.
  • Las consultas, observaciones al acto de apertura o reclamos al proceso licitatorio, que se hagan llegar por vías no oficiales (llamada telefónica, correo electrónico o carta), o una vez vencidos los plazos dispuestos, no podrán ser gestionados por la Municipalidad. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de presentar un recurso administrativo de reposición, ingresado en la Oficina de Partes.
  • Del mismo modo, la Municipalidad sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.

No se aceptan consultas ni solicitud de aclaración alguna, fuera de plazo, vía teléfono u otro medio distinto del señalado en el párrafo precedente.

Los Oferentes, aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en “Etapas y Plazos” de la Ficha de la Licitación, respecto si se han emitido respuestas, aclaraciones y/o modificaciones.

9.2     Consultas y/o Preguntas:      

Los proponentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de esta licitación, formular consultas y/o solicitar aclaraciones de carácter técnico o administrativos a través del foro dispuesto en el Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico, dentro de los plazos señalados en el presente proceso de licitación, no pudiendo tener contacto de ninguna forma con la entidad licitante o sus funcionarios durante el curso de la presente licitación.

9.3     Respuestas:              

La Municipalidad dará respuesta a las consultas y/o preguntas que se formulen y que digan relación con la propuesta, dentro del plazo establecido en el calendario de licitación dispuesto en la plataforma, de manera de permitir que los oferentes elaboren su oferta en base a las nuevas instrucciones contenidas en las respuestas, las que se pondrán en conocimiento de todos los oferentes interesados, sin indicar el autor de las mismas.

9.4     Aclaraciones:               

Podrá modificar, complementar o aclarar los antecedentes de la propuesta, o determinar el correcto sentido de ellas, cuando se presenten dudas o discrepancias.

La Municipalidad podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones que estime necesario a las Bases y demás documentos que regulan y son parte del proceso de esta licitación, para precisar su alcance. Podrán también complementar, cambiar, eliminar o aclarar algún elemento de su contenido que a su juicio no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte el adecuado análisis para la elaboración de las ofertas. Estas aclaraciones estarán disponible para los proponentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en cualquier etapa de la publicación. Con lo anterior, la Municipalidad tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas y presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las respectivas aclaraciones que se realicen, por iniciativa propia del municipio o en respuesta a consultas de los interesados, estarán siempre a la vista y pasaran a formar parte integrante de las Bases. Por tanto, es obligación y responsabilidad del oferente revisar la plataforma www.mercadopublico.cl durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. En este sentido, el solo hecho de la presentación de la oferta significara el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases Administrativas y demás documentos técnicos, Formularios, Anexos, Consultas y Respuestas, Aclaraciones y de cualquier otro antecedente que las acompañe. Cualquiera sea el caso, estas serán sancionadas por Decreto Alcaldicio del Municipio.

10.   DE LA OFERTA Y SU VIGENCIA:

Los oferentes deberán presentar solo una (1) propuesta. En caso que un mismo proveedor presentara más de una oferta, estas serán desestimadas.

Las ofertas tendrán una validez mínima de hasta 30 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Municipalidad solicitara a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual o menor período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida, por tal razón, la propuesta se declarará desierta, previo Informe de la comisión evaluadora.

  1. FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA

La Oferta deberá ser presentada solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando escaneados todos los formularios anexos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.  No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta económica a través del sitio www.mercadopublico.cl  haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.

Los documentos solicitados deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa. Sin perjuicio de ello, la Municipalidad podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

a)      Documentos Administrativos:

  1. Formulario Nº 1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal. En caso de las UTP, se deberá informar el nombre de los integrantes de esta y además, cada uno de los miembros de esta deberá completar, firmar y adjuntar Formulario correspondiente.
  2. Formulario Nº 2 Declaración Jurada Simple de Aceptación de Bases, firmada por el Oferente o Representante Legal.
  3. Declaración Jurada disponible en numeral 4 de fichas electrónica del portal www.mercadopublico.cl: Declaración jurada ausencia conflicto de interés e inhabilidad por condenas
  4. Persona natural:

Fotocopia Cedula de Identidad

.  Fotocopia Iniciación de Actividad en Servicio de Impuestos Internos

  1. Persona Jurídica:

. Copia simple de la escritura de constitución de la Sociedad y de cada una de sus respectivas modificaciones(en caso de existir modificaciones).

. Copia del Certificado de Vigencia de la Sociedad. El oferente deberá presentar certificado de vigencia de la      sociedad, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, según sea el caso, certificado de vigencia conforme a la Ley N° 20.659, con una antigüedad no superior a 60 días a la apertura de la oferta.

. Identificación del Representante Legal. Se deberá acompañar fotocopia de la cedula de identidad del (o los) representante(s) legal(es) de la Sociedad (Anverso y reverso)

  1.   Unión temporal de Proveedores:

. Todas las personas naturales jurídicas, chilena o extranjeras que formen parte de UTP deberán cumplir individualmente con los antecedentes que se requieran indicados para las personas naturales y/o jurídicas, según sea su naturaleza y considerar las condiciones señaladas en articulo 5 numeral 5 letra e) “Unión Temporal de Proveedores” de las presentes bases.

. Copia simple de Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores(UTP), suscrito por los integrantes de ella o sus representantes legales, en el cual se especifique:

   -  Las condiciones de dicha UTP, para efecto de la presentación de la oferta y la adjudicación. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.

   -   Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su oferta y de la norma legal pertinente.

    -  La designación de un representante o apoderado común con poderes suficientes para ofertar y contratar con el Estado, en el recaerá las responsabilidades:

  • Presentar los antecedentes para ofertar
  • Subsanar solicitudes de aclaraciones
  • Actuar como supervisor del contrato
  • Coordinar en la ejecución de la obra de acuerdo a lo estipulado en el proceso de licitación
  • Facturar
  • Entregar informes, a solicitud del municipio
  • Renovar o modificar documentos financieros del respectivo contrato

b)      Antecedentes Técnicos

  1.  Oferta Técnica, en el que deberá indicar detalle de lo ofertado, según Especificaciones Técnicas de Anexo adjunto.

c)      Antecedentes Económicos:

Formulario Nº 3 Oferta Económica: Presentar oferta económica, según formulario adjunto, considerando la disponibilidad presupuestaria de $30.000.000.- (treinta millones de pesos) impuestos incluidos.

Ante una eventual discrepancia entre el monto neto ofertado a través del portal www.mercadopublico.cl y el valor neto consignado en el Anexo N°4 “Formulario Oferta Económica, prevalecerá la información indicada en Formulario N°8 Oferta Económica.

Cabe hacer presente que la oferta debe ser presentada en valor neto, sin impuestos, por el total de acuerdo a las exigencias del sistema, disponiendo como monto neto máximo a ofertar de $ 25.210.008.-

12.   PRECIO Y PRESUPUESTO:

Las Ofertas se formularán en pesos, moneda nacional.

La Municipalidad dispone de un Presupuesto Único de $ 30.000.000.- (treinta millones de pesos) impuestos incluidos.

El precio corresponderá a un contrato a suma Alzada, sin intereses ni reajustes. En general el oferente, deberá considerar en el valor de su Propuesta todas las exigencias establecidas como condiciones mínimas en los Especificaciones Técnicas, así como todos los gastos directos e indirectos que irroguen el cumplimiento de un buen servicio a prestar.

El adjudicatario será el único responsable de las indemnizaciones a que pudiera dar origen por daños a personas o propiedad de terceros con motivo del cumplimiento de las obligaciones que se impongan en el contrato

13.SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ENTIDAD LICITANTE:

Dirección de Obras Municipales:                           Unidad Técnica a cargo de la Supervisión y fiscalización el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y su posterior Contrato, entre otros, ordenar y coordinar los servicios solicitados, dar visto bueno y recepción conforme del servicio en la presente propuesta y aplicar multas por incumplimiento, si así procediera.

                                                                                     Dirección de Administración y Finanzas:       Será la responsable de gestionar los correspondientes pagos de facturas de acuerdo a los antecedentes remitidos por la Dirección de Desarrollo Económico Local.

  1. GARANTIAS

Serán aceptados como instrumentos financieros válidos para garantizar la seriedad de las ofertas y el fiel cumplimiento del contrato, cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de la correspondiente garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y de carácter irrevocable, y tendrán una vigencia mínima, indicada para cada caso, en las presentes Bases.

En caso de presentar Vale o Depósito a la Vista, este deberá indicar en la glosa al dorso del documento de manera indeleble.

En el caso de la Póliza de Seguro, esta será denominada "Póliza de Seguro de Caución para Licitaciones, Propuestas o Subastas Públicas o Privadas", y se incluirá la glosa señalada. Se deja expresamente establecido que no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los Tribunales de Justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre el Municipio, la Compañía Aseguradora y el oferente.

La Municipalidad de Hualqui, corroborará mediante la entidad Bancaria que corresponda, la autenticidad de cada una de las Garantías ante la institución bancaria emisora que sean presentadas en la presente Licitación.

No se aceptan instrumentos financieros tomados por terceros.

Cualquiera sea el documento financiero, la entidad financiera podrá entregarlo física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

  • En Forma Digital:

En los casos en que la entidad financiera otorgue un documento financiero electrónico, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma pudiendo el oferente o adjudicado ingresarla, a través de correo electrónico, en la fecha y hora que corresponda y debiendo ser del todo legible, incluyendo su código de validación y/o verificación.

Para la entrega en esta modalidad, el documento financiero deberá presentarse en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Hualqui, a través del correo electrónico partes@munihualqui.cl , hasta la fecha y hora establecida en el Calendario de Licitación.  

En ASUNTO del correo, se deberá indicar “DOCUMENTO ANEXO LICITACION PUBLICA SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO – ID 4454-4-LE23”, adjuntando el archivo del documento financiero correspondiente en cada caso, junto con Carta de ingreso del documento financiero con el Nombre y firma del Oferente o de su Representante Legal.

  • En Forma Física:

Si el documento financiero no fuere otorgado en forma electrónica, el proponente deberá hacerla llegar en forma física, presencial o por correo certificado, en la fecha y hora que corresponda.

En estos casos, este deberá ser entregado en un sobre cerrado el cual debe contener el documento financiero correspondiente en cada caso, en la carátula del sobre, además, se deberá indicar a lo menos lo siguiente:

  • Ø  Nombre de la Licitación: “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR                DE POLVO – ID-4454-4-LE23”
  • Ø  Nombre del Oferente o de su representante legal

El sobre cerrado deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en calle Freire Nº351, Hualqui; antes de cumplirse la fecha y hora de cierre de licitación, indicada en “Etapas y Plazos” de la Ficha de la Licitación.

El horario de Oficina de Partes, para atención de público será, de lunes a viernes desde las 8:30 a las 14:00hrs. y de 15:00 a 16:30hrs.

15.a)      GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

La Garantía de Seriedad de la Oferta, tendrá por objeto de resguardar el correcto cumplimiento de la obligación emanada de la oferta y deberá ser emitida a nombre de la Municipalidad de Hualqui, Rut N° 69.150.600-2.

Para garantizar la seriedad de su oferta, cada uno de los proponentes deberá presentar un documento financiero pagadero a la vista de acuerdo al siguiente detalle:

  • Monto                          :
  • Vigencia Mínima         :
  • Glosa                             :

 $ 500.000.- (quinientos mil pesos)

 30 días corridos a contar de la fecha de Apertura.

  SERIEDAD OFERTA LICITACION PUBLICA “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO  LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO – ID-4454-4-LE23”                

Esta se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta y de todas las obligaciones que se imponen al oferente.

La Garantía de Seriedad es un requisito de Admisibilidad para participar del proceso de licitación con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta. El no cumplimiento de la presentación de ella será motivo suficiente para dejar INADMISIBLE una oferta, sin perjuicio de que sea ingresada la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

No será causa de eliminación de la oferta la presentación de una garantía de seriedad del mismo tipo de documento que se solicita, pero de mayor valor o con el mayor plazo del que se solicita.

Casos en que se podrá hacer efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta.

a)         Si el adjudicatario se desiste de su oferta, rechaza la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl.

b)         Si el adjudicatario no hace entrega en el plazo, forma y condiciones, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las presentes Bases Administrativas.

c)         Si al momento de la adjudicación, el oferente no este hábil para contratar con el Estado.

d)         Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error

Devolución de las Garantías

  • La devolución de los documentos financieros que garantizan la seriedad de las ofertas de aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la apertura que dé cuenta de la inadmisibilidad o desestimación de las ofertas.
  • Respecto de los oferentes aceptados y no adjudicados, éstos podrán solicitar la devolución de su garantía a contar del día siguiente a la fecha del proceso de adjudicación a través del Sistema de Información, en cuyo caso se entenderá que renuncia a la posibilidad de ser readjudicado de acuerdo a lo establecido en las presente Bases o bien, ser solicitadas una vez tramitada el Decreto que Aprueba el respectivo Contrato. En todo caso, los interesados deberán solicitarlo previamente, por escrito a la Municipalidad o enviar la solicitud de devolución de garantías al correo electrónico partes@munihualqui.cl, la que se ingresará, de cualquier forma, en la Oficina de Partes.
  • Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra presentación del documento financiero que Garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato.

15.b)      GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

Para garantizar el Fiel Cumplimiento del servicio de “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO  LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO”, el Adjudicatario deberá presentar un instrumento financiero por un monto de $ 1.000.000.- (un millón pesos chilenos), la que deberá ser extendida a nombre de Municipalidad de Hualqui, Rut. N° 69.150.600-2, pagaderas a la vista, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial.

La fecha de vigencia del documento financiero será desde la fecha de celebración del Contrato y hasta 30 días corridos posterior a la fecha de término del mismo.

El documento financiero deberá indicar en su glosa lo siguiente SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LIQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO – ID-4454-4-LE23”

Cobro de Garantía:

La Municipalidad podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:

a)         En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases e informada por la Unidad Técnica (Dirección de Obras Municipales), éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.

b)         En caso del incumplimiento del pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista y del o subcontratistas que presten sus servicios en virtud de la presente licitación, así como el pago de las multas que se cursen durante la vigencia del contrato.

c)         Si el adjudicatario se desiste de la oferta

d)         No pago de multas dentro del plazo establecido en las presentes bases

e)         Incumplimiento de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados establecidos en el contrato.

f)          Por Resolución de Liquidación en contra del adjudicatario de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.720.

g)         Tratándose de personas jurídicas, haber sido condenado de acuerdo a la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo o cohecho.

h)         Si al momento de la aceptación de la Orden de Compra el adjudicatario no esté habilitado para contratar con el Estado.

16.          APERTURA DE LA PROPUESTA:

Previo al Acto de Apertura de ofertas se conformará una Comisión Evaluadora de Ofertas, designada por Decreto Alcaldicio, la cual debe cumplir con las siguientes consideraciones:

  • Debe estar conformada por un mínimo de 3 funcionarios públicos, siendo estos, titulares o subrogantes, o quienes los reemplacen. (internos o externos al organismo comprador).
  •  Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
  • Excepcionalmente pueden ser consideradas personas ajenas a la administración (honorarios u otros), pero en una cantidad inferior a los funcionarios públicos que la conforman. El uso de esta posibilidad debe ser fundada en los conocimientos técnicos necesarios en la materia a contratar.

El Acto de Apertura de las ofertas, se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y la hora establecida en el Sistema de Información, con presencia del  Secretario Municipal o quien le subrogue, quien actuará como ministro de fe.

En este acto de apertura se verificará que los oferentes hayan presentado los antecedentes y archivos conforme a lo dispuesto en las presentes Bases y se procederá a rechazar las ofertas cuando se detecte incumplimiento de lo solicitado en las presentes Bases Administrativas.

16.a)     Licitación Desierta

En caso que, en el Acto de Apertura, las ofertas no cumplieran con los requisitos establecidos en las presentes Bases, se declarará Inadmisible. En el caso que no se presentaren ofertas, o bien, éstas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad, la licitación se declarará Desierta; en ambos casos el municipio deberá aprobar dicha sanción a través de Decreto Alcaldicio. En esta situación, se deberá efectuar una nueva licitación, conforme a lo dispuesto en la Reglamentación vigente. La Municipalidad publicará en el portal el acto administrativo que declare inadmisibilidad o deserción del proceso licitatorio.

16.b)     Indisponibilidad Técnica del Sistema de Información

En la eventualidad que existiera una situación de indisponibilidad técnica que afecten el Sistema de Información en la fecha y hora del acto de apertura electrónica, el Secretario Municipal o quien le subrogue, dará fe de dicha situación y estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día siguiente hábil de cuando dicho sistema se encuentre habilitado.

Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún Oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar a la Municipalidad un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los Oferentes de la presente licitación. En tal evento, se admitirá que el Oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes Administrativos, de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con el Certificado de Indisponibilidad, según el Art. 62 de Reglamento de Compras Públicas, efectuado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.

17.   CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DURANTE LAS ETAPA DE APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN:

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 11, “Forma y Antecedentes Obligatorios Para Presentar la Oferta” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras

17.a)          Cumplimiento de requisitos durante la etapa de apertura

Se considera Ia completitud de la oferta en relación con los antecedentes administrativos requeridos en el Art. Nº 11.a) de estas bases de licitación. En tal sentido, una vez realizada la apertura electrónica  de las ofertas y en caso que uno o más oferentes omitan antecedentes de carácter administrativo, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Información, adjuntar los documentos faltantes siempre y cuando las rectificaciones de dichas omisiones no les confiera a determinados oferentes  una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

17.b)           Aclaración de las ofertas durante la etapa de Evaluación

Durante la etapa de evaluación, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes, en forma general,  aclarar dudas en relación a las ofertas presentadas y solicitar también complementar alguna información que permita de mejor manera evaluar las ofertas y con las restricciones establecidas en el Art. N° 40 del Reglamento de la Ley de Compras, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud a todos los oferentes a través del Sistema de Información.

Para complementar la información, en caso de ser necesario, solo se permitirá Ia presentación de certificaciones o antecedentes, siempre que dichos certificaciones o antecedentes se hayan obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentación de ofertas y el periodo de evaluación.

Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en "trámite" o "no vigentes".

17.c)     Procedimiento para los casos a) y b)

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para acompañar los antecedentes requeridos por la Municipalidad, contados desde la notificación a través del Sistema de Información. Cabe señalar que, transcurrido las 48 horas indicadas en el sistema de información, este queda inhabilitado para ingresar documentos.

En caso que el oferente cumpla con todos los requisitos solicitados en  las Bases Administrativa (Art N° 11.a) que regularon el proceso de licitación, al momento de evaluar Ia oferta, obtendrá 10 puntos en criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en caso contrario,  el oferente que haya incumplido con los requisitos formales o haya omitido antecedentes o  certificaciones al momento de presentar su oferta y fuesen solicitados por la Municipalidad en el proceso de apertura y/o evaluación, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre del proceso de licitación, obtendrá 0 puntos en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en virtud del Art. N° 40, inciso 2°, del Reglamento de Ia Ley N° 19.886.

De no ser enviada la información solicitada dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Municipalidad estará facultada para declarar INADMISIBLE la oferta presentada, por tanto, no pasará al proceso de evaluación.

La responsabilidad de revisar el "foro inverso" disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, recae exclusivamente en los oferentes participantes.

Si por indisponibilidad de sistema o por causa fortuita acreditada a través de certificado emitido por la Dirección de Compras, el sistema no permita el ingreso de los documentos solicitados, estos deberán ser ingresados en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicado en R. Freire 351 de Hualqui dentro de los plazos establecido en el mismo sistema.

17.d)     Observaciones y Aclaraciones a la Evaluación y Adjudicación

Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de adjudicación de la licitación, si así lo estimasen, dentro de las 24hrs. siguientes a éste, conforme a lo señalado en el artículo 33º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 19.886.

Las observaciones serán respondidas por parte del municipio e ingresadas como archivo anexo al sistema de información, como también serán enviadas a correo electrónico del oferente quien formula dichas observaciones, dentro de un plazo de 3 días corridos.

18.     EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS

18.a)     Objetivo de la Evaluación:

Analizar y comparar las propuestas, permitirá determinar si las mismas cumplen con los términos y condiciones estipulados en los documentos que regularan el proceso de Licitación, habiendo fijado con antelación los factores a considerar, permitiendo seleccionar al adjudicatario que presente la oferta más ventajosa.

Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitudes de aclaraciones realizadas a través del sistema mercado público, de acuerdo a lo indicado en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro contacto con la entidad licitante. 

Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

18.b)     Etapas para proceso de evaluación y adjudicación:

Las Etapas que se realizarán para el proceso de la Evaluación y Adjudicación de las propuestas serán los siguientes:

a)       Criterios de Evaluación.

b)       Evaluación de las Ofertas

c)       Adjudicación

d)       Notificación de Adjudicación

e)       Plazo de Adjudicación

f)        Suscripción del Contrato y Emisión de la correspondiente Orden de Compra

g)       Re adjudicación

a)       Criterios de Evaluación:

La Comisión aplicará una pauta de evaluación y conforme a ello, elaborará una nómina, en que se consignarán cada una de las ofertas habilitadas, en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas en la evaluación.  De esta manera, la Comisión propondrá al Alcalde, la adjudicación de la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje y que por ello, presente las condiciones más ventajosas para la municipalidad.

   Criterios

Porcentaje

Observación

Oferta Económica

50 %

Cada propuesta económica será evaluada de acuerdo con el monto ofertado, según lo indicado en Formulario N° 3 “Oferta Económica”. De esta forma, se otorgará el mayor puntaje a la oferta económica de menor monto, de conformidad con la siguiente formula.

Formula a Evaluar: (menor precio ofertado/precio señalado en la oferta evaluada)*50%

Cumplimiento de Requisitos

10%

10 Puntos Ofertas que presentan todos los documentos administrativos, según lo señalado en las bases administrativa, hasta la fecha de cierre de la propuesta

0 Puntos Ofertas que presentan los documentos administrativos después del cierre de propuestas

Plazo instalación del producto

40%

Menor plazo de instalación del producto. Formula de evaluar(menor plazo de instalación del producto/plazo señalado en su oferta)*40%

Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los resultados de los criterios de evaluación Oferta Económica.

Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación Plazo de instalación  del producto + Cumplimiento de Requisitos.  

b)       Evaluación de las ofertas.

La evaluación de las ofertas y posterior elaboración de Informe de Evaluación de la propuesta será realizada por una comisión designada, para este efecto y nombrada por Decreto Alcaldicio, previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.

La comisión tendrá un plazo máximo de tres días (3) hábiles para estudiar, analizar y aplicar la metodología o pauta de evaluación a las ofertas que cumplan con la presentación de los antecedentes requeridos para participar del proceso.

La comisión evaluadora tendrá plena facultades y atribuciones para:

  • Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y/u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, las que en ningún caso podrán constituir modificaciones de la oferta ya presentada, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
  • Podrán solicitar a los oferentes que presenten antecedentes complementarios que aclaren o ilustren de mejor forma sus ofertas, siempre que dichos antecedentes se hayan producido y/u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
  • Podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones o precisiones a los antecedentes presentados por los oferentes, sin que exista un límite determinado de solicitudes de consulta y/o aclaraciones sobre una determinada materia.
  • Toda la comunicación con y del oferente se realizara exclusivamente a través de foro inverso disponible en el sistema de información www.mercadopublico.cl
  • La Comisión tendrá la facultad de verificar a través de cualquier medio, la debida autenticidad de cualquier documento presentado por los oferentes, especialmente aquellos que digan relación con la experiencia, quedando así mismo facultada para dejar INADMISIBLE la oferta a aquellos oferentes que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta; bastando una simple comprobación de los antecedentes.

La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas

Con todo lo anterior, la Comisión preparara un informe de evaluación donde se indicará en orden de prelación, él y los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.

Dicho informe será propuesto a Sr. Alcalde o quien lo subrogue, quien lo someterá a consideración del Honorable Concejo Municipal, para tomar acuerdo, según lo establecido en Art Nº 65 letra j) de la LOC de Municipalidades, Ley Nº 18.695, Informe de Evaluación, que debe señalar el o los oferentes mejor evaluados y que cumplan con todos los requerimientos solicitados en el proceso de licitación, para su posterior aprobación, según corresponda.

En general, el procedimiento de evaluación y adjudicación, se efectuará de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº19.886

c)         Adjudicación:

La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Así mismo, la Municipalidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, como también podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses del municipio.

El oferente que resulte adjudicado deberá respetar las condiciones estipuladas en su oferta original, durante todo el periodo de la vigencia del contrato, es decir, durante todo el periodo que involucre el servicio.

Dichas declaraciones deberán concretarse a través de la dictación del respectivo  Decreto Alcaldicio que adjudica la licitación, el que será publicado en el sistema de información www.mercadopublico, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

d)       Notificación de Adjudicación

El oferente adjudicado será notificado a través del sistema www.mercadopublico, transcurrida las 24 horas de ingresado el Decreto Alcaldicio que Adjudica la presente licitación, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la presente licitación pública.

e)       Plazo de Adjudicación:

El plazo para adjudicar la presente licitación será hasta de 5 días contados desde el cierre esta. Si por causas no imputable a la Municipalidad, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se pueda  cumplir con la fecha indicada para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones de esta, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido, voluntad que será sancionada por el correspondiente acto administrativo.

f)        Del Contrato y emisión de la correspondiente Orden de Compra.

Posterior a la fecha de comunicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario, con la finalidad de proceder a la suscripción del respectivo contrato, deberá entregar documento financiero que garantiza el fiel cumplimiento del contrato.

El contrato se elaborará de conformidad a lo establecido en estas bases Administrativas y demás documentos que regulan el presente proceso de licitación y en complemento de la oferta técnica y económica del adjudicatario.

Una vez firmado el respectivo contrato, se emitirá la correspondiente orden de compra, la que deberá ser aceptada por parte del adjudicatario a través del sistema de información www.mercadopublico.cl transcurrida las 24 hrs., siguientes a la notificación.

g)       Re Adjudicación:

La Municipalidad podrá, en el caso de que el adjudicatario rechace o se rehúse a firmar el Contrato, no entregue documento financiero que garantice el fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos;  se desista de su oferta; sea inhábil para contratar con el Estado o no efectué la actualización en el registro oficial de proveedores del Estado (en caso de no estar vigente) dentro de los 5 días después de notificada la adjudicación a través del sistema de información y previo a la firma del respectivo contrato, de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento. En estos casos, también se hará efectivo el documento financiero que garantice la Seriedad de la Oferta.

La Municipalidad readjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.

La Municipalidad dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga según su prelación y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del municipio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

19. TRASPASO DE CONTRATO:

Se prohíbe absolutamente ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato definitivo, que con ocasión de la presente licitación suscribiere con el Municipio y/o los derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata para hacer efectiva en forma inmediata el correspondiente documento bancario que garantiza el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, por tanto, el adjudicatario no podrá traspasar a terceros la responsabilidad contraída en este proceso de licitación y suscripción de respectivo Contrato que se celebre, salvo expresa autorización de la Municipalidad.

Se permite la subcontratación de servicios para la ejecución del evento, pero no para la planificación, organización, ejecución y supervisión de la producción del evento.

20.   FORMA DE PAGO:

La factura debe ser emitida a nombre de la Municipalidad de Hualqui, Rut N° 69.150.600-2, Dirección Freire 351 Hualqui, indicando el ID de la correspondiente orden de compra, el servicio prestado, valor neto e impuestos.

El pago de las correspondientes facturas se materializará dentro de los 30 días corridos siguiente a la fecha de recepción conforme de esta

La Contraparte Técnica del contrato por parte del Municipio (Dirección de Obras Municipales) deberá emitir un informe conforme del servicio realizado.

En caso de aplicación de multas, estas serán descontadas del valor neto de la correspondiente factura

En la eventualidad que el adjudicatario ceda el crédito emanado de una factura, a un factoring, éste deberá comunicar dicha situación en forma expresa y con la debida antelación al coordinador del Contrato en el plazo de 48 horas
siguientes a su celebración..


21.   COORDINADOR DEL CONTRATO:

El adjudicatario debe entregar los servicios solicitados con estricta sujeción a lo estipulado en las Bases administrativas y Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que emanan de la presente licitación y su correspondiente contrato.

Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la Municipalidad designada como coordinador del Contrato al Director de Obras Municipales, subrogante o quien él designe, el que tendrá las siguientes responsabilidades:

a)       Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato.

b)       Autorizar por escrito adecuaciones a los servicios, atender y resolver situaciones coyunturales o emergente no consideradas, siempre que no implique una modificación a las Bases y su correspondiente contrato.

c)       Determinar la procedencia de la aplicación de multas

d)       En general, realizar todas las acciones de control y gestión que facilite la ejecución del servicio requerido.

El adjudicatario deberá someterse a las órdenes del Coordinador del Contrato, las que se impartirán siempre por escrito a través de correo electrónico y otro medio que permita un respaldo de los hechos.

22.   DE LAS SANCIONES Y MULTAS.

El Coordinador del Contrato podrá, en caso de incumplimiento o falta contractual por parte del adjudicatario, que no signifique el incumplimiento total o parcial del contrato, multar a este en atención a la gravedad de la falta, lo que será determinado como se indica más adelante.

Verificada la falta por el Coordinador del Contrato, notificara por escrito al adjudicatario, a través de correo electrónico informando que se ha incurrido en una falta, con indicación de la multa a aplicar.

La multa procederá por cada incumplimiento o falta contractual que se produzca y se cobrará en la respectiva factura correspondiente al servicio prestado, la municipalidad  estará facultado para cobrarla administrativamente rebajando del valor neto de la correspondiente factura del estado de pago. Para ello, la empresa deberá emitir una Nota de Crédito rebajando el monto de la multa asociada a la correspondiente factura.

22.1)    Faltas Asociadas a Multas:

FALTA

MULTA

SE APLICARA UNA MULTA  POR MT2, EN DONDE NO SE SUMINISTRE MATAPOLVO DE ACUERDO A LOS  SECTORES QUE SE SOLICITA EL SERVICIO: HUALQUI URBANO, QUILACOYA, UNIHUE Y TALCAMAVIDA

2 UTM

Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo al Art. N° 45 del Código Civil) u otras circunstancias no imputables al proveedor, debidamente acreditadas por éste, las multas quedaran sin efecto.

22.2)      Procedimiento general para la aplicación de la multa

En caso de verificarse alguna causal de multa de las indicadas en el punto anterior, el Coordinador del Contrato la notificará por escrito al Adjudicatario, a través de correo electrónico.

El Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación, para formular sus descargos por escrito dirigido al Coordinador del Contrato, quién deberá resolverlos dentro de un plazo de ocho (8) días hábiles contados desde la presentación de éstos.

En caso de existir circunstancias que eximan de responsabilidad al Adjudicatario, el Coordinador del Contrato archivará los antecedentes del caso. En caso contrario, el Coordinador del Contrato aplicará la multa correspondiente por medio de un acta que deberá ser notificada al Adjudicatario.

Aplicada una multa, procederán en favor del Adjudicatario, los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.

Con el mérito de ellos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, el Coordinador del Contrato resolverá y comunicara a Sr Alcalde , quien mediante Decreto Alcaldicio hará efectiva la correspondiente multa, siendo notificado al adjudicatario mediante  correo electrónico registrado en la presentación de oferta y su correspondiente publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

23.   CONFIDENCIALIDAD

El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con este.

El Adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.

El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Municipalidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes

24.   SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN

Se establece, además, que el respectivo Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurará resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.

Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.

 

25.       TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO.

La Municipalidad está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

a)     Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

b)    Si se disuelve la empresa adjudicada y/o cambia de razón social.

c)     Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.

d)    Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.

e)    No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento.

f)      Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.

g)     Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del respectivo contrato, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Municipalidad concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

26.  PACTO DE INTEGRIDAD:

  • El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas del mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación,  haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales.

27.   ARTICULO FINAL:

“Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley Nº19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo  ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente, aunque ellas no se señalen en forma tácita ni expresa en estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas”.

Las presentes Bases y posterior Contrato se regirán por las leyes de la República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurara resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia.

Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción




ESPECIFICACIONES TECNICAS

ESPECIFICACIONES TECNICAS

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PRODUCTO LÍQUIDO PARA CONTROL O SUPRESOR DE POLVO, CLORURO DE MAGNESIO HEXAHIDRATADO (BISCHOFITA) O CLORURO DE CALCIO (LIQUIDO ANTI POLVO).

1.- El suministro e instalación de producto líquido para control o supresor de polvo, cloruro de magnesio hexahidratado (bischofita) o cloruro de calcio (liquido anti polvo), tiene como finalidad realizar tratamiento supresor de polvo en calles no pavimentadas, incluyendo el suministro líquido, transporte y depósito en las plataformas de las calles de la comuna de Hualqui, en las cantidades y sectores que se identifican a continuación en coordinación con el Profesional asignado por la Dirección de Obras Municipales:

PROGRAMACION MANTECIN  CAMINOS URBANOS MATAPOLVO

LOCALIDAD

ITEM

CALLE

ANCHO

ML

M2

HUALQUI

1

CALLE 5 SECTOR ARAUCANA

5

110

550

2

LA ACUESTA

5

360

1800

3

CAMINO A CERRO ALTO - BOMBRERO PERRET INTERSECCIÓN BOMBERO PERRET CON CAMINO A CERRO ALTO.

5

500

2500

4

CALLE 1 CAMPO SANTO

5

560

2800

5

CALLE 2 CAMPO SANTO

5

550

2750

6

CALLE 3 CAMPO SANTO

5

475

2375

7

CALLE 4 CAMPO SANTO

5

170

850

8

EJERCITO NORTE POBLACIÓN REPÚBLICA DE HUALQUI

3

290

870

9

CALLE SAN ALFONSO (CON PASAJE

5

80

400

10

CALLE INDEPENDENCIA

5

50

250

11

PASAJE SAN JOSE

3

55

165

12

PASAJE  ZENTENO

3

45

135

13

PASAJE  BANDERA

3

60

180

14

CALLE EJERCITO ACCESO A POBLACION

5

25

125

15

CALLE EJERCITO SUR

3

95

285

16

PASAJE LAS MARGARITAS

3

140

420

17

PASAJE LAS CAMELIAS

3

80

240

18

PASAJES LAS ILUSIONES

3

60

180

19

CALLE LAS VIOLETAS

5

40

200

20

CALLE 10 DE JULIO (ACCESO A POBLACIÓN 18 DE SEPTIEMBRE

5

160

800

21

PASAJE HUALQUI

3

80

240

TOTAL  LOCALIDAD DE HUALQUI

3305

18115

QUILACOYA

23

CALLE 1

5

800

4000

25

CALLE VARELA

5

125

625

26

CALLE PRAT

5

145

725

27

CALLE 6

5

170

850

28

CALLE 7

3

210

630

29

CALLE 2

3

235

705

30

CALLE LA POSTA

5

210

1050

31

CALLE 4

5

180

900

32

PASAJE  3

5

165

825

33

CALLE 3

3

290

870

TOTAL  LOCALIDAD DE QUILACOYA

2530

11180

UNIHUE

35

CALLE SALVADOR ALLENDE

5

195

975

36

CALLE COLO COLO

5

130

650

37

CALLE DOMINGO VARELA

5

220

1100

38

CALLE LAUTARO

5

215

1075

39

CALLE MANUEL RODRIGUEZ

3

160

480

40

CALLE JOSE MIGUEL CARRERA

3

160

480

41

CALLE ARTURO PRAT

3

180

540

43

SALIDA A CHANCO

5

230

1150

44

CHANCO BAJO

5

1415

7075

TOTAL  LOCALIDAD DE UNIHUE

4310

13525

TALCAMAVIDA

44

ACCESO CALLE BIO BIO

5

100

500

45

CALLE BIO BIO

4

660

2640

50

CALLE VALDIVIA A RANGEL

5

580

2900

51

CALLE CARRERA

5

415

2075

52

CAMINO A GOMERO

5

180

900

53

LOS ACACIOS (CALLE JOSE MANUEL BALMACEDA)

5

200

1000

54

LOS ACACIOS (PASAJE JOSE MANUEL BALMACEDA)

3

55

165

55

LOS ACACIOS (CALLE RAFAEL SOTO MAYOR)

5

130

650

56

LOS ACACIOS (CALLE MANUEL MONTT)

5

100

500

57

LOS ACACIOS (CALLE DIEGO PORTALES)

5

70

350

58

SALIDA TALCAMAVIDA - CHANCO

5

470

2350

60

CHANCO ALTO

5

710

3550

TOTAL  LOCALIDAD DE TALCAMAVIDA

3670

17580

TOTAL

60400

TOTAL M2 APROX. DE APLICACION DE MATERIAL

60.400

Se adjunta KMZ de las calles singularizadas en tabla anterior.

 

2.     Como parte de los documentos de la presente licitación se considera que la empresa proponente deberá entregar un protocolo técnico que indique:

  • Identificación y certificación del producto químico y de la empresa química que lo produce.
  • Manipulación y almacenamiento
  • Identificación de Los peligros.
  • Controles de exposición/protección personal.
  • Composición/información de los componentes.
  • Propiedades físicas y químicas.

El producto requerido deberá cumplir además los siguientes requisitos:

  • No toxico.
  • No corrosivo.
  • No resbaladizo.
  • Amigable con el Medio Ambiente.

El componente a utilizar debe cumplir con la Normativa Ambiental Vigente.

 

3.   El producto deberá depositarse en forma de riego en la plataforma de los caminos indicados, según la dosificación del fabricante que permita la supresión de polvo.

4.    La empresa deberá contar con las herramientas y utensilios necesarios para el autocontrol de la dosis aplicada, la cual será visada por el profesional de la Dirección de Obras Municipales en cada carga.  De existir diferencias tanto en la dosis como en la densidad del producto, el proveedor deberá corregir estas deficiencias, según corresponda.

4.1       La empresa aplicadora adjudicada deberá entregar informes con la siguiente información:

  • 1 medición de línea base de polvo (PM10) en un camino bajo contrato antes de la aplicación del tratamiento, camino designado por profesional de la Dirección de Obra.

  • una vez colocada la dosis en el 100% de los caminos, se deberá realizar mediciones de polvo a los 30 días de terminada la aplicación, en cinco caminos bajo contrato designado por profesional de la Dirección de Obra.

El procedimiento y los informes deberán ser elaborados por un ingeniero civil con más de 5 años de experiencia, lo cual deberá certificarse mediante su firma en el procedimiento, el informe y la presentación de su certificado de título.

Mediante los informes la empresa asegurará el cumplimiento de un nivel de abatimiento de polvo de al menos un 70% respecto a la línea base medida. El no cumplimiento de este estándar significará una retención de los estados de pago que se informan.

La empresa deberá contar con las herramientas y utensilios necesarios para el autocontrol de la dosis aplicada, la cual será revisada por el Inspector Técnico cuando este lo requiera, de acuerdo con las condiciones que se observen en terreno.

5.            MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTALES Y DE SEGURIDAD

 Municipalidad de Hualqui, como una forma de prevenir efectos negativos sobre el medio ambiente y trabajadores, requiere que los oferentes que participan de esta licitación, presenten un Plan de Manejo Ambiental (PMA) para el agua de mezcla, elaborado por el especialista ambiental.

Se considerarán, además, los siguientes aspectos ambientales y de seguridad:

v  Evitar el vertido de material durante el transporte

v  Proveer señalizaciones de acuerdo a normativas en todos los lugares utilizados frecuentemente por los vehículos de la obra y por proveedores que se encuentren en el perímetro y/o acceso a la obra.

v  Diseñar, señalizar y conservar desvíos dentro del sector de aplicación, acorde con normativas vigentes o mejor.

v  Retiro de obra y retiro de señalización provisoria acorde con normativas vigentes o mejor

v  Cumplir con normas de seguridad e higiene industrial. La materia supresora de polvo no debe generar problemas de maniobrabilidad y seguridad de los conductores, lo cual está avalado por las experiencias de aplicación de este producto en zonas con importantes tasas de precipitaciones anuales. Para evitar cualquier tipo de situaciones de respuestas ineficiente del producto, se deberá adoptar las siguientes medidas:

a)       Control de la aplicación para evitar sobredosis o disminuir dosis en suelo extremadamente plástico.

b)      Limpieza y despeje del camino de elementos de ésta que bloquee el libre tránsito de vehículos.

c)       Mantención adecuada de las obras de saneamiento.

5.1.        MEDIDAS DE TRANSPORTE Y SANEAMIENTO:

                Con el fin de evitar el mal desempeño del producto debido a su inadecuada manipulación, se seguirán las siguientes recomendaciones para el transporte, almacenamiento y manejo del producto.

En caso que el producto sea comercializado a granel, se deberán tomar en cuenta algunas

5.2          MEDIDAS DE PREVENCION DE RIESGOS Y CONTINGENCIA

               

                Las medidas de prevención de riesgos que se deberán considerar, entre otras son las siguientes:

v  Los insumos serán transportados previniendo las situaciones de derrame del material.

v  Almacenar las soluciones antes de ser preparadas en lugares secos y cubiertas en lo posible con polietileno similar, para evitar humedad.

v  Evitar aplicar la solución en lugares que se encuentren a menos de 10m de cursos de agua, para evitar la contaminación de ésta. Las medidas de contingencia están dadas por eventuales derrames de la solución que pudiera alcanzar el curso de agua. En tal caso, se aplicará al Plan de Contingencia existente para el manejo de situaciones de este tipo, tal como el derrame de sustancias peligrosas que pudieran alcanzar a los cursos de agua.

5.3.        LIMITACIONES CLIMATICAS PARA LA APLICACIÓN.

                La solución no debe ser aplicado con lluvias o cuando exista pronóstico de lluvia o cuando la temperatura atmosférica sea menor 7°C.

5.4.        APLICACIÓN

La solución deberá ser aplicada uniformemente sobre todo el ancho de la superficie, utilizando un camión aljibe equipado, preferiblemente, con un dispositivo de esparcido a presión calibrado apropiadamente. Para todos los métodos se recomienda una dosis de aplicación total de salmuera de 4 lts /m2. Esta dosis es adecuada para la mayoría de los tipos de suelos, sin embargo, en suelos no plásticos o de IP muy bajo, o con pocos finos, podrá ser necesario incrementar la dosis de aplicación. Si se requiere más que un a aplicación, los riegos sucesivos no deben ser aplicados hasta que el riego previo haya penetrado adecuadamente el material. Si la superficie presenta una pendiente longitudinal superior a 6 por ciento, la dosis de aplicación deberá ser completada en varios riegos con tal de prevenir el escurrimiento del material o solución.

6.        MODO DE EJECUCION DEL CONTRATO:

  1. El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra originada una vez adjudicada la licitación a través del sistema de información mercadopublico.cl.
  2. La Dirección de Obras Municipales designara a un funcionario profesional municipal, quien coordinara el o los tramos del camino que deberán ser intervenido, que requieren aplicación de tratamiento supresor de polvo.
  3. En cuanto al programa de aplicación y antes de iniciar los trabajos, la Empresa deberá:

3.1. Presentar al funcionario profesional municipal, una Carta Gantt, donde indicará el orden y tiempo de ejecución.  Esta Carta Gantt, estará sujeta a vº bº de la Dirección de Obras.

3.2.  La Empresa, una vez concluido el trabajo, emitirá una guía de despacho con el detalle de lo realizado.