1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, en adelante también el “SERVICIO o SSMSO” requiere efectuar la contratación de los “Servicios de Retiro, Tratamiento y Disposición Final de los Residuos Especiales y Peligrosos”, para las dependencias del SSMSO, conforme a las condiciones y especificaciones administrativas y técnicas establecidas en las presentes Bases de Licitación.
El presente llamado y proceso de licitación se enmarca dentro de lo señalado por la Ley N°19.886, su reglamento, y las instrucciones y condiciones de operación del sitio www.mercadopublico.cl.
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Técnicas
III.- Anexos:
Anexo Nº1-A: “Identificación del Oferente Persona Natural.”
Anexo Nº1-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica.”
Anexo Nº1-C: “Identificación del Oferente Bajo Unión Temporal de Proveedores.”
Anexo N°2-A: “Declaración Jurada Simple.”
Anexo Nº2-B: “Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.”
Anexo N°2-C: “Declaración Jurada Programa de Integridad.”
Anexo Nº3: “Oferta Económica.”
Anexo N°4: “Experiencia del Oferente.”
Anexo Nº5: “Especificaciones Técnicas.”
Artículo 3°: Normativa y Orden de Precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las Presentes Bases Administrativas.
b) Las Bases Técnicas.
c) Los Anexos.
d) Respuesta a las preguntas de los oferentes.
e) La Oferta con todos sus documentos, anexos, y aclaraciones a las mismas que hayan sido solicitadas por el SSMSO. Primaran los documentos acompañados por el oferente por sobre el formulario del portal.
f) La Orden de Compra.
g) El Contrato.
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
- SERVICIO o SSMSO: El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sótero del Río), Rut 61.608.500-K.
- DSS: Dirección de Servicio Metropolitano Sur Oriente. Posee el mismo domicilio que el
SSMSO.
- CMS: Centro Metropolitano de Sangre, ubicado en Av. Vitacura 0115, Comuna de Providencia.
- Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el SERVICIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
- Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio http://www.mercadopublico.cl.
- Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
- Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el SERVICIO, describen los servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.
- Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
- Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar.
- Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
- Convenios Colectivos: Referido a antecedentes de convenios colectivos vigentes que mantenga la empresa con organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores, o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
- Bienes o Servicios: Los especificados en las Bases Técnicas.
- Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) La Oferta Administrativa: constituida por los antecedentes del Oferente establecidos en el artículo 13º, letra a) de estas Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en el artículo 13º, letra b) de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en el artículo 13º, letra c) de estas Bases.
Forman parte de la respectiva propuesta los siguientes documentos:
- La oferta misma.
- La documentación detallada en el artículo 13º de las presentes Bases.
- Las garantías requeridas.
- Las presentes Bases.
- Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.
- Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.
- Contrato: Contrato de prestación de Servicios, en el cual se establecen los alcances propios del servicio de transporte, retiro, tratamiento y disposición final de residuos especiales y peligrosos, que celebrará Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y el adjudicatario cuya propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.
- Ejecutor o Proveedor: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae las obligaciones derivadas de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el SERVICIO.
- Referente Técnico: Funcionario del SERVICIO, encargado de coordinar el proceso de licitación, actuar como interlocutor de los licitantes y del Proveedor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y el contrato que regula la relación entre las partes.
- Administrador del Contrato: Funcionario Profesional o especialista designado por el SERVICIO, encargado de coordinar todos los asuntos administrativos relativos a la ejecución del servicio contratado.
- Encargado Técnico Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el SERVICIO, en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los servicios contratados.
- Autoridad Competente: Funcionario del SSMSO, con facultad o delegación de firma, para poder emitir los respectivos actos administrativos relativos al presente proceso de contratación.
- Autoridad Fiscalizadora: Serán todos aquellos Organismos del Estado con competencia Ambiental y Sanitaria, qué, según competencias radiquen en la fiscalización necesaria para el correcto cumplimiento de la legislación vigente que contempla el desarrollo del servicio a licitar. Así mismo se integran aquellos otros organismos que la normativa faculte para regular, coordinar y/o supervisar dicha materia.
- Nuevas Exigencias Regulatorias: Significa cualquier nueva ley, normativa reglamentaria o técnica, sentencia judicial o acto de la Autoridad, o cambio a una ley o normativa existente, o cualquier cambio a parámetros o normas técnicas referidas en cualquier ley o normativa aplicables en Chile y que afecte al Proveedor del servicio, en relación al desarrollo propio de la actividad licitada, este deberá dar cumplimiento a ello.
- Periodo del Servicio: Corresponde al periodo entre la Fecha de Inicio y la Fecha de Término del contrato.
- Establecimientos de Atención de Salud: Establecimientos Asistenciales en los que se diagnostica, trata, rehabilita o realizan acciones de inmunización a seres humanos.
- REAS: Manejo de residuos clínicos y hospitalarios de establecimientos de atención de salud.
- Acta de Inicio de Servicios: Documento emitido por el Referente Técnico, y firmado por éste y el Encargado Técnico, que da fe de la fecha de inicio de prestaciones objeto de la presente licitación, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del respectivo contrato.
- Programa de Integridad y Ética Empresarial: Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir – y si resulta necesario, identificar y sancionar – las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Artículo 5°: Datos de la licitación.
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DATOS DE LA LICITACIÓN
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a) Rubro de la Licitación
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Tratamiento y Eliminación de Desechos Peligrosos
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b) Tiempo máximo de duración del contrato.
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6 meses
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c) Modalidad de Pago
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Mensual, contra factura a 30 días, previa recepción conforme de los Servicios del mes a facturar.
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d) Tipo de Licitación
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LE: Igual o Mayor 100 UTM y Menor a 1.000 UTM
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e) Presupuesto Referencial
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$21.000.000.- CLP Impuestos Incluidos
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f) Disponibilidad de Presupuestaria
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Según Ley de Presupuestos del Sector Público de los años de vigencia del contrato a suscribir.
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Artículo 6°: Plazos. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública sitio web http://www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Fecha de Publicación:
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Día 1
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Fecha inicio de preguntas:
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Día 1
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Fecha final de preguntas:
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Día 5
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Fecha de publicación de respuestas:
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Día 7
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Fecha de cierre de recepción de la oferta:
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Día 11, 15:01 horas.
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Fecha de acto de apertura oferta Técnica y Económica:
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Día 11, 15:02 horas.
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Fecha de Adjudicación (plazo máximo):
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Día 50
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Formalización de la Contratación
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Se formalizará mediante la suscripción de un contrato, (previa entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento), en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar de la fecha de notificación de adjudicación en el portal de Mercado Público.
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Para los efectos de esta licitación, todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, según lo preceptuado en el artículo Nº46, inciso octavo del Decreto. Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el cuadro anterior no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º, numeral 3, del Decreto Nº661- 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
En el caso que la Entidad Licitante deba modificar alguno de los plazos definidos en el presente artículo, automáticamente, se ajustaran los siguientes plazos del cronograma, en la misma cantidad de días, de manera proporcional.
Las consultas y/o aclaraciones de los proponentes deberán ser realizadas a través del Foro
electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Artículo 7°: Notificaciones, Domicilio y Jurisdicción. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el SERVICIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Puente Alto y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 8°: Gastos. -
Todos los gastos y los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la licitación o del Contrato, corresponden a los OFERENTES o al ADJUDICATARIO, respectivamente, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del SSMSO, cualquiera que sea su resultado.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.
Artículo 9°: Llamado a licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información dentro de un plazo prudencial, a contar de la total tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la Ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo.
a) Por aplicación de lo establecido en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación, quienes, al momento de presentación de la propuesta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores, o por delitos concursales establecidos en el código penal.
b) Que, infrinja las inhabilidades previstas en el artículo 35 quarter de la Ley N°19.886, agregado por la Ley N°21.634, circunstancia que, además, deberá ser acreditada tanto al momento de la presentación de las respectivas ofertas como al suscribir la correspondiente convención (aplica el criterio contenido en los dictámenes N° E145.242, de 2021 y E439.075, de 2024).
Además,
c) Quedan inhabilitados para contratar con el Estado, quienes hayan sido condenados económicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo N°33 de la Ley N°21.595/2023, Ley de Delitos Económicos.
d) Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado de conformidad con la Ley Nº20.393, en los casos que aplique.
e) Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N°211 del año 1973.
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 6º de las presentes Bases.
No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El SSMSO realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
El SERVICIO podrá aclarar las Bases, las veces que sean necesarias, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas, y subsanar o corregir errores ortográficos, numéricos, o de referencias detectadas, las que se considerarán parte integrante de las Bases, y será informado ello en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el SERVICIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, además de ser aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado y contemplar un plazo prudencial desde la fecha original de cierre de recepción de ofertas, para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl).
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas-
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Los proponentes podrán presentar más de una propuesta, la cual debe ser por todos los Servicios licitados. No obstante a lo anterior, en caso de presentar más de una oferta, estas deben ingresarse de manera individual e independiente en el Sistema de Información, donde queden claramente identificada cuál es la oferta base y cuáles son las ofertas alternativas. Si un oferente ingresa al Sistema de Información una única oferta individual, pero dentro de esta adjunta anexos o documentación complementaria de más de una oferta, es decir, ingresa más de una oferta dentro de una única oferta individual en el Sistema de Información, la oferta completa será declarada inadmisible.
La entrega de las propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto en el cronograma de licitación contenido en el artículo Nº6 de las presentes Bases.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara, y completa todos los antecedentes exigidos, sean estos de manera digital y/o físicos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
El SSMSO tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. La detección de antecedentes falsos o erróneos, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta, invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información, portal https://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115°, numeral 3, del Decreto 661-2024. Para este último caso, si el ingreso de las ofertas por indisponibilidad del sistema, es en soporte papel, este debe ser en Sobre Cerrado identificando el Proceso al que postula, adjuntando el respectivo certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente ubicada en Calle Concha y Toro Nº3459, Puente Alto. Si no, puede ingresar la oferta de forma electrónica, por indisponibilidad del Sistema debidamente acreditada, vía el formulario establecido en el Sistema de Información en el siguiente enlace https://ayuda.mercadopublico.cl.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada de requisitos para ofertar, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración, serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
El contenido de la propuesta será el siguiente:
a). – OFERTA ADMINISTRATIVA
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el proponente.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-B.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal del proponente.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”, con giro comercial autorizado en SII compatible con los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores:
N°1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo N°1-C. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.
Nº2.- Declaración Jurada Simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2, debidamente firmado por el representante legal de cada miembro de la Unión. Cada miembro de la UTP, debe encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores en Estado HÁBIL, con giro comercial autorizado en SII compatible con los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación. Además, debe adjuntar documento que da cuenta del acuerdo de participar como UTP, y demás documentación en los términos prescritos en el artículo 181° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda.
N°3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
N°4.- Para efectos de participar en un proceso de compra, la Unión temporal de Proveedores (UTP), si la adquisición es inferior a las 1.000 UTM, ésta deberá entregar el acuerdo en que conste la unión, el que podrá materializarse por instrumento público o privado, en los términos prescritos en el artículo Nº52 de la Ley N°19.886. En caso de que la adquisición sea mayor a las 1.000 UTM, ésta deberá entregar escritura pública que contenga el acuerdo en que conste la unión, en los términos prescritos en el artículo Nº52 de la Ley N°19.886.
a.4) Programas de Integridad y Ética Empresarial (Compliance):
N°1.- Declaración Jurada de Programa de Integridad, contenido en el Anexo N°2-C.
Existe una serie de normativas en materias de compras públicas, referidas a quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro. Bajo dicho contexto y en cumplimiento del dictamen de la Contraloría General de la República Nº E 370752/2023, referido a disminuir los posibles riesgos de corrupción en materias de Compras Públicas, se solicita a los oferentes completar y adjuntar la Declaración Jurada contenida en Anexo N°2-C, que informa los Programas de Integridad con que cuenten y cómo ellos fueron informados a su personal. En ese sentido, debe adjuntar documento que contenga el Programa de Integridad Declarado y los medios de verificación que demuestre que dicho programa fue difundido y recepcionado por sus trabajadores.
Este aspecto será evaluado en el respectivo criterio, en conformidad al art. 17° del D.S. 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Toda la documentación mencionada en la letra a) anterior, deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Administrativos”.
b). – OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado II de las presentes Bases, y conteniendo la siguiente información:
b.1) De la Empresa:
- Resolución Sanitaria para el desarrollo de la actividad (transporte, tratamiento y disposición final)
- Resolución de Calificación Ambiental (Si califica).
b.2) Documentación del Transporte:
- Resolución Sanitaria de los vehículos para transporte de RESPEL.
- Registro de Ventanilla Única como transportista.
- Permiso de circulación, revisión técnica y Seguro Obligatorio de Accidentes Personales.
- Entrega de los planes de contingencia y emergencia en retiro y transporte.
b.3) Del Relleno Sanitario de Seguridad o Planta de Tratamiento:
- Resolución Sanitaria para el desarrollo de la actividad. (Relleno o Planta)
- Resolución de Calificación Ambiental (Si califica).
- Contrato Vigente que acredite disposición final en relleno de seguridad por el periodo que dure el convenio.
b.4) Otros:
- Nómina de Conductores y Registro de Hoja de Vida del Conductor.
b.5) Documentación Opcional: Adjuntar Certificación de la empresa en materia de Sostenibilidad, los cuales pueden ser los siguientes:
- Autorización Sanitaria para sistema que permita la reutilización de contenedores.
- Sistemas de Gestión integrado o individuales. Adjuntar Certificación de la empresa en materia de ISO14.001.
- Autorización Sanitaria de la actividad de Reciclaje (si es el caso).
- Adherencia a Acuerdo de Producción Limpia (APL) de algún sector en materia a gestión de residuos. Reconocido por la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático.
Para el presente punto b.5), en caso de adjuntar la documentación señalada, se solicita adjuntar dicha información en carpeta digital que lleve por nombre “DOCUMENTACIÓN OPCIONAL”
b.6) Anexo Nº4 Experiencia del Oferente
Registrar la experiencia en servicios ejecutados asociados al rubro de la presente licitación, con Entidades Públicas o Privadas, acreditables mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
- Contratos.
- Decretos y/o Resoluciones que aprueban Contratos.
- Órdenes de Compra en estado de “Recepción Conforme” (Organismos Públicos).
- Certificados de Experiencia, emitidas por el mandante, en donde se puedan visualizar
los servicios prestados.
Se podrá presentar un máximo de 5 de los documentos antes señalados, (puede ser cualquiera de ellos), según sea el caso, para objeto de evaluación. De ser mayor a esa cantidad, solo se evaluarán los primeros 5 documentos indicados en el Anexo.
Solo se evaluará lo indicado en el citado Anexo, cualquier documento que haga referencia a una experiencia no incluida en el documento, generará que esta no sea evaluada.
Asimismo, se contabilizará sólo aquellos servicios objeto de la presente licitación, que se hayan ejecutado en los últimos 5 años, contados a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Todo aquel documento que haga referencia a trabajos anteriores a la fecha indicada, no será considerado en la evaluación.
El proponente o los proponentes podrán agregar información adicional que estimen necesario y pertinente para un mayor entendimiento de su oferta. Estos antecedentes adicionales, de ser presentados, no implicaran una mejor calificación.
En caso que el Oferente no cuente con experiencia a demostrar, debe indicar dicha situación en el apartado correspondiente del Anexo N°4, lo que implicará que la oferta obtendrá el puntaje mínimo en el criterio de evaluación respectivo.
Finalmente, en caso de no adjuntar el Anexo N°4, la oferta obtendrá el puntaje mínimo en el criterio de evaluación respectivo.
b.7) Anexo Nº5 Especificaciones Técnicas del Servicio
Proveedor deberá adjuntar y suscribir el Anexo N°5, junto con toda la documentación señalada en dicho formulario, que tengan el carácter obligatorio.
b.8) Condiciones de Empleo y Remuneración
Para el caso de Política de Reajustabilidad de Remuneraciones deberá acreditar mediante certificado que describa la política de Reajustabilidad emitido por el representante de la empresa. Para el caso de la Política de Capacitación Laboral, deberá incluir el plan de capacitación laboral o un certificado donde se detalle en qué consiste dicha política.
b.9) Oferta Convenios Colectivos
El oferente presenta Convenios Colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
Para acreditar la existencia de convenio y pactos colectivos sobre condiciones especiales de trabajo con sus trabajadores, el oferente deberá adjuntar copia de ellos. Solo serán considerados aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del Código del Trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la Dirección del Trabajo, dentro de los 5 días siguientes a su suscripción, lo que deberá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación.
Todos los documentos señalados en las letras b.1), b.2), b.3), b.4), b.7) de la Oferta Técnica del artículo 13° de las presentes Bases, son de carácter obligatorio, por lo que, en caso de no ser presentados, declarará la propuesta del Oferente inadmisible.
Toda la documentación mencionada en la letra b) anterior, deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Técnicos”.
c). - OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en el apartado económico de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo Nº3 de estas Bases.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Económicos”.
4.- Apertura Electrónica.
Artículo 14°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información será en una etapa, y se realizará en la fecha prevista en el cronograma de plazos establecido en el artículo 6º de las presentes bases.
La comisión de apertura verificará la admisibilidad de acuerdo a lo siguiente:
I. ADMISIBILIDAD ADMINISTRATIVA: En esta instancia se verificará que la oferta cumpla con la entrega en tiempo y forma de todos los Anexos solicitados en el presente acápite de las Bases, firmados por la Persona Natural y/o Representante Legal, y los documentos que se mencionan a continuación:
a) Anexo N°1 (A-B-C) “Identificación del Oferente” (según corresponda).
b) Anexo N°2-A: “Declaración Jurada Simple”, como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl.
c) Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.
d) Encontrase firmado el documento del Sistema de Información denominado “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”
e) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil” y con giro comercial autorizado en SII compatible con los bienes y/o servicios objeto de la presente licitación.
II. ADMISIBILIDAD TÉCNICA: Implica que el oferente haya adjuntado los documentos solicitados en el presente acápite, a saber:
a) Los señalados en las letras b.1), b.2), b.3), b.4), del artículo 13° de las Bases.
b) Anexo N°5 (firmado) y con lo todo lo señado en dicho documento, de carácter obligatorio.
III. ADMISIBILIDAD ECONÓMICA: Implica revisar que el oferente haya adjuntado el Anexo N°3 solicitado en el artículo 13°, letra c) de las Bases.
Las propuestas que no cumplan estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ley Nº19.886.
Asimismo, se declarará inadmisible la propuesta que modifique Anexos y/o formatos, así como ingresar más de una oferta dentro de una única oferta individual e independiente, ingresada en el Sistema de Información.
5.- Validez de las Propuestas.
Artículo 15°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SERVICIO podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la ampliación del plazo de los documentos de garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
6.- Evaluación y calificación de las Ofertas.
Artículo 16°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por:
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Titular
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Suplente
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Gonzalo Vidal Rojas; Jefe del Depto. de Recursos Físicos del SSMSO.
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Pía Cortes González, Profesional del Depto. de Recursos Físicos del SSMSO
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Daniela Vera Silva; Subdirectora Administrativa, del Centro Metropolitano de Sangre.
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Octavio Gajardo González, Subdirector Técnico del Centro Metropolitano de Sangre.
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Macarena Farias Farias, Encargada Técnica de Bodega de Droguería del SSMSO.
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Francisco Guzmán Contreras, Encargado de Gestión DTE Droguería, Unidad de Farmacia del SSMSO
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La evaluación se efectuará considerando su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Los proponentes deberán completar todos los anexos que sean solicitados para completar.
La Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas (se considera dentro de este tiempo el plazo de 24 horas de notificación establecido en el artículo 9° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas), luego de hecha la solicitud al oferente a través del Foro Inverso.
Artículo 17°: Puntajes y Criterios de Evaluación. -
Solo podrán ser adjudicadas las propuestas evaluadas con un puntaje igual o superior a 60 puntos del puntaje final ponderado, dentro de una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el mínimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener. Para cada criterio a evaluar el puntaje se obtiene de la ponderación obtenida del criterio evaluado.
En los casos que el resultado ponderado arroje decimales, se contabilizará hasta dos decimales.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
Tabla N°1: Criterios de Evaluación
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Criterios de Evaluación
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Puntaje
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Ponderación
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1) Oferta Económica
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0 - 100
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60%
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2) Experiencia del Oferente
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0 - 100
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15%
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3) Sostenibilidad
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0 - 100
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10%
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4) Condiciones de Empleo y Remuneración
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0 - 100
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5%
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5) Convenios Colectivos
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0 - 100
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5%
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6) Cumplimiento de Requisitos Formales
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0 - 100
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3%
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7) Programas de Integridad y Ética Empresarial
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0 - 100
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2%
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Promedio Aritmético Final Criterios de Evaluación (Puntaje Final)
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0 - 100
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100%
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1) Precio (60%)
La oferta económica consiste en la expresión monetaria que hace el oferente del precio total neto (sin impuestos), en pesos, que conllevará la adquisición del servicio.
La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la fórmula que se indica a continuación, según lo solicitado en el artículo 13º, letra c):
POE = (OEB/OEE x 100) * 0.60
Donde:
POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación. El mayor puntaje equivale a calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.
OEB = Oferta económica más baja. Se entenderá por aquella oferta de menor valor, sin impuestos.
OEE = Oferta económica en evaluación, sin impuestos.
2) Experiencia (15%)
La experiencia será evaluada de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13º, letra b.6), y a lo ingresado en el Anexo N°4. Esto es, ya sea con entidades públicas o privadas, en los últimos 5 años contados desde la apertura de ofertas, acreditables mediante la presentación de contratos, debidamente firmado por las partes involucradas, decretos y/o resoluciones que aprueban los contratos, órdenes de compra en estado de “recepción conforme” (para los organismos públicos) o Certificados de Experiencia, emitidas por el mandante; en donde se puedan visualizar los servicios prestados.
La información que no esté contenida en dicho Anexo, no será evaluada. De no contar con experiencia a demostrar, debe señalarse en el apartado correspondiente del citado Anexo N°4. Para efectos de evaluación, se considerará la siguiente tabla:
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Experiencia (Anexo Nº4)
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Puntaje
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Presenta 5 de los documentos de los señalados en el artículo 13°, letra b.6) de las Bases. (Pueden ser cualquiera de ellos)
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100
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Presenta entre 3 a 4 de los documentos señalados en el artículo 13°, letra b.6) de las Bases. (Pueden ser cualquiera de ellos)
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50
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Presenta entre 1 a 2 de los documentos señalados en el artículo 13°, letra b.6) de las Bases. (Pueden ser cualquiera de ellos)
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25
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No presenta documentación / No cuenta con experiencia según lo informado en el Anexo N°4 / Documentación presentada no se condice con la señalada en el Anexo N°4 o no logra ser validada o comprobable por la Comisión / Experiencia presentada supera el rango de antigüedad 5 años contados desde la apertura de ofertas / No adjunta Anexo N°4.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PEO = (PUNTAJE) * 0.15
Donde:
PEO = Puntaje de Experiencia de la oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
3) Sostenibilidad (10%)
El cumplimiento del criterio de Sostenibilidad, se evaluará de acuerdo a lo establecido en la siguiente tabla:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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El oferente presenta 3 o más de los 4 criterios de sostenibilidad, señalados en el artículo 13°, letra b.5)
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100
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El oferente presenta al menos 2 de los 4 criterios de sostenibilidad, señalados en el artículo 13°, letra b.5)
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75
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El oferente presenta al menos 1 de los 4 criterios de sostenibilidad, señalados en el artículo 13°, letra b.5)
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50
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El oferente no presenta ningún criterio de sostenibilidad, señalados en el artículo 13°, letra b.5)
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PS = (PUNTAJE) * 0.1
Donde:
PS = Puntaje de Sostenibilidad de la oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
4) Condiciones de Empleo y Remuneraciones (5%)
Se evaluará las Condiciones de Empleo y Remuneración, de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b.8) de las Bases, considerando la siguiente tabla:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Presenta información de Política de Reajustabilidad y Política de Capacitación Laboral
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100
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Presenta información de Política de Reajustabilidad o Política de capacitación Laboral.
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50
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No presenta información solicitada respecto a condiciones de empleo y remuneraciones.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PCER = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PCER = Puntaje de Cumplimiento y Remuneración de la oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
5) Convenios Colectivos (5%)
Para acreditar la existencia de convenio y pactos colectivos sobre condiciones especiales de trabajo con sus trabajadores, el oferente deberá adjuntar copia de ellos. Solo serán considerados aquellos que hayan cumplido con lo indicado en el artículo 408 del código del trabajo, esto es, que hayan sido depositados en la dirección del trabajo, dentro de los 5 días siguientes a su suscripción, lo que podrá ser acreditado mediante cualquier documentación o certificación. Para los efectos, se utilizará la siguiente tabla:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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El oferente presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
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100
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El oferente no presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PCC = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PCC = Puntaje de Convenios Colectivos de la oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación, utilizando la tabla anterior.
6) Cumplimiento de Requisitos Formales (3%)
Según lo establecido en el artículo 56, del D.S N°661/2024 del Ministerio de Hacienda. Errores u omisiones detectados durante la etapa de evaluación. Se asignará la siguiente calificación:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.
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100
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Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el art. 16° precedente, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.
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50
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Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en el art.16° precedente.
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PCRF = (PUNTAJE) * 0.03
Donde:
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de le oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
7) Programas de Integridad y Ética Empresarial (2%)
El cumplimiento de Programas de Integridad se evaluará de acuerdo, a lo establecido en el art. 13º, letra a.4). Se asignará la siguiente calificación:
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Detalle de Evaluación
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Puntaje
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Presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial, que sean conocidos por sus trabajadores, por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C), además de adjuntar los medios de verificación que acrediten que dichos programas son conocidos y aplicados por su personal.
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100
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No presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial y/o no son conocidos por sus trabajadores (no adjunta medios de difusión verificables de cómo fueron informados), además de no adjuntar y acreditar por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C)
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0
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PPIEE = (PUNTAJE) * 0.02
Donde:
PPIEE = Puntaje Programas de Integridad y Ética Empresarial de le oferta en evaluación.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
Desempate:
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga mayor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
- Mayor puntaje en “Oferta Económica”.
- Mayor puntaje en “Experiencia del Oferente”.
- Mayor puntaje en “Sostenibilidad”.
- Mayor puntaje en “Condiciones de Empleo y Remuneración”.
- Mayor puntaje en “Convenios Colectivos”
- Mayor puntaje en “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
- Mayor puntaje en “Programas de Integridad y Ética Empresarial”
Si aún subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopúblico.cl.
Artículo 18°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación o deserción, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
7.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 19°: Adjudicación. -
La presente licitación será adjudicada solo a un proveedor, para los Servicios de Retiro, Tratamiento y Disposición Final de los Residuos Especiales y Peligrosos, quien será, que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
Cuando se presente ofertas que tengan características de riesgosas o temerarias, en los términos descritos en el art. 61° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, y en caso de ser adjudicables, se solicitará al adjudicatario el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en un 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio del oferente por el que le siga en su calificación económica.
El SSMSO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo 6° de las presentes bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl), las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación, mediante acto administrativo totalmente tramitado.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso de detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Las consultas sobre adjudicación/deserción deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl.
Cabe señalar que el SSMSO dispondrá de 10 días hábiles desde la publicación de la adjudicación/deserción en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.
Facultad de Re adjudicar
El SSMSO podrá Re adjudicar la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original, a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si los contratos no se firmasen en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario no cumple con los requisitos descritos en el artículo 10° de las presentes bases.
d) Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
e) Si el adjudicatario no presenta los documentos de carácter obligatorios para contratar, solicitados en las presentes bases de licitación.
f) Si el adjudicatario no se encuentra inscrito en estado Hábil en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
g) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación, de detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, el SSMSO podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso sexto del artículo Nº58 del DS Nº661/2024, del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
En el caso que la Entidad Licitante aplique Readjudicación/Retrotraer el proceso licitatorio, automáticamente, se ajustaran los plazos del cronograma establecidos en el artículo 6° de las presentes Bases.
Artículo 20°: Contrato. -
Los derechos y obligaciones entre el SSMSO y el oferente adjudicado se formalizarán mediante la suscripción del contrato respectivo, el cual tiene como objetivo estipular la individualización de los servicios objeto de esta licitación, plazos de entrega de estos, montos y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso.
El contrato deberá suscribirse entre las partes en un plazo de 15 días hábiles contados desde de la notificación de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°119, del Decreto N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
En caso de que la suscripción del contrato sea mediante medios electrónicos, la firma deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma.
Previo a la firma del contrato el Proveedor adjudicatario deberá:
a) En los casos que aplique presentar las Personerías, y copia de la Cédula de Identidad de los representantes del adjudicatario y debe estar en Estado Hábil, salvo que dicha información se encuentre en el registro de Chile Proveedores.
b) Entregar una Garantía para asegurar el Fiel y Oportuno Cumplimiento, de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21° de estas Bases.
c) Entregar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación.
d) En caso que el adjudicatario sea UTP, y la adjudicación sea inferior a las 1.000 UTM, éste deberá entregar el acuerdo en que conste la unión, el que podrá materializarse por instrumento público o privado, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda. En caso que la adjudicación sea mayor a las 1.000 UTM, éste deberá entregar escritura pública que contenga el acuerdo en que conste la unión, en los términos prescritos en el artículo 180° del D.S. 661/2024 de Hacienda.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior o si no presenta los documentos solicitados como obligatorios para contratar, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SSMSO procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y/o esta haya sido solicitada, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva, en el plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Posterior a la suscripción del contrato, el SSMSO emitirá la respectiva orden de compra, por el monto total bruto del contrato, la cual debe ser aceptada por el proveedor adjudicado, en el plazo máximo de 48 horas hábiles desde su emisión.
Artículo 21°: Garantía de Fiel Cumplimiento. -
Para garantizar el óptimo cumplimiento de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá entregar, antes de la firma del contrato, una garantía, la cual podrá entregarse mediante uno o varios instrumentos de la misma naturaleza como Boleta de Garantía Bancaria o Certificado de Fianza a la vista, o documento electrónico de garantía, u otro documento de garantía que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, por un monto en pesos moneda de curso legal que en su conjunto, representen un monto que alcance el 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, con una vigencia que exceda en sesenta días hábiles al plazo de duración del contrato.
La garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica. En caso en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma, y remitirse a la dirección de correo electrónico del contacto de la licitación, indicado en la ficha electrónica de ésta. En caso de entrega de manera física, la garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente en horario hábil. La garantía podrá ser tomada por el propio oferente o por un tercero a favor del oferente (debe quedar consignado a través de documento público o privado en caso de garantías tomadas por un tercero a favor del oferente, en donde se explicite dicha acción).
El instrumento de garantía deberá ser pagadero a la vista, tener el carácter de irrevocable, y consignar la siguiente glosa:
"Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato denominado: Servicios de Retiro, Tratamiento y Disposición Final de los Residuos Especiales y Peligrosos, para las dependencias del SSMSO” ID 1058569-XX-LE26 y/o de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
Para el caso de Vale Vista, la glosa debe quedar consignada al reverso de dicho documento.
Para el caso de Pólizas de Seguro, este documento deberá excluir cláusula de Resolución De Conflicto (por medio de acción arbitral o judicial), toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y a primer requerimiento (aplica dictámenes N°11.170 de 2019 y N° E468731 de 2024 de CGR).
Adicionalmente para el caso del fiel cumplimiento del contrato, debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista y deberá establecer que cubre deudas por no pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista y subcontratistas en virtud del artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.
La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual el Referente Técnico del SERVICIO emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
La garantía será devuelta al Proveedor 10 días después de su vencimiento, para lo cual debe solicitarla mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO, quien efectuará las gestiones correspondientes para su devolución.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el SERVICIO queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle al SERVICIO.
Artículo 22°: Modalidad de Pago y Reajustes
El contrato a que dará origen la presente licitación será un Contrato de Suministro entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir prestaciones continuas o periódicas de provisión al SSMSO de los servicios en el precio, tiempo, cantidad, calidad, oportunidad en tiempo y lugares acordados según los requerimientos del
SSMSO.
Dejase establecido que los requerimientos de suministro de los servicios serán de flujo variable, no comprometiéndose el SSMSO a requerir y adquirir una determinada cantidad de los mismos de manera periódica durante la vigencia del contrato.
Los servicios contratados se facturarán mensualmente con pago máximo a 30 días corridos, contra presentación de Factura, previa recepción conforme de los servicios objeto de esta licitación, sin reajustes de ninguna especie.
Artículo 23°: Vigencia de los Contratos e Inicio de la Prestación de Servicios. -
El contrato comenzará a regir de la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada en el Portal de Mercado Público. Sin embargo, por razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen Nº14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad.
Al momento de comenzar la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, deberá dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio de estos, en la respectiva Acta de Inicio de Servicios, emitida y firmada por el Referente Técnico del SSMSO y el Encargado Técnico del adjudicatario, que da fe de la fecha efectiva de inicio de los servicios, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del contrato respectivo.
La vigencia del contrato se extenderá por el período de 06 meses, contada desde la fecha en que se notifique al proveedor adjudicado la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 29° de las presentes Bases.
Artículo 24°: Domicilio y Jurisdicción -
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna de Puente Alto, de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 25°: Ejecución. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico o Jefe del Proyecto” con dedicación permanente que lo representará ante el SSMSO, para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Proveedor.
Artículo 26°: Cesión del Contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición, dará derecho al SSMSO, para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 29° de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 27°: Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del contrato. En caso que aplique, deberá ser parcial, no más del 30%, en los términos descritos en el artículo 128°, del D.S N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Los oferentes deberán indicar en sus propuestas o luego de la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del aquel acuerdo que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores, en caso que se acojan a dicha modalidad.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SSMSO lo requiera, el proponente deberá acreditar al momento de remitir las facturas por el servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº4, inciso segundo de la Ley 19.886.
El incumplimiento del Ejecutor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus
trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SSMSO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 29° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº20.123.
9.- Multas y su procedimiento de aplicación
Artículo 28°: Multas y su procedimiento de aplicación.
Los Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente define los servicios licitados para tal efecto como importantes para el cumplimiento de los objetivos sanitarios de la Red de Salud Sur Oriente, y la prestación deficiente de los servicios afecta directamente al cumplimiento de dichas metas comprometidas en esta materia.
Por tanto, el adjudicatario podrá ser multado por el SSMSO con la aplicación de multas por concepto de compensación por la ocurrencia de todo evento o falla que provoque indisponibilidad total o parcial de los servicios licitados, y que no se encuentre regulado por la normativa vigente y/o sus reglamentos complementarios en la materia, así como aquellos que se encuentren fuera de los estándares y que dé lugar a una multa.
El sistema de multas tiene como como objetivo estimular la eficiencia del servicio prestado por el proveedor. El contrato no estará exento de responsabilidad aun cuando los incumplimientos sean consecuencia de contratos con terceros. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad que tiene el SSMSO, de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en estas bases.
Por último, al ser un servicio critico por el cual su paralización total o parcial, puede afectar la funcionalidad del SSMSO y pone en riesgo la continuidad de las prestaciones sanitarias, la empresa adjudicada, NO PODRÁ SUSPENDER el servicio por concepto de NO PAGO, por lo que, en caso de paralizar el servicio por dicho concepto, el proveedor se ve afecto al procedimiento de multas.
Las multas se clasificarán según gravedad de la falta o incumplimiento incurrido en:
Durante el transcurso y ejecución del presente contrato, el SSMSO multará al adjudicatario en los siguientes casos:
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Nº
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Detalle
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Medio de verificación
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Frecuencia de la sanción
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Clasificación de la multa
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M1
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El NO retiro o suspensión de los servicios de retiro de los residuos, fijado por el SSMSO. En el día y horario acordado según programación y bases técnicas.
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Mail v/s orden de trabajo o guía de retiro
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Por cada día transcurrido
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Muy Grave
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M2
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El no cumplimiento de la normativa vigente en materia sanitaria, medio ambiental, de trasporte y seguridad.
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Actas de inspección, pautas de cotejo, chek-list respaldadas por imágenes frente al hecho.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Grave
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M3
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Daños ocasionados al recinto en infraestructura y/o equipamiento. NO atribuibles a fuerza mayor o caso fortuito.
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Mail, registro fotográfico, cualquier medio probatorio.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M4
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No dar respuesta oportuna a la solicitud de información o reclamos del SSMSO, en un plazo de 5 días hábiles.
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Mail, registros de fiscalización y otros medios probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Grave
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M5
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Personal No utiliza elementos de protección personal al momento de manipular los residuos.
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Fiscalizaciones de la autoridad sanitaria competente.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Leve
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M6
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Divulgación de información por uno o más trabajadores de la empresa, sea esta en redes sociales, medios de comunicación o correo electrónico.
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Registro del evento mediante mail, fotografías u otro medio probatorio
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M7
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Vehículos de transporte con daños evidentes, en malas condiciones, que puedan generar situaciones donde se pongan en riesgo la salud de sus trabajadores, el transporte y el medio ambiente.
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En acta de fiscalización. Mail, registros fotográficos otros elementos probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M8
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Vehículos NO cuentan con kit de contención de derrame de residuos especiales y/o peligrosos.
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En acta de fiscalización.
Mail, registros fotográficos otros elementos
probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M9
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Incumplimiento total o parcial en la entrega de los insumos solicitados por parte del administrador del contrato. Según requerimiento del SSMSO.
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Mail, registros fotográficos otros elementos probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M10
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Tiempos de respuestas en la entrega de insumos, coordinados y solicitados por el administrador del contrato. Según requerimiento del SSMSO.
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Mail, registros fotográficos
otros elementos probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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M11
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Incumplimiento en los términos ofertados por el adjudicado
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Mail, registros fotográficos otros elementos
probatorios.
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Por cada vez que ocurra el evento.
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Muy Grave
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1.- Procedimientos para aplicar una Multa y/o Término Anticipado al Contrato.
El Referente Técnico, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases y futuro contrato, debe emitir dicho incumplimiento, generando para tal efecto un respectivo Informe Técnico, el cual se derivará al Administrador de Contrato del SSMSO, siendo este último, quien deberá notificar al proveedor. Esta notificación se realizará al encargado que designe el Oferente, en materia de Multas e Incumplimientos contractuales, a través del correo electrónico registrado para estos fines, en el Anexo N°1 (A-B-C), según sea el caso, de las presentes bases de licitación.
Se establecerá un plazo de 5 días hábiles desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, el Referente Técnico emitirá un Informe Final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa y/o término anticipado a aplicar en caso que a su juicio ameriten.
Posterior a ello, el Administrador de Contrato, derivará dicho Informe Final a la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta y/o término anticipado de contrato en cuestión. En caso de aplicar la multa y/o término anticipado de contrato, esta acción se formalizará por medio de Resolución Fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.
Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor podrá ejercer todos los recursos contemplados en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dentro de los plazos establecidos en dicho cuerpo legal, para efectos de apelar en contra de dicho acto administrativo.
Las multas aprobadas por el SSMSO, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.
Los montos asociados a los casos de multa señalados en el presente artículo, serán acumulados para ser cobrados, los cuales deberán ser pagados por el Proveedor según el siguiente orden:
- Primera instancia vía transferencia electrónica.
- 10 días hábiles de dicha notificación.
- Garantía de Fiel Cumplimiento (en el caso que aplique).
En caso de hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato, el Proveedor deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato en caso en que no se produzca la restitución de la garantía. En caso de existir saldos a favor del proveedor, después del cobro de la garantía, el SSMSO devolverá el remanente en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha en que el proveedor haya restituido la garantía, previa solicitud, mediante correo electrónico al Administrador del Contrato del SSMSO, quien efectuará las gestiones correspondientes para la devolución.
Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total, (Impuestos incluidos), del contrato a suscribir.
2.- Normas especiales
En todo caso el Proveedor será solidariamente responsable frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente destinatario de los servicios solicitados en esta licitación, cuando estas tengan su fundamento en la prestación deficiente de los servicios a licitar.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del SERVICIO de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.
10- Termino Anticipado del Contrato.
Artículo 29°: Termino Anticipado del Contrato. -
Mediante Resolución fundada, el SSMSO podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al SSMSO, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
c) La comprobación de falsedad, o falta o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados.
d) Si la calidad del servicio licitado no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas.
e) En caso que el Proveedor se vea incapacitado de poder desarrollar la actividad comercial debido a pérdidas o revocaciones de licencias, autorizaciones o permisos, según corresponda.
f) El incumplimiento grave de las obligaciones señaladas en el artículo 36° de las Bases Técnicas.
g) Si el Proveedor no iniciase sus labores en el plazo acordado; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 26°, o de la limitación establecida en el artículo 27°, de las Bases; aplicación de multas que excedan el monto señalado en el artículo 28° de las Bases.
h) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. (Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua en incumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales). Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº20.123.
i) En caso de que no se cumplan, tanto los procedimientos de subcontratación indicados en el artículo 27° de las Bases, o no informar al Referente Técnico de cambios en los subcontratos durante la ejecución del contrato a suscribir, cuando ello sea detectado, y el Proveedor no haya subsanado ello en un plazo de 10 días hábiles o exista reiteración mayor a 3 eventos relacionado con el incumplimiento al procedimiento de subcontratación regulado en las presentes bases.
j) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional o la fuerza mayor.
k) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones, conforme lo exigen los artículos 13° bis de la Ley N°19.886 y 130° de su Reglamento.
l) En el caso que el adjudicatario fuese Unión Temporal de proveedores (UTP) y esta concurra una disolución de la UTP durante la ejecución del contrato.
m) Inhabilidad sobreviviente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras j) y k), el SSMSO podrá cobrar y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al SSMSO en contra del contratante.
11. Solución de controversias.
Artículo 30°: Solución de Controversias. -
Durante la la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración de la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el Abogado del SSMSO o Informe Técnico, emitido por el Referente Técnico del SSMSO, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
12. Condiciones Económicas.
Artículo 31°: Oferta Económica. -
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor total neto (por kilo) para el servicio licitado. Este valor se expresará en moneda nacional (CLP), y deberá incluir todos los costos necesarios para la prestación del servicio, con excepción de los impuestos.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3 de estas Bases.
Ante discordancia entre el valor ingresado en el sistema de información de compras públicas y el valor indicado en el Anexo Nº3 u otro documento que el proveedor haya adjuntado, siempre prevalecerá el valor ingresado en el Anexo Nº3.
Sin perjuicio de lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes, o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes, siempre que no se modifique la oferta presentada.
Artículo 32°: Facturación y Condiciones de Pago. -
El proveedor facturará de forma mensual los servicios objeto de la licitación, los que se pagarán en un plazo que no podrá exceder de 30 días corridos a contar de la fecha en que la factura es aceptada, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Procedimiento:
- Previa aceptación de Orden de Compra (en el portal), emitida por el SSMSO.
- Recepción conforme por parte del Referente Técnico de los bienes y/o servicios.
- El Proveedor facturará por el monto correspondiente a los servicios ejecutados, haciendo referencia a la Orden de Compra, indicada en el artículo 20º de las Bases de Licitación.
- Enviar la factura en formato XML en un plazo no mayor a 72 horas, a la casilla ACEPTA: ssmsorecepcion@custodium.com o dipresrecepcion@custodium.com, con copia al Referente Técnico del SSMSO.
- Adjuntar a la factura: copia de orden de compra, y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (actualizado).
El contenido de la factura podrá ser objetado en el plazo de 8 días corridos de su recepción, de lo contrario se entenderá recibida conforme.
La facturación deberá ser a nombre de:
- Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K.
Para efectos de los pagos deberá encontrarse formalizada la contratación en los términos descritos en el artículo 20° de las presentes Bases y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y recepcionados los servicios objeto de la presente licitación, en caso contrario no se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.
Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que es imprescindible que junto a la factura señale además, los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra al cual se realizará el depósito.
El pago de los servicios será en pesos chilenos. Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.