I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
Artículo 1°
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, en adelante también el “SERVICIO o SSMSO” requiere efectuar la contratación de los “Servicios de Atención Clínica Intensiva Domiciliaria”, para paciente de iniciales L.P.R., usuario de la red de Salud del SSMSO conforme a las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en las presentes Bases.
El presente llamado y proceso de licitación se enmarca dentro de lo señalado por la Ley 19.886, su reglamento, y las instrucciones y condiciones de operación del sitio www.mercadopublico.cl .
Artículo 2°: Bases. -
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Técnicas
III.- Anexos:
Anexo Nº1-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”
Anexo Nº1-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”
Anexo N°1-C: “Identificación del Oferente bajo Unión Temporal de Proveedores”
Anexo Nº2-A: Declaración Jurada Simple.
Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de Oferta.
Anexo N°2-C: Declaración Jurada Programa de Integridad.
Anexo Nº3: Formato de “Oferta Económica”
Anexo Nº4: Recurso Humano a Ofertar.
Anexo Nº5: Declaración Jurada Equipos, Equipamiento, Insumos y Medicamentos a Entregar.
Anexo N°6-A: Experiencia.
Anexo 6-B: Certificación Experiencia Proveedor.
Artículo 3°: Normativa y Orden de Precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las Presentes Bases Administrativas.
b) Las Bases Técnicas.
c) Los Anexos.
d) Respuesta a las preguntas de los oferentes
e) La Oferta con todos sus documentos, anexos, y aclaraciones a las mismas que hayan sido solicitadas por el servicio. Primaran los documentos acompañados por el oferente por sobre el formulario del portal
f) La Orden de Compra.
g) El Contrato.
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
Servicio o SSMSO: El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto. (Metro línea 4, estación Hospital Dr. Sótero del Río), RUT 61.608.500-K.
CASR: Complejo Asistencial Sotero del Río ubicado en Av. Concha y Toro 3459, Puente Alto.
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el SERVICIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio http://www.mercadopublico.cl .
Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile-Proveedores), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Bases: Las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el SERVICIO, describen los servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.
Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Servicios: Los especificados en las Bases Técnicas.
Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) La Oferta Administrativa: constituida por los antecedentes del Oferente establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.
Forman parte de la respectiva propuesta los siguientes documentos:
1.- La oferta misma.
2.- La documentación detallada en el artículo 13º de las presentes Bases.
3.- Las garantías requeridas.
4.- Las presentes Bases.
5.- Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.
Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.
Contrato: Contrato de prestación de servicios prestaciones de Salud que celebra el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y el proponente cuya propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.
Ejecutor o Proveedor: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae las obligaciones derivadas de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el SERVICIO.
Referente Técnico: Funcionario del SERVICIO, encargados de coordinar el proceso de licitación, actuar como interlocutor de los licitantes y del Proveedor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y el contrato que regula la relación entre las partes.
Administrador de Contrato: Funcionario Profesional o especialista, designado por el SERVICIO, encargado de coordinar todos los asuntos administrativos relativos a la ejecución del servicio contratado.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el SERVICIO, en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los servicios contratados.
Acta de Inicio de Servicios: Documento emitido por el Referente Técnico, y firmado por éste y el Encargado Técnico, que da fe de la fecha de inicio a las prestaciones objeto de la presente licitación, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del respectivo contrato.
Establecimiento Derivador: al Hospital al cual pertenece el paciente beneficiario, el cual actúa también como contraparte técnica del contrato, en los casos que aplique.
Programa de Integridad y Ética Empresarial: Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir – y si resulta necesario, identificar y sancionar – las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Artículo 5°: Datos de la licitación.
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DATOS DE CONTACTO PARA ESTA LICITACION
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a) Rubro de la licitación
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Servicios de Atención Clínica Intensiva Domiciliaria.
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Tiempo máximo de duración del contrato
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24 meses.
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Modalidad de Pago del contrato
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Mensual, previa emisión de orden de compra, recepción conforme de los servicios y entrega de factura correspondiente.
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Tipo de Licitación
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Mayor o igual a 2.000 UTM y menor a 5.000 UTM (LQ)
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Artículo 6°: Plazos. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública sitio web http://www.mercadopublico.cl .
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Etapa
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Plazo
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Fecha de Publicación:
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Día 1
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Fecha inicio de preguntas:
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Día 1
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Fecha final de preguntas:
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Día 7
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Fecha de publicación de respuestas:
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Día 11
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Fecha de cierre de recepción de ofertas:
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Día 21 15:01 horas.
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Fecha de acto de apertura oferta Técnica y Económica
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Día 21 15:02 horas.
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Fecha de Adjudicación:
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Día 61, plazo máximo de adjudicación.
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Suscripción del Contrato
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15 días hábiles, a contar de la fecha de adjudicación.
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Para los efectos de esta licitación, todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, según lo preceptuado en el artículo N°46, inciso octavo, del Decreto N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración los plazos contemplados en el cuadro anterior no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115º, numeral 3, del Decreto N°661-2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
En el caso que la Entidad Licitante deba modificar alguno de los plazos definidos en el presente artículo, automáticamente, se ajustaran los siguientes plazos del cronograma, en la misma cantidad de días de forma proporcional.
Artículo 7°: Notificaciones, Domicilio y Jurisdicción. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que el SERVICIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Puente Alto y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 8°: Gastos
Todos los gastos y los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la licitación o del Contrato, corresponden a los OFERENTES o al ADJUDICATARIO, respectivamente, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del SERVICIO, cualquiera que sea su resultado.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación.
Artículo 9°: Llamado a licitación, entrega de Bases, aceptación de condiciones de la licitación. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ).
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información, desde el día de publicación del llamado a licitación, a contar de la total tramitación administrativa de la resolución que aprueba las presentes Bases de Licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases y con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la Ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo.
a) Por aplicación de lo establecido en el artículo 4°, inciso 1°, de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación, quienes, al momento de presentación de la propuesta hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores, o por delitos concursales establecidos en el código penal.
b) Que, infrinja las inhabilidades previstas en el artículo 35 quárter de la Ley N°19.886, agregado por la Ley N°21.634, circunstancia que, además, deberá ser acreditada tanto al momento de la presentación de las respectivas ofertas como al suscribir la correspondiente convención (aplica el criterio contenido en los dictámenes N° E145.242, de 2021 y E439.075, de 2024).
Además,
c) Quedan inhabilitados para contratar con el Estado, quienes han sido condenados por delitos económicos, de acuerdo a lo establecido en el artículo N°33° de la Ley N°21.595/2023, Ley de Delitos Económicos.
d) Si algunos de los miembros de este oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado de conformidad con la Ley Nº20.393, en los casos que aplique.
e) Si algunos de los miembros de este Oferente, o de los integrantes de la unión temporal de proveedores, según se trate, hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley Nº211 del año 1973.
Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48° del Reglamento de la Ley N°19.886, no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, evaluándose únicamente la oferta de la UTP de la que forme parte.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el cronograma de la licitación contenido en el artículo Nº6 de las presentes Bases.
No serán admitidas las consultas formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
El SSMSO realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
El SERVICIO podrá aclarar las Bases, las veces que sean necesarias, hasta el vencimiento del plazo para presentar ofertas, y subsanar o corregir errores ortográficos, numéricos, o de referencias detectadas, las que se considerarán parte integrante de las Bases, y será informado ello en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el SERVICIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.
Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial adicional contabilizado desde la fecha original de cierre de recepción de ofertas, para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior, sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ).
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas-
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Los proponentes podrán presentar más de una propuesta, la cual debe ser por todos los servicios licitados.
La entrega de las propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto en el cronograma de licitación contenido en el artículo Nº6 de las presentes Bases.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara, y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
El SSMSO tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. La detección de antecedentes falsos o erróneos, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta, invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información, portal https://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo 115°, numeral 3, del Decreto 661-2024. Para este último caso, si el ingreso de las ofertas por indisponibilidad del sistema, es en soporte papel, este debe ser en Sobre Cerrado identificando el Proceso al que postula adjuntando el respectivo certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, en Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente ubicada en Calle Concha y Toro Nº3459, Puente Alto. Si no, puede ingresar la oferta de forma electrónica, por indisponibilidad del Sistema debidamente acreditada, vía el formulario establecido en el Sistema de Información en el siguiente enlace https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta.
Los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada de requisitos para ofertar, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
El contenido de la propuesta será el siguiente:
a). - OFERTA ADMINISTRATIVA.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el proponente.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
Nº1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº1-A.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante legal del proponente.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
Nº4.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”.
a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores:
N°1.- Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo N°1-C.
Nº2.- Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº2-A, debidamente firmado por el representante de la Unión. Cada miembro de la UTP, debe encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en Estado HÁBIL. Además, debe adjuntar documento que da cuenta del acuerdo de participar como UTP, y demás documentación en los términos prescritos en el artículo 181° del DS N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Nº3.- Declaración Jurada de Independencia de Oferta, contenida en el Anexo N°2-B.
a.4) Programas de Integridad y Ética Empresarial (Compliance):
N°1.- Declaración Jurada de Programa de Integridad, contenido en el Anexo N°2-C.
Existe una serie de normativas en materias de compras públicas, referidas a quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro. Bajo dicho contexto y en cumplimiento del dictamen de la Contraloría General de la República Nº E 370752/2023, referido a disminuir los posibles riesgos de corrupción en materias de Compras Públicas, se solicita a los oferentes completar y adjuntar la declaración jurada contenida en Anexo N°2-C, que informa los programas de integridad con que cuenten y cómo ellos fueron informados a su personal (debe adjuntar documento que contenga el programa de integridad declarado). Este aspecto será evaluado en el respectivo criterio, en conformidad al art. 17° del DS 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
La documentación anterior deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras Públicas, en el apartado de ingreso de “Anexos Administrativos”.
b). - OFERTA TÉCNICA.
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado II de las presentes Bases, y conteniendo la siguiente información:
- ANEXO N°4 COMPONENTE RECURSOS HUMANOS (Requisito de Admisibilidad)
El equipo clínico que realizará las atenciones debe acreditar la siguiente información.
Médico:
- Certificado de Título de Médico otorgado por una Universidad del Estado de Chile, o Universidad reconocida por éste, o título de Universidad Extranjera que disponga de reconocimiento firmado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Certificación de especialidades o subespecialidad Pediátrica, otorgada por CONACEM, CONACEO O por Universidad del Estado o reconocida por éste.
- Documento que acredite registro en la Superintendencia de Salud como prestador individual de salud.
- Certificado que acredite formación en manejo de pacientes con requerimiento de ventilación mecánica otorgada por Universidad del Estado o reconocida por éste.
Profesionales de Salud No Médicos:
Enfermeras, kinesiólogos, fonoaudiólogo, terapeutas ocupacionales y otros profesionales:
- Certificado de Título de profesional, otorgados por una Universidad del Estado de Chile, o Universidad reconocidas por este o título de Universidades Extranjera que disponga de reconocimiento firmado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Documento que acredite registro en la Superintendencia de Salud como prestador individual de salud.
- Certificado que acredite formación en manejo de pacientes con requerimiento de ventilación mecánica otorgada por Universidad del Estado o reconocida por éste.
Técnicos paramédicos – Auxiliares de enfermería:
- Título de Técnico Paramédico – Auxiliar de Enfermería, obtenido en la forma siguiente:
1. Formación técnica nivel medio, con capacitación formal a egresados de 4º año enseñanza media.
2. Formación técnica nivel superior, 1600 horas de preparación (Instituto profesional; Centro de formación técnica autorizado por MINEDUC, o reconocido por el Ministerio de Salud).
- Documento que acredite registro en la Superintendencia de Salud.
El no cumplimiento de este requerimiento técnico dará la inadmisibilidad de la oferta. Además, debe completar el Anexo Nº4.
- ANEXO N°5 EQUIPOS, EQUIPAMIENTO, INSUMOS Y MEDICAMENTOS (Requisito de Admisibilidad)
Los oferentes deben firmar declaración jurada contenida en Anexo Nº5, en que se compromete a la provisión del requerimiento para la correcta prestación de los servicios a prestar. No completar correctamente o no adjuntar este Anexo será causal de inadmisibilidad de la oferta.
- ANEXO 6-A y ANEXO 6-B EXPERIENCIA CONTRACTUAL DEL OFERENTE (Requisito de Admisibilidad)
Se evaluará la experiencia contractual del oferente en los últimos 10 años por medio de certificados emitidos por clientes anteriores, con calificación positiva (nota igual o superior a 6) los que puede ser organismos públicos o empresas privadas y cuyos antecedentes deberán ser presentados en el formato correspondiente al Anexo N°6-A y 6-B.
- CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN
Para el caso de Política de Reajustabilidad de remuneraciones deberá acreditar mediante certificado que describa la política de Reajustabilidad emitido por el representante de la empresa. Para el caso de la Política de Capacitación Laboral, deberá incluir el plan de capacitación laboral o un certificado donde se detalle en qué consiste dicha política.
- CONVENIOS COLECTIVOS
El oferente presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
c). - OFERTA ECONÓMICA.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo a lo establecido en el apartado económico de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo Nº3.
4.- Apertura Electrónica.
Artículo 14°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista en el cronograma de plazos establecido en el artículo Nº6 de las presentes bases.
La comisión de apertura verificará la admisibilidad de acuerdo a lo siguiente:
- : En esta instancia se verificará que la oferta cumpla con la entrega en tiempo y forma de todos los Anexos solicitados en las presentes bases, firmados por la persona Natural y/o Representante legal:
- Anexo N°1 (A-B-C) “Identificación del Oferente”, según corresponda, como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl .
- Anexo Nº2-A: “Declaración Jurada Simple”. como archivo adjunto a través del portal www.mercadopublico.cl .
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- Anexo N°2-B: Declaración Jurada de Independencia de la Oferta.
- Encontrarse firmado el documento del Sistema de Información denominado “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar”.
- Encontrase inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”.
● Admisibilidad Técnica: implica verificar que el oferente haya adjuntado los Anexos técnicos solicitados en el punto b) del Art. 13, cumpliendo con todo lo señalado en los Anexos, y con todo lo indicado como “requisito de admisibilidad y/u obligatorio”, además de adjuntar la documentación solicitada en dicho punto.
● Admisibilidad Económica: Implica revisar que se encuentre ingresado el Anexo Económico N°3, que incluya todos los impuestos (si es que aplica) y que la moneda utilizada corresponda a la indicada en el portal mercado público.
Las propuestas que no cumplan estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Nº9 de la Ley Nº19.886.
Asimismo, se declarará inadmisible la propuesta que modifique Anexos y/o formatos.
5.- Validez de las Propuestas.
Artículo 15°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 90 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SERVICIO podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.
6.- Evaluación y calificación de las Ofertas.
Artículo 16°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por:
a) Dra. Maria Eugenia Wegner, Jefa de Dpto. de Ciclo Vital y Redes Transversales.
b) Dra. Elizabeth Cabello S, Jefe Unidad de Curso de Vida.
c) Paula Ramírez, Jefa Unidad Salud Mental Depto. de Ciclo Vital y Redes Transversales.
Los subrogantes serán:
a) Ps. Paula Cerda Espinoza, Profesional Dpto. de Ciclo Vital y Redes Transversales.
b) Klgo. Ricardo Elgueta Celis, Profesional Dpto. de Ciclo Vital y Redes Transversales.
c) Enf. Esteban Vergara Ponce, Profesional Dpto. de Ciclo Vital y Redes Transversales.
La evaluación se efectuará considerando su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Los proponentes deberán completar todos los anexos que sean solicitados para completar.
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.
La entrega de respuesta no podrá ser superior a 48 horas corridas (se considera dentro de este tiempo el plazo de 24 horas de notificación establecido en el artículo Nº9 del reglamento de la Ley de Compras Públicas), luego de hecha la solicitud al oferente a través del foro inverso. En caso de no recibir respuesta a estas solicitudes, la comisión de evaluación se reserva el derecho de evaluar dichas ofertas o declararlas inadmisibles.
Artículo 17°: Puntajes y Criterios de Evaluación. -
Solo podrán ser adjudicadas las propuestas evaluadas con un puntaje igual o superior a 60 puntos del puntaje final ponderado, dentro de una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el mínimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener. Para cada criterio a evaluar el puntaje se obtiene de la ponderación obtenida del criterio evaluado. En los casos que el resultado ponderado arroje decimales, estos se redondearán a 2 decimales.
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:
Tabla Nº1: Criterios de Evaluación
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Criterios de Evaluación
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Puntaje
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Ponderación
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1) Experiencia
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0 - 100
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50%
|
|
2) Precio
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0 - 100
|
35%
|
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3) Cumplimiento de Requisitos Formales
|
0 - 100
|
5%
|
|
4) Programas de Integridad y Ética Empresarial
|
0 - 100
|
5%
|
|
5) Condiciones De Empleo Y Remuneración
|
0 - 100
|
3%
|
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6) Convenios Colectivos
|
0 - 100
|
2%
|
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Promedio Aritmético Final Criterios de Evaluación (Puntaje Final)
|
0 - 100
|
100%
|
1.- EXPERIENCIA CONTRACTUAL DEL OFERENTE (50%)
Se solicitará por medio de certificados que deben ser presentados según se indica en Anexo Nº6-A y 6-B según la siguiente tabla, con calificación positiva (Nota igual o superior a 6), según lo dispuesto en el artículo Nº13, letra b):
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DETALLE EVALUACIÓN
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Puntaje
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Más de 3 Certificados
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100 puntos
|
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3 Certificados
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50 puntos
|
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Menos de 3 Certificados
|
0 puntos
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Para la asignación del puntaje, se aplicará la siguiente formula:
PEO = (PUNTAJE) * 0.5
Donde:
PEO = Puntaje Experiencia del Oferente
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
2.- PRECIO (35%)
La oferta económica consiste en la expresión monetaria que hace el oferente del precio total neto (exento de impuestos), en pesos, que conllevará la adquisición del servicio. La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la fórmula que se indica a continuación, según lo solicitado en el art. 13°, letra c):
Donde:
POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación. El mayor puntaje equivale a la calificación de 100 puntos. Los demás puntajes resultarán de la aplicación de la fórmula antes indicada y su calificación será proporcional en una escala descendente.
OEB = Oferta económica más baja. Se entenderá por aquella oferta de menor valor, sin impuestos.
OEE = Oferta económica en evaluación, sin impuestos.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido de la oferta en evaluación utilizando la tabla anterior.
3. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (10%)
Según lo establecido en el artículo 56, del D.S N°661/2024 del Ministerio de Hacienda. Errores u omisiones detectados durante la etapa de evaluación. Se asignará la siguiente calificación:
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DETALLE DE EVALUACIÓN
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Puntaje
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El Oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales.
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100 puntos
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Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el artículo 16° precedente, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.
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0 puntos
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PCRF = (PUNTAJE) * 0.1
Donde:
PCRF = Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
4. PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL (5%)
El cumplimiento de programas de integridad se evaluará de acuerdo, a lo establecido en el art. N°13, letra a.4). Se asignará la siguiente calificación:
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DETALLE DE EVALUACIÓN
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Puntaje
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Presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial, que sean conocidos por sus trabajadores, por medio de Declaración Jurada (Anexo 2-C) presentada.
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100 puntos
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No presenta Programas de Integridad y Ética Empresarial y/o no son conocidos por sus trabajadores, no acreditando por medio de Declaración Jurada (Anexo N°2-C).
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0 puntos
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PPI = (PUNTAJE) * 0.05
Donde:
PPI = Puntaje Cumplimiento Programas de Integridad y Ética Empresarial.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
5. CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN (3%)
Se evaluará de acuerdo a lo solicitado en el artículo 13°, letra b). Se asignará la siguiente calificación:
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Especificaciones
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Puntaje
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Presenta información de Política de Reajustabilidad y Política de Capacitación Laboral.
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100
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Presenta información de Política de Reajustabilidad o Política de capacitación Laboral.
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50
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No presenta información solicita respecto a condiciones de empleo y remuneraciones.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
PCER = (PUNTAJE) * 0.03
Donde:
PCER = Puntaje Cumplimiento de Empleo y Remuneración.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
6. OFERTA DE CONVENIOS COLECTIVOS (2%)
La evaluación se efectuará según la documentación que adjunte el oferente, referida a convenio colectivo suscritos, según aplicación de la siguiente tabla:
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CONVENIOS COLECTIVOS
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Puntaje
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El oferente presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
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100
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El oferente no presenta convenios colectivos suscrito con las organizaciones sindicales representativas de sus trabajadores o que le hagan aplicables a estos convenios colectivos acordados por otros empleadores u organizaciones gremiales de empleadores, suscritos de conformidad a las reglas del Título X del Libro IV del Código del Trabajo.
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0
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Para la asignación del puntaje se aplicará la siguiente fórmula:
POCC = (PUNTAJE) * 0.02
Donde:
POCC = Puntaje Oferta de Convenios Colectivos.
PUNTAJE = Corresponde al puntaje obtenido, utilizando la tabla anterior.
Desempate:
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje:
- Mayor Puntaje en “Experiencia”
- Mayor Puntaje en “Precio”
- Mayor Puntaje en “Requisitos Formales”
- Mayor Puntaje en “Programas de Integridad y Ética Empresarial”
- Mayor Puntaje en “Condiciones de Empleo y Remuneración”
- Mayor Puntaje en “Convenios Colectivos”
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopúblico.cl
Artículo 18°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
- Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
- La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
- La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
- La proposición de adjudicación o deserción, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
7.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 19°: Adjudicación. -
La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor, quien será, el que en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente.
Cuando se presente ofertas que tengan características de riesgosas o temerarias, en los términos descritos en el art. 61° del DS N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, y en caso de ser adjudicables, se solicitará al adjudicatario el aumento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en un 5% del valor neto resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio del oferente por el que le siga en su calificación económica.
El S.S.M.S.O resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo Nº6. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7° de las presentes Bases.
Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no cumplen un campo técnico indicado como “obligatorio”, o no alcanzan el puntaje mínimo para ser evaluada.
Según lo establecido en el artículo 17°, estimándose en este caso que las ofertas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión de los servicios requeridos, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO.
De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso de detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
Las consultas sobre adjudicación/deserción deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl/.
Cabe señalar que el SSMSO dispondrá de 10 días hábiles desde la publicación de la adjudicación/deserción en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.
Facultad de Re adjudicar
El Servicio podrá Re adjudicar la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original, a (el) los oferentes que siga (n) en orden de relación de acuerdo al puntaje obtenido, de acuerdo a los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firmase en el plazo establecido por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario desiste de su oferta. Esto debe efectuarse mediante notificación escrita.
c) Si el adjudicatario no cumple con los requisitos descritos en el artículo 10° de las presentes bases.
d) Si el adjudicatario no entrega la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato.
e) Si el adjudicatario no presenta los documentos de carácter obligatorios para contratar, solicitados en las presentes bases de licitación.
f) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado.
g) Si se constata que el adjudicatario presentó documentación falsa o adulterada.
En el caso que a un proponente se le hubiese adjudicado la presente propuesta pública, y posterior a dicha adjudicación se detectarse errores u omisiones en su oferta y/o en el acta de evaluación de ofertas, la Entidad Licitante, podrá Retrotraer el proceso en cuestión, mediante el respectivo aplicativo en el Sistema de Información, en concordancia a lo estipulado en el inciso quinto del artículo Nº58 del DS Nº661/2004 del Ministerio de Hacienda, previa Resolución Fundada.
En el caso que la Entidad Licitante aplique Readjudicación/Retrotraer el proceso licitatorio, automáticamente, se ajustaran los plazos del cronograma establecidos en el artículo N°6 de las presentes Bases.
Artículo 20°: Contrato. -
Los derechos y obligaciones entre el SSMSO y el oferente adjudicado se formalizarán mediante la suscripción del contrato respectivo, el cual tiene como objetivo estipular la individualización de los servicios objeto de esta licitación, plazos, monto y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso.
El contrato deberá suscribirse entre las partes en un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación por medio del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
La firma del Representante Legal deberá ser autorizada ante notario o contar con firma electrónica avanzada, en dicho caso, la firma debe ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma.
Previo a la firma del contrato el Proveedor adjudicatario deberá:
a) En los casos que aplique presentar las Personerías, y copia de la Cédula de Identidad de los representantes del adjudicatario, salvo que dicha información se encuentre en el registro de Chile Proveedores.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases.
c) Entregar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior o si no presenta los documentos solicitados como obligatorios para contratar, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el SERVICIO procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y/o esta haya sido solicitada, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva, en el plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Posterior a la suscripción del contrato, el SSMSO emitirá la respectiva orden de compra, por el monto total del contrato (Exento de Impuesto), la cual debe ser aceptada por el Proveedor adjudicado, en el plazo de 48 horas hábiles.
Artículo 21°: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. -
Para garantizar el óptimo cumplimiento de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá entregar, antes de la firma del contrato, una garantía, la cual podrá entregarse mediante uno o varios instrumentos de la misma naturaleza como Boleta de Garantía Bancaria o Certificado de Fianza a la vista, o documento electrónico de garantía, u otro documento de garantía que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, por un monto en pesos moneda de curso legal que en su conjunto, representen el equivalente al 5% del monto total neto del contrato, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, con una vigencia que exceda en sesenta días hábiles al plazo de duración del contrato.
La garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica. En caso en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica, y Servicios de Certificación de dicha firma, y remitirse a la dirección de correo electrónico del contacto de la licitación, indicado en la ficha electrónica de ésta. En caso de entrega de manera física, la garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente en horario hábil. La garantía podrá ser tomada por el propio oferente o por un tercero a favor del oferente (debe quedar consignado a través de documento público o privado en caso de garantías tomadas por un tercero a favor del oferente, en donde se explicite dicha acción).
La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, y consignar la siguiente frase: “en Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Servicios de Atención Clínica Intensiva Domiciliaria paciente LPR ID 1057500-XX-LQ25, y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores de los contratantes pagadera a su sola presentación, irrevocable y sin ningún condicionamiento.”
Para el caso de Vale Vista, la glosa debe quedar consignada al reverso de dicho documento.
La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica del SERVICIO emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
La garantía será devuelta al Proveedor 10 días después de su vencimiento, para lo cual debe solicitarla mediante correo electrónico al Referente Técnico y/o Administrador del Contrato del SSMSO, quien solicitará por interno la devolución al Departamento de Compras.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el SERVICIO queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle al SERVICIO.
Artículo 22°: Pagos. -
El contrato a que dará origen la presente licitación será un contrato de suministro entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir prestaciones continuas o periódicas de provisión al SSMSO de los servicios en el precio, tiempo, cantidad, calidad y lugar acordados según los requerimientos del SSMSO.
Dejase establecido que los requerimientos de suministro de los productos serán de flujo variable, no comprometiéndose el SSMSO a requerir y adquirir una determinada cantidad de los mismos de manera periódica durante la vigencia del contrato.
Los pagos serán mensuales, respecto a los servicios efectivamente prestados en el mes en cuestión, y estos no serán reajustables.
Las facturas emitidas por el proveedor mensualmente, deberán hacer referencia a la orden de compra emitida por el SSMSO, indicada en el art. 20° de las presentes Bases de licitación, rebajándose los pagos efectuados de dicha orden de compra.
Artículo 23°: Vigencia y Prórroga del Contrato e inicio de la Prestación de Servicios. -
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada en el Portal de Mercado Público. Sin embargo, por razones de buen servicio, las obligaciones del contrato podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, no obstante, su pago está condicionado a la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, ello, en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la República en su dictamen Nº14.362, de fecha 2 de abril de 2008; que permite esta modalidad.
Al momento de comenzar la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, deberá dejarse constancia de la fecha efectiva de inicio de estos, en la respectiva Acta de Inicio de Servicios, emitida y firmada por el Referente Técnico del SSMSO y el Encargado Técnico del adjudicatario, que da fe de la fecha efectiva de inicio de los servicios, fecha que NO puede ser anterior a la fecha de firma del contrato respectivo.
La vigencia del contrato se extenderá por el período de 24 meses, contada desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Prórroga del Contrato
Los organismos contratantes podrán prorrogar los contratos suscritos con el proveedor adjudicado solo por el tiempo en que se proceda a efectuar una nueva contratación con el fin de adquirir los servicios objeto del presente proceso licitatorio, ya sea que ésta sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de adquisición que resulte pertinente de acuerdo a la Ley N°19.886.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 04 meses contados desde el vencimiento original del periodo de suministro. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.
Asimismo, la prórroga antes señalada no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado y teniendo como límite general, el valor máximo estimado para la licitación que corresponde a una de tipo LQ; esto es, considerando el contrato original más la prórroga.
Artículo 24°: Ampliación de los Servicios Contratados. -
Durante el periodo de vigencia del contrato, el SERVICIO podrá ampliar el servicio contratado en un tope máximo de un 30% del monto total adjudicado, teniendo como límite general el tope máximo para una licitación de tipo LQ, siempre y cuando exista una aprobación administrativa y totalmente tramitada de dicha ampliación por la autoridad competente y exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos. El PROVEEDOR deberá considerar en su oferta dicha ampliación y/o reducción de contrato sin efectuar variación en los precios acordados en este instrumento. No habrá tope para disminuir el contrato.
Las razones por las cuales se podrá aplicar la ampliación o reducción de los servicios contratados se acotarán a las que se enumeran a continuación:
a) Provisión de Insumos y/o Medicamentos, no contemplados en la licitación principal, pero complementarios o necesarios para la correcta prestación del servicio principal.
b) Equipamiento Clínico, no contemplados en la licitación principal, pero complementarios o necesarios para la correcta prestación del servicio principal.
c) Atención Médica de Especialidad, pero complementarios o necesarios para la correcta prestación del servicio principal.
d) Carga terapéutica extraordinaria, pero complementarios o necesarios para la correcta prestación del servicio principal.
En todo caso, la ejecución del contrato y sus ampliaciones no podrán superar las 5.000 UTM. Para estos efectos, será el Administrador de Contrato que formalizará estos requerimientos con la emisión de las respectivas Órdenes de Compra y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de respaldo para ello.
Artículo 25°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna de Puente Alto de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Artículo 26°: Ejecución. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico o Jefe del Proyecto” con dedicación permanente que lo representará ante el SERVICIO para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Proveedor.
Artículo 27°: Cesión del Contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al SERVICIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 30º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 28°: Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO.
El proveedor adjudicado, se encuentra facultado para realizar subcontratación parcial del contrato. En caso que aplique, deberá ser parcial, no más del 30%, en los términos descritos en el artículo 128°, del D.S N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que el SSMSO lo requiera, el proponente deberá acreditar al momento de remitir las facturas por el Servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que exceda al menos en 5 días al momento de su presentación https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-100351.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº4, inciso segundo de la Ley 19.886
El incumplimiento del Ejecutor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al SERVICIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
9.- Multas y su procedimiento de aplicación.
Artículo 29°: Multas y su procedimiento de aplicación.
El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente define el Servicio Licitado para tal efecto como importante para el cumplimiento de los objetivos sanitarios de la Red Metropolitana Sur Oriente de Salud, y la entrega deficiente de estos afecta directamente al cumplimiento de las metas comprometidas en esta materia.
Para el Contrato de Servicios de Atención Clínica Intensiva Domiciliaria, el SSMSO multará al adjudicatario en los siguientes casos:
Falta gravísima, se multará con 40 UTM: Importa incumplimiento gravísimo del contrato celebrado, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar:
a) En caso de una fiscalización por parte del SSMSO, donde se verifique que tanto el equipamiento, Insumos, y/o recursos humanos se encuentran en desmedro en la calidad de atención del paciente del SSMSO atendido por el adjudicatario con objeto de la presente licitación;
b) Cobros realizados al usuario que es atendido por el adjudicatario con objeto de esta licitación, sin perjuicio que estos cobros sean devueltos a dicho usuario .
Falta grave, se multará con 20 UTM: Será aquella con la cual se ponga en riesgo o se afecte directamente a las personas, Establecimiento o limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida:
a) Incumplimiento de los servicios y/o requisitos señalados en las Bases Técnicas para realizar la atención comprometida. Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor debe realizar la prestación objeto de esta licitación.
b) Reclamos del usuario del SSMSO atendido por el Adjudicatario, y que estos hayan sido acogidos por el SSMSO, referido a calidad del servicio u otras atenciones otorgadas, tales como un trato digno y respetuosos al usuario respetando la confidencialidad, derecho a la información, atención profesional y adecuada.
c) Cobros indebidos de prestaciones al SSMSO, sin perjuicio que estos cobros sean devueltos.
Falta leve, se multará con 10 UTM: Importa incumplimiento del contrato que no origina riesgos al usuario:
a) Incumplimiento de las restantes obligaciones del adjudicatario de conformidad a las bases de Licitación;
b) No cumplimiento en la entrega de información, relativa al usuario atendido, y otras solicitadas en las Bases de Licitación;
1.- Procedimientos para aplicar una Multa y/o Término Anticipado al Contrato
El Referente Técnico, al detectar un incumplimiento en la prestación de los servicios, deberá comunicar dicho incumplimiento, generando para tal efecto un informe respectivo, el cual será notificado al Proveedor. Esta notificación se realizará al encargado del proyecto, a través del correo electrónico registrado en el Anexo N°1 (A-B-C) de las presentes bases.
Se establecerá un plazo de 5 días hábiles desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, el Referente Técnico, emitirá un informe final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa a aplicar en caso que a su juicio ameriten, la AUTORIDAD COMPETENTE del SSMSO, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta. En caso de aplicar la Multa, esta se formalizará, por medio de resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.
Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor podrá reponer por escrito de la aplicación de una multa dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes de ser informada de ella Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor podrá ejercer todos los recursos contemplados en la Ley Nº19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, dentro de los plazos establecidos en dicho cuerpo legal, para efectos de apelar en contra de dicho acto administrativo.
Las multas aprobadas por el SERVICIO, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.
Los montos asociados a los casos de multa señalados en el presente artículo serán acumulados para ser cobrados, descontando su valor del estado de pago en primera instancia, es decir, el Proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera.
En segunda instancia, en los casos en que no pueda ser descontado de la factura por estar ella pagada, los montos asociados al caso de multa señalado en las letras citadas, serán acumulados, y previa notificación al Proveedor, se acordará un medio y plazo de pago (de preferencia Vale Vista a nombre de Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K o Transferencia Electrónica), dentro de los 10 días hábiles de dicha notificación.
De no haber acuerdo, el monto a cobrar, será descontado de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, establecida en el Artículo 21° de las presentes bases. En caso de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, producto de la situación anteriormente descrita, el Proveedor deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato en caso en que no se produzca la restitución de la garantía.
Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total, (Exento de Impuestos), del contrato a suscribir.
2.- Normas especiales
En todo caso el Proveedor será solidariamente responsable frente a las eventuales demandas que se interpongan en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente destinatario de los servicios solicitados en esta licitación, cuando estas tengan su fundamento en la prestación deficiente de los servicios a licitar.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del SERVICIO de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos.
10.- Terminación Anticipada del Contrato.
Artículo 30°: Terminación Anticipada y/o Modificación del Contrato. -
Mediante Resolución fundada el SERVICIO podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad ejecutora. En tales eventos la entidad ejecutora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al SERVICIO, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
c) Si la calidad del servicio licitado no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas.
d) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, entre otras: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del contrato a suscribir; si el Proveedor no iniciase sus labores en el plazo acordado; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo Nº27, o de la limitación establecida en el artículo Nº28, de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan el monto señalado el artículo Nº29 de estas Bases.
e) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley Nº20.123.
f) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional o la fuerza mayor.
g) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.
h) En caso de superar el monto autorizado para la presente licitación, indicado en el art. 5° de las presentes bases.
i) En el caso que el adjudicatario fuese Unión Temporal de proveedores (UTP) y esta concurra una disolución de la UTP durante la ejecución del contrato.
j) Inhabilidad sobreviviente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos adjudicados.
k) La comprobación de falsedad, o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados.
l) En caso de muerte del paciente o cambio en la prescripción médica del tratamiento para el paciente.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras f), g) y h), el SERVICIO podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al SERVICIO en contra del contratante.
11. Solución de controversias.
Artículo 31°: Solución de Controversias. -
Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el abogado del SERVICIO o Informe Técnico emitido por la Contraparte del SERVICIO según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
12. Condiciones Económicas.
Artículo 32°: Condiciones Económicas
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto Unitario de:
- Día Unitario Cama Atención Clínica Intensiva Domiciliaria.
Para estos efectos, se establece un monto diario de $380.000.- Valor Neto, el cual será referencial.
El valor neto unitario por servicio solicitado incluye todos los costos en los que el proveedor debe incurrir hasta la entrega total del servicio licitado.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3 de estas Bases.
Ante discordancia entre el valor ingresado en el sistema de información de compras públicas y el valor indicado en el Anexo Nº3 u otro documento que el proveedor haya adjuntado, para la presente licitación, prevalecerá el valor ingresado en el Anexo N°3.
Sin perjuicio a lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes, o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes, siempre que no se modifique la oferta presentada, y en caso de mantener esta contradicción pese a la solicitud de aclaraciones, se declarará inadmisible la oferta presentada.
El contrato contendrá la declaración del adjudicatario de que se compromete a suministrar los servicios por la suma alzada de su propuesta y conforme a requerimientos descritos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
Artículo 33°: Condiciones de Pago. -
El proveedor adjudicado deberá facturar mensualmente los Servicios validados por el Referente Técnico del SSMSO, los cuales serán pagados en el plazo máximo de 30 días a contar de la fecha de recepción conforme, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Procedimiento de facturación:
- El proveedor enviará mensualmente, al Referente Técnico del SSMSO, información de los servicios prestados en el mes recién trascurrido, para validación.
- Una vez validados los servicios por el Referente técnico, el proveedor facturará por el monto correspondiente a dichos servicios, haciendo referencia en la factura a la OC emitida por el Depto. de compras, indicada en el art. 20° de las Bases.
- Las facturas deben ser enviadas por el proveedor, a los correos electrónicos: ssmsorecepcion@custodium.com y facturacion@ssmso.cl , con copia al referente técnico del SSMSO.
- Adicional a la factura y su copia cedible debe adjuntar, Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, solicitados en el art. 30 de las Bases.
- El proveedor debe adjuntar, documento con datos bancarios, para realizar transferencia al momento del pago de facturas.
El contenido de la factura podrá ser objetado en el plazo de 8 días corridos de su recepción, de lo contrario se entenderá recibida conforme.
La facturación deberá ser a nombre de:
- Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT 61.608.500-K.
Para efectos de los pagos deberá encontrarse firmado el contrato y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y recepcionados los servicios objeto de la presente licitación, en caso contrario no se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.
Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que es imprescindible que junto a la factura señale además los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra al cual se realizará el depósito.