1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
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Artículo 1°
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, en adelante también el “SERVICIO o SSMSO.”, requiere efectuar la contratación de los “Servicios de Mantenimiento de Jardines y Áreas Verdes para dependencias de la Dirección del SSMSO”, conforme a las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en las presentes Bases.
El presente llamado y proceso de licitación se enmarca dentro de lo señalado por la Ley N°19.886, su reglamento, y las instrucciones y condiciones de operación del sitio www.mercadopublico.cl .
Artículo 2°: Bases. -
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas II.- Bases Técnicas
III.- Anexos:
Anexo Nº1-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”
Anexo Nº1-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”
Anexo Nº1-C: “Identificación del Oferente bajo Unión Temporal de Proveedores”
Anexo Nº2-A: “Declaración Jurada Simple”.
Anexo N°2-B: “Declaración Jurada de Independencia de la Oferta”
Anexo N°2-C: “Declaración Jurada Programa de Integridad”
Anexo Nº3: “Oferta Económica”
Anexo Nº4: “Dotación de personal”.
Anexo Nº5: “Uniformes”.
Anexo Nº6: “Instalaciones”.
Anexo N°7: “Condiciones Laborales”
Anexo N°8: “Convenios Colectivos”
Anexo N°9: “Máquinas, Insumos y Herramientas”
Anexo N°10: Experiencia del Oferente y Supervisor.
Artículo 3°: Normativa y Orden de Precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las Presentes Bases Administrativas
b) Las Bases Técnicas.
c) Los Anexos.
d) Respuesta a las preguntas de los Oferentes.
e) La Oferta con todos sus documentos, anexos, y aclaraciones a las mismas que hayan sido solicitadas por el SSMSO. Primarán los documentos acompañados por el Oferente por sobre el formulario del portal.
f) La Orden de Compra.
g) El Contrato.
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
Servicio o SSMSO: El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sótero del Río), RUT 61.608.500-K.
Incluye, además, como dependencias externas, el Espacio Ciudadano, ubicado en Av. Gabriela Oriente N°16, comuna de Puente Alto (frente a edificio de Pediatría del Hospital Dr. Sótero del Río), así como el Departamento de Gestión de Proyectos (DGP) ubicado en Av. Diego de Almagro N°5210, comuna Ñuñoa, y el Centro Metropolitano de Sangre ubicado en Av. Vitacura N°0115, comuna de Providencia.
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el SERVICIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio http://www.mercadopublico.cl
Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el SERVICIO, describen los servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.
Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Convenios Colectivos: Referido a antecedentes de convenios colectivos vigentes que mantenga la empresa con organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores, o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
Bienes o Servicios: Los especificados en las Bases Técnicas.
Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) La Oferta Administrativa, constituida por los antecedentes del Oferente establecidos en el artículo 13º, letra a) de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica, que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos en el artículo 13º, letra b) de estas Bases.
c) La Oferta Económica, es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en el artículo 13º, letra c) de estas Bases.
Forman parte de la respectiva propuesta los siguientes documentos:
1.- La oferta misma.
2.- La documentación detallada en el artículo 13º de las presentes Bases.
3.- Las garantías requeridas.
4.- Las presentes Bases.
5.- Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.
Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.
Contrato: Contrato de prestación de servicios, que celebra el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y el adjudicatario cuya propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.
Ejecutor o Proveedor: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae las obligaciones derivadas de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el SSMSO.
Referente Técnico: Funcionario del SERVICIO, encargados de coordinar el proceso de licitación, actuar como interlocutor de los licitantes y del Proveedor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y el contrato que regula la relación entre las partes.
Administrador de Contrato: Funcionario Profesional o especialista, designado por el SERVICIO, encargado de coordinar todos los asuntos administrativos relativos a la ejecución del servicio contratado.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el SERVICIO, en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los servicios contratados.
Autoridad Competente: Funcionario del SSMSO, con facultad o delegación de firma, para poder emitir los respectivos actos administrativos relativos al presente proceso de contratación.
Acta de Inicio de Servicios: Documento emitido por el Referente Técnico, y firmado por éste y el Encargado Técnico, que da fe de la fecha de inicio a las prestaciones objeto de la presente licitación, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del respectivo contrato.
Programa de Integridad y Ética Empresarial: Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir – y si resulta necesario, identificar y sancionar – las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Artículo 5°: Datos de la licitación.
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DATOS DE LA LICITACIÓN
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a) Rubro de la licitación
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MANTENCIÓN DE JARDINES Y ÁREAS VERDES
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b) Tiempo máximo de duración del contrato
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36 meses
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c) Modalidad de Pago del contrato
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Facturación Mensual, pago máximo a 30 días, previa recepción conforme de los servicios del mes a facturar.
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d) Tipo de Licitación:
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LP: Igual o Mayor a 1.000 UTM y Menor a 5.000 UTM
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e) Presupuesto Referencial
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$270.000.000.- CLP Impuestos Incluidos *
No obstante a lo anterior, el valor ofertado se debe encontrar dentro del rango del tipo de Licitación LP.
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Artículo 6°: Plazos. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública sitio web http://www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Fecha de Publicación:
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Día 1
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Fecha inicio de preguntas:
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Día 1
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Fecha Visita a Terreno (obligatorio)
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Día 3 hábil
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Fecha final de preguntas:
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Día 7
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Fecha de publicación de respuestas:
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Día 10
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Fecha de acto de apertura ofertas (técnica y Económica):
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Día 21 15:01 horas.
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Fecha de cierre de recepción de la oferta
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Día 21 15:02 horas.
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Fecha de Adjudicación:
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Día 70 plazo máximo de adjudicación.
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Suscripción del Contrato
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15 días hábiles a partir de la fecha de notificación de Adjudicación en el portal de Mercado Público.
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Se realizará una Visita a Terreno de carácter obligatoria para todos los oferentes, la cual se llevará a cabo en el frontis del edificio (color rojo) de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, al tercer día hábil de subida y disponible la Licitación en el Portal de Mercado Público, a las 10:00 am, con la Profesional de la U. de Control y Gestión de Convenios del SSMSO, con el fin de que los postulantes puedan revisar en terreno las condiciones de infraestructura y espacios disponibles para la puesta en marcha de los servicios a contratar.
Se tolerarán hasta 15 minutos de retraso, y se registrará un Acta de Asistencia.
Las consultas derivadas de la Visita, se deberán realizar única y exclusivamente a través del Portal de Mecardo Público.
Para los efectos de esta licitación, todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, según lo preceptuado en el artículo N°46, inciso octavo, del Decreto N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el cuadro anterior no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º, numeral 3, del Decreto N°661-2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En el caso que la Entidad Licitante deba modificar alguno de los plazos definidos en el presente artículo, automáticamente, se ajustaran los siguientes plazos del cronograma, en la misma cantidad de días de forma proporcional.
Las consultas y/o aclaraciones de los proponentes deberán ser realizadas a través del Foro electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Artículo 7°: Notificaciones, Domicilio y Jurisdicción. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el SERVICIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Puente Alto y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 8°: Gastos. -
Todos los gastos y los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la licitación o del Contrato, corresponden a los OFERENTES o ADJUDICATARIO, respectivamente, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del SSMSO, cualquiera que sea su resultado.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.
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Artículo 9°: Llamado a licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ).
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información, desde el día de publicación del llamado a licitación, a contar de la total tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. –
Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la Ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo.
a) Por aplicación de lo establecido en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación, quienes, al momento de presentación de la propuesta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores, o por delitos concursales establecidos en el código penal.
b) Que, infrinja las inhabilidades previstas en el artículo 35 quárter de la Ley N°19.886, agregado por la Ley N°21.634, circunstancia que, además, deberá ser acreditada tanto al momento de la presentación de las respectivas ofertas como al suscribir la correspondiente convención (aplica el criterio contenido en los dictámenes N° E145.242, de 2021 y E439.075, de 2024).
Además,
c) Quedan inhabilitados para contratar con el Estado, quienes han sido condenados por delitos económicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo N°33° de la Ley N°21.595/2023, Ley de Delitos Económicos.
d) Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados a pena de inhabilitación para contratar con el Estado de conformidad con la Ley Nº20.393, en los casos que aplique.
e) Si algunos de los miembros de este Oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley Nº211 del año 1973.
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación contenido en el artículo Nº6 de las presentes Bases.
No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El SSMSO realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
El SERVICIO podrá aclarar las Bases, las veces que sean necesarias, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas, y subsanar o corregir errores ortográficos, numéricos, o de referencias detectadas, las que se considerarán parte integrante de las Bases, y será informado ello en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el SERVICIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial adicional contabilizado desde la fecha original de cierre de recepción de ofertas, para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior, sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas-
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Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Los proponentes podrán presentar más de una propuesta, la cual debe ser por todos los Insumos licitados.
La entrega de las propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto en el cronograma de licitación contenido en el artículo 6° de las presentes Bases.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara, y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
El SSMSO tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
La detección de antecedentes falsos o erróneos, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta, invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información, portal https://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115°, numeral 3, del Decreto 661-2024. Para este último caso, si el ingreso de las ofertas por indisponibilidad del sistema, es en soporte papel, este debe ser en Sobre Cerrado identificando el Proceso al que postula adjuntando el respectivo certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente ubicada en Calle Concha y Toro Nº3459, Puente Alto. Si no, puede ingresar la oferta de forma electrónica, por indisponibilidad del Sistema debidamente acreditada, vía el formulario establecido en el Sistema de Información en el siguiente enlace https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada de requisitos para ofertar, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
El contenido de la oferta será el siguiente:
a). - OFERTA ADMINISTRATIVA.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el proponente.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-B.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal del proponente.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores:
N°1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo N°1-C. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante de la Unión. Cada miembro de la UTP, debe encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en Estado HÁBIL, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación, al menos uno de los miembros de la UTP. Además, debe adjuntar documento que da cuenta del acuerdo de participar como UTP, y demás documentación en los términos prescritos en el artículo 181° del DS N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
a.4) Programas de Integridad y Ética Empresarial (Compliance):
N°1.- Declaración Jurada de Programa de Integridad, contenido en el Anexo N°2-C.
Existe una serie de normativas en materias de compras públicas, referidas a quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro. Bajo dicho contexto y en cumplimiento del dictamen de la Contraloría General de la República Nº E 370752/2023, referido a disminuir los posibles riesgos de corrupción en materias de Compras Públicas, se solicita a los oferentes completar y adjuntar la declaración jurada contenida en Anexo N°2-C, que informa los programas de integridad con que cuenten y cómo ellos fueron informados a su personal (debe adjuntar documento que contenga el programa de integridad declarado). Este aspecto será evaluado en el respectivo criterio, en conformidad al art. 17° del DS 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Administrativos.
b). - OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado II de las presentes Bases, y conteniendo la siguiente información:
- Dotación de Personal: Completar el Anexo Nº4.
- Uniforme del Personal: Completar Anexo N°5.
- Instalaciones: Completar el Anexo Nº6.
- Condiciones Laborales: Completar Anexo N°7.
- Convenios Colectivos: Completar Anexo N°8. Deberá adjuntar copia de convenio y pactos colectivos. Solo serán considerados aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408° del Código del Trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la dirección del trabajo, dentro de los 5 días siguientes a su suscripción, lo que podrá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación.
- Compromiso de Equipamiento, Máquinas, Insumos y Herramientas: Completar
Anexo N°9
- Experiencia del Oferente y Experiencia del Supervisor: Completar Anexo N°10, considerando lo siguiente:
Para el punto 1 del Anexo N°10, deberá acreditarse mediante alguno de los siguientes documentos o antecedentes:
- Orden de Compra que contenga como mínimo la descripción del servicio prestado y el año de entrega del mismo.
- Copia simple del contrato respectivo.
- Factura o Boleta de Honorarios de la entrega del servicio licitado (el documento presentado debe identificar el tipo de servicio realizado y el año de realización)
Para el punto 2 del Anexo N°10, deberá acreditarse mediante alguno de los siguientes documentos o antecedentes:
- Documento o Certificado emitido por la empresa u organización para la cual se realizó la entrega del servicio licitado, donde se señale al menos la descripción del cargo de supervisor y su participación.
- Copia del contrato y/o propuesta del servicio de mantención de jardines y áreas verdes (o similar), con la aceptación formal del contratante donde conste la persona que efectuó el servicio en el cargo de supervisor.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Técnicos.
c). - OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en el apartado económico de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo Nº3 de estas Bases.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de Anexos Económicos.
4.- Apertura Electrónica.
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Artículo 14°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista en el cronograma de plazos establecido en el artículo Nº6 de las presentes bases.
La comisión de apertura verificará la admisibilidad de acuerdo a lo siguiente:
- ADMISIBILIDAD ADMINISTRATIVA: En esta instancia se verificará que la oferta cumpla con la entrega en tiempo y forma de todos los Anexos solicitados en las presentes bases, firmados por la persona Natural y/o Representante legal:
- Anexo N°1 (A-B-C) “Identificación del Oferente”, según corresponda, como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl.
- Anexo Nº2-A: “Declaración Jurada Simple”. como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl.
- Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.
- Encontrarse firmado el documento del Sistema de Información denominado “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”.
- Encontrase inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
- ADMISIBILIDAD TÉCNICA: Implica verificar que el oferente haya adjuntado los Anexos técnicos y documentos solicitados en el presente acápite, a saber:
- Anexo N°4: Personal.
- Anexo N°5: Uniforme del Personal.
- Anexo N°6: Instalaciones.
- Anexo N°7: Condiciones Laborales.
- Anexo N°9: Compromiso equipamiento máquinas, insumos y herramientas.
Asimismo, deberá dar cumplimiento (requisito de admisibilidad) con la Visita a Terreno (según registro de Acta de asistencia).
- ADMISIBILIDAD ECONÓMICA: Implica revisar que el oferente haya adjuntado el Anexo N°3 solicitado en el artículo 13°, letra c) de las Bases.
Las propuestas que no cumplan estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N.º 19.886.
Asimismo, se declarará inadmisible la propuesta que modifique Anexos y/o formatos.
5.- Validez de las Propuestas.
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Artículo 15°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 180 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SERVICIO podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
6.- Evaluación y calificación de las Ofertas.
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Artículo 16°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por:
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Titulares
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Suplentes
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Gonzalo Vidal Rojas, Jefe Depto. Recursos Físicos del SSMSO
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Oscar Leal Díaz; Profesional del Depto. de Recursos Físicos del SSMSO.
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Jenniffer Sánchez Ibañez; Profesional del Depto. de Convenios del SSMSO.
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Esteban Romero Maluenda; Profesional del Depto. de Convenios del SSMSO.
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Pablo Páez Contreras, Jefe U. de Movilización del SSMSO.
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Mauricio Burgos Ojeda; Profesional del Depto. de Recursos Físicos del SSMSO.
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La evaluación se efectuará considerando su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Los proponentes deberán completar todos los anexos que sean solicitados para completar.
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas (se considera dentro de este tiempo el plazo de 24 horas de notificación establecido en el artículo 9° del reglamento de la Ley de Compras Públicas), luego de hecha la solicitud al oferente a través del foro inverso.
Artículo 17°: Puntajes y Criterios de Evaluación. -
Solo podrán ser adjudicadas las propuestas evaluadas con un puntaje igual o superior a 60 puntos del puntaje final ponderado, dentro de una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el mínimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener.
En los casos que el resultado del puntaje ponderado arroje decimales, estos se redondearán a 2 decimales.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
Tabla Nº 1: Criterios de Evaluación
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Criterios de Evaluación
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Puntaje
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Ponderación
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1) Personal Mínimo
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0 - 100
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10%
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2) Uniformes
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0 - 100
|
8%
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3) Instalaciones Mínimas
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0 - 100
|
10%
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4) Sueldo
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0 - 100
|
10%
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5) Convenios Colectivos
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0 - 100
|
2%
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6) Aguinaldo Fiestas Patrias y Navidad
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0 - 100
|
5%
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7) Cumplimiento Requisitos Formales
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0 - 100
|
3%
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8) Programa de Integridad y Ética Empresarial
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0 - 100
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2%
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9) Experiencia Proveedor
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0 - 100
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5%
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10) Experiencia Supervisor
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0 - 100
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5%
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11) Oferta Económica
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0 - 100
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40%
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Promedio Aritmético Final Criterios de Evaluación (Puntaje Final)
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0 - 100
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100%
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1) Personal Mínimo (Ponderación 10%)
La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo Nº13, letra b), Anexo N°4, y en la siguiente tabla:
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Cantidad de Personal
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Puntaje
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Superior en un 50% o más al mínimo exigido
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100
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Igual al mínimo exigido
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75
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Inferior al mínimo exigido.
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Inadmisible
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PPM = (PUNTAJE) * 0.1
Donde:
PPM = Puntaje Personal Mínimo.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
2) Uniformes (Ponderación 8%)
La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo Nº13, letra b), Anexo N°5 y en la siguiente tabla:
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Uniformes
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Puntaje
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4 o más recambios al año
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100
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3 recambios al año
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75
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2 recambios al año
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50
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1 recambio al año
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PU = (PUNTAJE) * 0.08
Donde:
PU = Puntaje Uniformes.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
3) Instalaciones Mínimas: (Ponderación 10%)
La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo Nº13, letra b), Anexo Nº6.
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Instalaciones Exigidas
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Puntaje
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Superior al mínimo exigido
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100
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Igual al mínimo exigido
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75
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Menor al mínimo exigido
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0
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No oferta instalaciones exigidas
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Inadmisible
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PIM = (PUNTAJE) * 0.1
Donde:
PIM = Puntaje Instalaciones Mínimas.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
4) Sueldo: (Ponderación 10%)
La evaluación se efectuará según la información declarada en el Anexo N°7, considerando todos los trabajadores ofertados.
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Porcentaje del sueldo bruto superior al ingreso mínimo mensual a pagar al jardinero por 45 horas semanales
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Puntaje
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20% o más del Ingreso Mínimo Mensual
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100
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10% más del Ingreso Mínimo Mensual
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75
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Igual al Ingreso Mínimo Mensual
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50
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Menor al Ingreso Mínimo Mensual
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Inadmisible
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PS = (PUNTAJE) * 0.1
Donde:
PS = Puntaje Sueldo.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
5) Convenios Colectivos: (Ponderación 2%)
Para acreditar la existencia de convenio y pactos colectivos sobre condiciones especiales de trabajo con sus trabajadores, el oferente deberá adjuntar copia de ellos. Solo serán considerados aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la dirección del trabajo, dentro de los 5 días siguientes a su suscripción, lo que podrá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación. Para los efectos, se utilizará la siguiente tabla:
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Convenios colectivos
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Puntaje
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|
El oferente presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo. Junto con lo anterior, adjunta y suscribe el Anexo N°8.
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100
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|
El oferente no presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo. Junto con lo anterior, no adjunta y suscribe el Anexo N°8.
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PCC = (PUNTAJE) * 0.02
Donde:
PCC = Puntaje Convenios Colectivos.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
6) Aguinaldo Fiestas Patrias y Navidad: (Ponderación 5%)
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo N°7, considerando todos los trabajadores ofertados.
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Porcentaje del Ingreso Mínimo Mensual bruto (x c/u)
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Puntaje
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30% o más
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100
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20% o más
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75
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Menor a 20%
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50
|
|
No oferta aguinaldos
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PAFPYN = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PAFPYN = Puntaje Aguinaldo Fiestas Patrias y Navidad.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
7) Cumplimiento Requisitos Formales: (Ponderación 3%)
Según lo establecido en el artículo 56, del D.S N°661/2024 del Ministerio de Hacienda. Errores u omisiones detectados durante la etapa de evaluación. Se asignará la siguiente calificación:
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Cumplimiento Requisitos Formales
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Puntaje
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Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes
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100
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|
Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el art. 16° precedente, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado
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50
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Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en el art.16° precedente.
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0
|
Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PRF = (PUNTAJE) * 0.03
Donde:
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
8) Programas de Integridad y Ética Empresarial (2%)
El cumplimiento de programas de integridad se evaluará de acuerdo, a lo establecido en el art. N°13, letra a.4). Se asignará la siguiente calificación:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial, que sean conocidos por sus trabajadores, por medio de Declaración Jurada (Anexo 2-C) presentada.
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100
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No presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial y/o no son conocidos por sus trabajadores, no acreditando por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C).
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PPI = (PUNTAJE) * 0.02
Donde:
PPI = Puntaje Programas de Integridad y Ética Empresarial.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
9) Experiencia Proveedor: (Ponderación 5%)
Para la evaluación de este criterio se considerará la información declarada en el Anexo N°10, la experiencia del oferente en el rubro de mantención de jardines y áreas verdes.
La entidad licitante verificará a través de la página del Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de iniciación de actividades del oferente es igual o superior a la información declarada/adjunta en el citado Anexo.
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Igual o Mayor a 2 años de Experiencia.
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100
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Menor a 2 años de Experiencia o No informa / No acredita/adjunta documentación solicitada en el Anexo N°10 o no logra ser validada o comprobable.
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PE = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PE = Puntaje Experiencia.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
10) Experiencia del Supervisor: (Ponderación 5%)
La evaluación se efectuará según la documentación que haya adjuntado cada oferente de acuerdo a lo solicitado en el artículo N°13, letra b), a saber:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Presenta 5 Contratos y/o Certificados (comprobables y firmados) por el mismo servicio licitado.
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100
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Presenta 3 a 4 Contratos y/o Certificados (comprobables y firmados) por el mismo servicio licitado.
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50
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Presenta 1 a 2 Contratos y/o Certificados (comprobables y firmados) por el mismo servicio licitado.
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25
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No presenta documentación / Documentación presentada no se condice con la señalada en el Anexo N°10 o no logra ser validada o comprobable.
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PES = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PES = Puntaje Experiencia del Supervisor.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
11) Oferta Económica: (Ponderación 40%)
La oferta económica consiste en la expresión monetaria que hace el oferente del precio
total, IVA incluido, en pesos, que conllevará la adquisición del servicio.
La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la fórmula que se indica a continuación, según lo solicitado en el artículo Nº13, letra c):
Donde:
POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación. El mayor puntaje equivale a calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.
OEB = Oferta económica más baja. Se entenderá por aquella oferta de menor valor, con impuestos.
OEE = Oferta económica en evaluación, con impuestos.
Desempate
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación en el siguiente orden:
- Mayor puntaje en “Oferta Económica”.
- Mayor puntaje en “Personal Mínimo”,
- Mayor puntaje en “Instalaciones Mínimas”.
- Mayor puntaje en “Sueldo”
- Mayor puntaje en “Uniformes”.
- Mayor puntaje en “Experiencia Supervisor”.
- Mayor puntaje en “Experiencia Proveedor”.
- Mayor puntaje en “Aguinaldo Fiestas Patrias y Navidad”
- Mayor puntaje en “Cumplimiento Requisitos Formales”
10. Mayor puntaje en “Programas de Integridad y Ética Empresarial”
11. Mayor puntaje en “Convenios Colectivos”
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopúblico.cl.
Artículo 18°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación o deserción, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
7.- Adjudicación de la Licitación.
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Artículo 19°: Adjudicación. -
La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor, quien será, que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
Cuando se presente ofertas que tengan características de riesgosas o temerarias, en los términos descritos en el art. 61° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, y en caso de ser adjudicables, se solicitará al adjudicatario el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en un 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio del oferente por el que le siga en su calificación económica.
El SSMSO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo 6°. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso de detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Las consultas sobre adjudicación/deserción deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Cabe señalar que el SSMSO dispondrá de 10 días hábiles desde la publicación de la adjudicación/deserción en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.
Facultad de Re adjudicar
El Servicio podrá Re adjudicar la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original, a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario no cumple con los requisitos descritos en el artículo 10° de las presentes bases.
d) Si el adjudicatario no entrega la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.
e) Si el adjudicatario no presenta los documentos de carácter obligatorios para contratar, solicitados en las presentes bases de licitación.
f) Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en estado Hábil en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
g) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, la Entidad Licitante, podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso quinto del artículo Nº58 del DS Nº661/2004 del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
En el caso que la Entidad Licitante aplique Readjudicación/Retrotraer el proceso licitatorio, automáticamente, se ajustaran los plazos del cronograma establecidos en el artículo 6° de las presentes Bases.
Artículo 20°: Contrato. -
Los derechos y obligaciones entre el SSMSO y el oferente adjudicado se formalizarán mediante la suscripción del contrato respectivo, el cual tiene como objetivo estipular la individualización de los servicios objeto de esta licitación, plazos, monto y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso.
El contrato deberá suscribirse entre las partes en un plazo de 15 días hábiles, posterior a un periodo de 10 días hábiles contados desde de la notificación de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°119, del Decreto N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
En caso de que la suscripción del contrato sea mediante medios electrónico, la firma deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma.
Previo a la firma del contrato el Proveedor adjudicatario deberá:
a) En los casos que aplique presentar las Personerías, y copia de la Cédula de Identidad de los representantes del adjudicatario, salvo que dicha información se encuentre en el registro de Chile Proveedores. Asimismo, el Proveedor debe encontrarse HÁBIL, al momento de suscripción del contrato.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases.
c) Entregar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación.
d) En caso que el adjudicatario sea UTP, y la adjudicación sea inferior a las 1.000 UTM, éste deberá entregar el acuerdo en que conste la unión, el que podrá materializarse por instrumento público o privado, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda. En caso que la adjudicación sea mayor a las 1.000 UTM, éste deberá entregar la escritura pública que contenga el acuerdo en que conste la unión, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior o si no presenta los documentos solicitados como obligatorios para contratar, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SERVICIO procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y/o esta haya sido solicitada, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva, en el plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Posterior a la suscripción del contrato, el SSMSO emitirá la respectiva orden de compra, por el monto total del contrato, la cual debe ser aceptada por el Proveedor adjudicado, en el plazo de 48 horas hábiles.
Artículo 21°: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. -
El SSMSO considera de suma importancia la contratación de los servicios objeto de la presente licitación, ya que su implementación, es crucial para mantener un entorno limpio y seguro para los pacientes, personal y visitantes. Esto, considerando que un mal o nulo mantenimiento de jardines, puede generar riesgos para la salud y seguridad, como la proliferación de plagas, la presencia de sustancias tóxicas o la creación de entornos insalubres.
Por lo anterior, para garantizar el óptimo cumplimiento de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá entregar, antes de la firma del contrato, una garantía, la cual podrá entregarse mediante uno o varios instrumentos de la misma naturaleza como Boleta de Garantía Bancaria o Certificado de Fianza a la vista, o documento electrónico de garantía, u otro documento de garantía que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, por un monto en pesos moneda de curso legal que en su conjunto, representen el equivalente al 5% del monto total neto del contrato, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, con una vigencia que exceda en sesenta días hábiles al plazo de duración del contrato.
La garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica. En caso en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma, y remitirse a la dirección de correo electrónico del contacto de la licitación, indicado en la ficha electrónica de ésta. En caso de entrega de manera física, la garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente en horario hábil. La garantía podrá ser tomada por el propio oferente o por un tercero a favor del oferente (debe quedar consignado a través de documento público o privado en caso de garantías tomadas por un tercero a favor del oferente, en donde se explicite dicha acción).
La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, y consignar la siguiente frase: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de Servicios de Mantención de Áreas Verdes” ID 1057500-XX-LP26 y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales con los trabajadores de los contratantes pagadera a su sola presentación, irrevocable y sin ningún condicionamiento.”
Para el caso de Vale Vista, la glosa debe quedar consignada al reverso de dicho documento.
Para el caso de Pólizas de Seguro, este documento deberá excluir cláusula de Resolución De Conflicto (por medio de acción arbitral o judicial), toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y a primer requerimiento (aplica dictámenes N°11.170 de 2019 y N° E468731 de 2024 de CGR).
Adicionalmente para el caso del fiel cumplimiento del contrato, debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista y deberá establecer que cubre deudas por no pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores
del contratista y subcontratistas en virtud del artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.
La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual el Referente Técnico del SERVICIO emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
La garantía será devuelta al Proveedor 10 días después de su vencimiento, para lo cual debe solicitarla mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO, quien efectuará las gestiones correspondientes para su devolución.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el SERVICIO queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle al SERVICIO.
Artículo 22°: Modalidad de pago y Reajustes
El contrato a que dará origen la presente licitación será un Contrato de Suministro entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir prestaciones continuas o periódicas de provisión al SSMSO de los servicios en el precio, tiempo, cantidad, calidad, oportunidad en tiempo y lugares acordados según los requerimientos del SSMSO.
Dejase establecido que los requerimientos de suministro de los servicios serán de flujo variable, no comprometiéndose el SSMSO a requerir y adquirir una determinada cantidad de los mismos de manera periódica durante la vigencia del contrato.
Los pagos serán a 30 días corridos, respecto a los servicios efectivamente prestados en
el mes en cuestión.
El precio mensual del contrato será reajustado en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor IPC, el que se aplicará a los 12 meses del inicio de vigencia del contrato
Las facturas emitidas por el proveedor mensualmente, deberán hacer referencia a la orden de compra emitida por el SSMSO, indicada en el art. 20° de las presentes Bases de licitación, rebajándose los pagos efectuados de dicha orden de compra.
El pago de los servicios será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
Artículo 23°: Vigencia del Contrato e inicio de la prestación de Servicios. –
El contrato comenzará a regir a contar de la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada en el Portal de Mercado Público. Sin embargo, por razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen Nº14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad.
Al momento de comenzar la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, deberá dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio de estos, en la respectiva Acta de Inicio de Servicios, emitida y firmada por el Referente Técnico del SSMSO y el Encargado Técnico del adjudicatario, que da fe de la fecha efectiva de inicio de los servicios, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del contrato respectivo.
La vigencia del contrato se extenderá por el período de 36 meses, contada desde de la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Prórroga del Contrato
El SSMSO podrá prorrogar el contrato suscrito con el proveedor adjudicado, mediante el correspondiente acuerdo bilateral de voluntades, aprobado por medio del acto administrativo totalmente tramitado, solo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación con el fin de adquirir los servicios objeto del presente proceso licitatorio, ya sea que ésta, sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente de acuerdo a la Ley N°19.886.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 03 meses contados desde el vencimiento original del periodo de suministro. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.
Asimismo, la prórroga antes señalada, no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado, ni tampoco deberá igualar o superar las 5.000 UTM.
Artículo 24°: Ampliación o Disminución de los Servicios Contratados. -
Durante el periodo de vigencia del contrato, el SERVICIO podrá ampliar el servicio contratado en un tope máximo de un 30% del monto total adjudicado, siempre y cuando exista una aprobación administrativa y totalmente tramitada de dicha ampliación por la Autoridad Competente y exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. El PROVEEDOR deberá considerar en su oferta dicha ampliación y/o reducción de contrato sin efectuar variación en los precios acordados en este instrumento. No habrá tope para disminuir el contrato.
Las razones por las cuales se podrá aplicar la ampliación o reducción de los servicios contratados se acotarán a las que se enumeran a continuación:
a) Aumento o Disminución de demanda de prestaciones referidas al Servicio de Mantenimiento de Jardines y Áreas Verdes para dependencias de la Dirección del SSMSO.
En ese sentido, para establecer y valorizar el monto del aumento o disminución del contrato, el oferente deberá declarar en el proceso de licitación dos valores; uno por superficie m2 de mantención de jardines y uno por superficie m2 de construcción de jardines.
En todo caso, la ejecución del contrato y sus ampliaciones no podrán igualar o superar las 5000 UTM.
Para todos los efectos, será el Administrador de Contrato que formalizará estos requerimientos con la emisión de las respectivas Órdenes de Compra y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de respaldo para ello.
Artículo 25°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna de Puente Alto de la ciudad de Santiago.
Artículo 26°: Ejecución. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico o Jefe del Proyecto” con dedicación permanente que lo representará ante el SERVICIO para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Proveedor.
Artículo 27°: Cesión del Contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al SERVICIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 30º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 28°: Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del contrato. En caso que aplique, deberá ser parcial, no más del 30%, en los términos descritos en el artículo 128°, del D.S N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Los oferentes deberán indicar en sus propuestas o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del aquel acuerdo que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores, en caso que se acojan a dicha modalidad.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SSMSO lo requiera, el proponente deberá acreditar al momento de remitir las facturas por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº4, inciso segundo de la Ley N°19.886
El incumplimiento del Ejecutor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SERVICIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº20.123.
9.- Multas y su procedimiento de aplicación.
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Artículo 29°: Multas y su procedimiento de aplicación.
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente define el Servicio de Mantención de Jardines y Áreas verdes, fundamental para el bienestar de sus usuarios y funcionarios, por lo que la prestación deficiente del servicio afecta directamente al cumplimiento de las metas comprometidas en esta materia.
Por esto se disponen de sanciones con multas valorizadas en UTM (Unidades Tributarias Mensuales, no se considera impuestos incluidos), según sea la importancia de la falta incurrida por la empresa.
Para el Contrato de Servicios de Mantención de Áreas Verdes.”, el SSMSO multará al adjudicatario en los siguientes casos:
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TIPO DE FALTA
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DESCRIPCIÓN
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MONTO DE MULTA
(UTM)
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Falta Gravísima: Importa Incumplimiento gravísimo del contrato, sin perjuicio de las acciones legales y el cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar.
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a) En caso de una fiscalización por parte del SSMSO, donde se verifique que tanto los equipos, equipamiento y/o recursos humanos se encuentran en desmedro en la calidad de los servicios contratados.
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Se aplicará una Multa de 10 UTM POR EVENTO
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b) Perjuicio a los usuarios y/o funcionarios del SSMSO, cuya responsabilidad haya sido culpa dolosa o negligente del Proveedor y/o sus trabajadores.
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c) Perjuicio a las instalaciones o infraestructura de las Dependencias indicadas en el presente contrato, por parte del Proveedor y/o sus trabajadores, cuya responsabilidad haya sido por culpa dolosa o negligente.
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Falta Grave: Será aquella con la cual se ponga en riesgo o se afecte directamente a las personas del SSMSO, o límite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida.
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a) Incumplimiento en la cantidad de personal declarado en la propuesta.
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Se aplicará una Multa de 5 UTM POR EVENTO
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b) Realizar actividades distintas a las cuales fue contratado al interior del recinto.
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c) Realizar desórdenes o conductas que afecten el normal funcionamiento de la institución.
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d) Sorprender al personal en consumo de alcohol o drogas.
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e) No contar con los elementos de protección personal, ni de seguridad para los trabajadores y las labores de riesgo de accidente laboral.
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Falta Leve: Importa incumplimiento del contrato que no origina riesgos a los usuarios y/o funcionarios.
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a) Incumplimiento con requisito de entrega de uniformes para el personal.
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Se aplicará una Multa de 2 UTM POR EVENTO
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b) No portar las tarjetas de identificación en lugar visible por parte del personal de faena.
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c) Incumplimiento en el registro de asistencia del personal.
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d) Atraso en la entrega (más de 5 días corridos) de las cotizaciones o presupuestos solicitados por el mandante.
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1.- Procedimientos para aplicar una Multa y/o Término Anticipado al Contrato
El Referente Técnico, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases y futuro contrato, debe emitir dicho incumplimiento, generando para tal efecto un respectivo Informe Técnico, el cual se derivará al Administrador de Contrato del SSMSO, siendo este último, quien deberá notificar al proveedor. Esta notificación se realizará al encargado que designe el Oferente, en materia de Multas e Incumplimientos contractuales, a través del correo electrónico registrado para estos fines, en el Anexo N°1 (A-B-C), según sea el caso, de las presentes bases de licitación.
Se establecerá un plazo de 5 días hábiles desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, el Referente Técnico, emitirá un Informe Final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa y/o término anticipado a aplicar en caso que a su juicio ameriten.
Posterior a ello, el Administrador de Contrato, derivará dicho Informe Final a la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta y/o término anticipado de contrato en cuestión. En caso de aplicar la multa y/o término anticipado de contrato, esta acción se formalizará por medio de Resolución Fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.
Sin perjuicio a lo anterior, EL PROVEEDOR en contra de dicho acto administrativo podrá ejercer todos los recursos contemplados en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dentro de los plazos establecidos en dicho cuerpo legal.
Las multas aprobadas por el SSMSO, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.
Los montos asociados a los casos de multa señalados en el presente artículo, serán acumulados para ser cobrados, los cuales deberán ser pagados por el Proveedor según el siguiente orden:
- Primera instancia vía transferencia electrónica.
- Segunda instancia por medio de Vale Vista, dentro de los 10 días hábiles de dicha notificación.
- Tercera instancia por medio del cobro del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento (en el caso que aplique).
En caso de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, el Proveedor deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato en caso en que no se produzca la restitución de la garantía. En caso de existir saldos a favor del proveedor, después del cobro de la garantía, el SERVICIO devolverá el remanente en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha en que el proveedor haya restituido la garantía, previa solicitud, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO quien efectuará las gestiones correspondientes para la devolución.
Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total bruto, impuestos incluidos, del contrato a suscribir.
2.- Normas especiales
En todo caso el Proveedor será solidariamente responsable frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente destinatario de los servicios solicitados en esta licitación, cuando estas tengan su fundamento en la prestación deficiente de los servicios a licitar.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del SERVICIO de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.
10.- Terminación Anticipada del Contrato.
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Artículo 30°: Terminación Anticipada del Contrato. -
Mediante Resolución fundada el SERVICIO podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al SERVICIO, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
c) Si la calidad del servicio licitado no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas.
d) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, entre otras: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del contrato a suscribir; si el Proveedor no iniciase sus labores en el plazo acordado; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 27°, o de la limitación establecida en el artículo 28°, de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan el monto señalado el artículo 29° de estas Bases.
e) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº20.123.
f) En caso de que no se cumplan, tanto los procedimientos de subcontratación indicados en el artículo 28° de las Bases, o no informar al Referente Técnico de cambios en los subcontratos durante la ejecución del contrato a suscribir, cuando ello sea detectado, y el Proveedor no haya subsanado ello en un plazo de 10 días hábiles o exista reiteración mayor a 3 eventos relacionado con el incumplimiento al procedimiento de subcontratación regulado en las presentes bases.
g) Por transgredir el artículo 44° de las presentes Bases, previo informe del Administrador de Contrato.
h) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional o la fuerza mayor.
i) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones, conforme lo exigen los artículos 13° bis de la Ley N°19.886 y 130° de su Reglamento.
j) En caso de superar el monto autorizado para la presente licitación, indicado en el art. 5° de las presentes bases.
k) En el caso que el adjudicatario fuese Unión Temporal de proveedores (UTP) y esta concurra una disolución de la UTP durante la ejecución del contrato.
l) Inhabilidad sobreviviente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados.
m) La comprobación de falsedad, o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i) y j), el SERVICIO podrá cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al SERVICIO en contra del contratante.
11. Solución de controversias.
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Artículo 31°: Solución de Controversias. -
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración de la Autoridad Competente del SSMSO o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el abogado del SERVICIO o Informe Técnico emitido por la Contraparte del SERVICIO según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia y las facultades de la Contraloría General de la Republica.
12. Condiciones Económicas.
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Artículo 32°: Oferta Económica
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor total neto, este valor se expresará en moneda nacional (CLP), y deberá incluir todos los costos necesarios para la prestación del servicio, con excepción de los impuestos.
La oferta económica ingresada por el proveedor, en el Sistema de Información, deberá ser presentada en el Anexo N°3.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13°, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°3.
Ante discordancia entre el valor ingresado en el sistema de información de compras públicas (el cual queda registrado en el comprobante de ingreso de oferta que genera el sistema de información de compras públicas), y el valor indicado en el Anexo N°3 u otro documento que el proveedor haya adjuntado, siempre prevalecerá el valor ingresado en el Anexo N°3.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes, o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes, siempre que no se modifique la oferta presentada.
El contrato contendrá la declaración del adjudicado de que se compromete a suministrar los servicios por la suma alzada de su propuesta y conforme a requerimientos descritos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos
Artículo 33°: Facturación y Condiciones de Pago. -
El proveedor adjudicado deberá facturar mensualmente los Servicios validados por el Referente Técnico del SSMSO, los cuales serán pagados en el plazo máximo de 30 días a contar de la fecha de recepción de la factura, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Procedimiento de facturación:
- El proveedor enviará mensualmente, al Referente Técnico del SSMSO, información de los servicios prestados en el mes recién trascurrido, para validación.
- Una vez validados los servicios por el Referente Técnico, el proveedor facturará por el monto correspondiente a dichos servicios, haciendo referencia en la factura a la OC emitida por el Depto. de Compras, indicada en el art. 20° de las Bases.
- Enviar la factura en formato XML en un plazo no mayor a 72 horas, a la casilla ACEPTA: ssmsorecepcion@custodium.com o dipresrecepcion@custodium.com, con copia al Referente Técnico del SSMSO.
- Adicional a la factura y su copia cedible debe adjuntar, Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales, solicitados en el art. 28 de las Bases.
- El proveedor debe adjuntar, documento con datos bancarios, para realizar transferencia al momento del pago de facturas.
El contenido de la factura podrá ser objetado en el plazo de 8 días corridos de su recepción, de lo contrario se entenderá recibida conforme.
La facturación deberá ser a nombre de:
· Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K.
Para efectos de los pagos deberá encontrarse firmado el contrato y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y recepcionados los servicios objeto de la presente licitación, en caso contrario no se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.
Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que es imprescindible que junto a la factura señale además los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra al cual se realizará el depósito.