Licitación ID: 748523-1-LE24
Servicios para la captura masiva de precios de CM
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, Depto. de Estudios e Inteligencia de Negocios
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Análisis de mercado 1 Unidad
Cod: 80141501
Servicios para la captura masiva de precios del mercado nacional de los productos que se encuentran en la Tienda de Convenios Marco.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios para la captura masiva de precios de CM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección de Compras y Contratación Pública en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente requiere la contratación de servicio de captura masiva de precios del mercado nacional de los productos disponibles en Convenios Marco, mediante web scraping.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
La negativa a la publicidad de las ofertas técnicas de la presente licitación pública se fundamenta en que se requiere que los potenciales oferentes desarrollen procedimientos de monitoreo que les permitan realizar de la forma más eficiente y eficaz
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
Depto. de Estudios e Inteligencia de Negocios
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-02-2024 17:00:00
Fecha de Publicación: 09-02-2024 12:48:58
Fecha inicio de preguntas: 09-02-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 15-02-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-02-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-02-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-02-2024 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 08-03-2024 17:31:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente
2.- Anexo N°2: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
3.- Anexo N°3: Declaración Jurada Simple para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).
4.- Anexo N°4: Declaración jurada de independencia de la oferta.
5.- Anexo N°5: Declaración Jurada para autorización de notificaciones.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°6: Oferta Técnica
 
2.- Anexo N°7: Programas de Integridad
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°8: Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes ver detalle en bases de licitación 70%
2 Programas de Integridad ver detalle en bases de licitación 2%
3 Precio ver detalle en bases de licitación 25%
4 Cumplimiento de los requisitos ver detalle en bases de licitación 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 28560000
Justificación del monto estimado presupuesto máximo disponible para esta contratación es de 28.560.000.- veintiocho millones quinientos sesenta mil pesos, incluidos todos los impuestos que procedan
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: La Dirección ChileCompra podrá renovar el contrato solo por el Hito número 2, por única vez y un periodo máximo de 12 meses, según las necesidades institucionales. ver bases de licitación
Observaciones En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Juan Carlos Piñones
e-mail de responsable de pago: juan.pinones@chilecompra.cl
Nombre de responsable de contrato: Javier Guajardo
e-mail de responsable de contrato: javier.guajardo@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904419-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
ver bases de licitación adjuntas
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública, RUT N° 60.808.000-7.
Fecha de vencimiento: 18-06-2025
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de este, de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta púbica para la contratación de servicios para la captura masiva de precios del mercado nacional de los productos que se encuentran en la Tienda de Convenios Marco y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Proveedores de Mercado Público, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases de Licitación
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BASES DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEL MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO.

1.       Características de la licitación

 

Nombre de la licitación

Contratación de Servicios para la captura masiva de precios del mercado nacional de los productos que se encuentran en la Tienda de Convenios Marco.

Descripción

La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de servicio de captura masiva de precios del mercado nacional de los productos disponibles en Convenios Marco, mediante web scraping.

Tipo de licitación

Licitación Pública por monto mayor o igual a 100 UTM e   inferior a 1000 UTM.

Tipo de convocatoria

Abierto.

Moneda

Pesos Chilenos (CLP).

Presupuesto disponible/estimado

$28.560.000 (veintiocho millones quinientos sesenta mil pesos).

Publicidad de las ofertas técnicas

No. La negativa a la publicidad de las ofertas técnicas de la presente licitación pública se fundamenta en que se requiere que los potenciales oferentes desarrollen procedimientos de monitoreo que les permitan realizar de la forma más eficiente y eficaz posible el servicio licitado por lo cual la publicidad de sus ofertas técnicas podría ser completamente perjudicial para estos fines e incluso podría configurar un desincentivo para los oferentes el hecho de que sus ideas puedan ser conocidas por sus competidores.

Etapas del proceso de apertura

Una etapa.

Toma de razón por Contraloría

No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.

2.       Antecedentes básicos del organismo demandante

Razón Social

Dirección de Compras y Contratación Pública.

Unidad de Compra

División de Estudios e Inteligencia de Negocios.

R.U.T.

60.808.000-7

Dirección

Monjitas 392, piso 8.

Comuna

Santiago.

Región en que se genera la adquisición

Región Metropolitana.

3.       Etapas y plazos

Fecha inicio de preguntas

A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal https://www.mercadopublico.cl

Fecha final de preguntas

4 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal https://www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.

Fecha de publicación de respuestas

Dentro de 7 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal https://www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.

En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 50 la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 2 días adicionales.

En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal https://www.mercadopublico.cl en el ID de la licitación, no requiriéndose un acto administrativo para tal efecto.

Fecha de cierre recepción de ofertas

10 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal https://www.mercadopublico.cl, a las 17:00 horas.

Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

Fecha de acto de apertura

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal https://www.mercadopublico.cl, a las 17:00 horas.

Fecha de

adjudicación

Dentro de 10 días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal https://www.mercadopublico.cl, a las 19:00 horas.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886.

Fecha de firma

de Contrato

Dentro de los 10 días posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Consideración

Los plazos de días establecidos en la presente cláusula N°3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.

En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos.

4.       Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases

4.1.      Foro de preguntas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula N°3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través de https://www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en https://www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula N°3.

Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación.

De conformidad a lo señalado en las “Políticas y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la Dirección ChileCompra se abstendrá de responder aquel comentario y lo ocultará de la vista pública.

4.2.      Modificaciones a las Bases

La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea de oficio o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los interesados, a través del foro de preguntas y respuestas, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web https://www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

5.       Requisitos mínimos para participar de la oferta

a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

c)     No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

d)     No haber sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley N°20.393. 

e)     No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos y, además, en caso de ser personas jurídicas, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. 

f)       No haber sido, durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).

g)     No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

h)     No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

i)       No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

j)       No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

k)     No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, el oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores, deberá efectuar dicha declaración de manera electrónica a través del formato de declaración denominado “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, el que se encuentra disponible en el módulo de presentación de las ofertas del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Respecto del requisito señalado en numeral 4 de esta cláusula, la Dirección ChileCompra adicionalmente verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica. En caso de que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), la Dirección ChileCompra verificará la información a través de dicho registro para cada uno de los integrantes de la UTP.

En lo que respecta al numeral 5, el oferente, ya sea que se trate de una persona natural, jurídica o de una Unión Temporal de Proveedores, deberá suscribir la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar la cual se encuentra disponible online. Esta declaración deberá ser firmada por el representante legal del oferente o por su apoderado con facultades suficientes para esta actuación, si correspondiere, o por sí mismo, en el caso que el oferente sea una persona natural. En el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración por parte del oferente, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente corresponda a una UTP, se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, y, por lo tanto, la DCCP podrá realizar dicha verificación para cada integrante de ésta.

En caso de que el oferente no dé cumplimiento a la exigencia señalada precedentemente, es decir, que no complete debidamente la declaración jurada online, se configurará un incumplimiento respecto de lo establecido en la presente cláusula, por lo que dicha oferta será declarada inadmisible, y no será parte del proceso de evaluación de ofertas, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 40 del reglamento de la Ley N°19.886, en caso de corresponder.

Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales."

6.       Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas

Presentar ofertas

por Sistema

Obligatorio:

Las propuestas deberán ser ingresadas al portal https://www.mercadopublico.cl, bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula N°3 de estas bases, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Anexos Administrativos

  • Declaración jurada online: Los oferentes deberán firmar la “Declaración de ausencia de conflicto de interés e inhabilidades por condenas”, la cual se genera en línea a través de https://www.mercadopublico.cl, en el paso 3 del módulo de presentación de las ofertas.
  • Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente.
  • Anexo N°3: Declaración Jurada Simple para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).
  • Anexo N°4: Declaración jurada de independencia de la oferta.
  • Anexo N°5: Declaración Jurada para autorización de notificaciones.

 

UTP:

Adicionalmente, en caso de que el oferente sea UTP debe incluir:

  • Anexo N°2: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado por el miembro de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información, quien además debe realizar la declaración contenida en la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.

Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado, el cual debe corresponder a un integrante de la misma, ya sea persona natural o jurídica. En el caso que el apoderado sea una persona jurídica, ésta deberá actuar a través de su representante legal para ejercer sus facultades.

Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del Sistema https://www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.

En caso de no presentarse debidamente la declaración jurada online constatando la ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas, o no presentarse el Anexo N°2, la oferta será declarada inadmisible.

Anexos Técnicos

Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente:

  • Anexo N°6: Oferta Técnica
  • Anexo N°7: Programas de Integridad

Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser ingresados a través del Sistema https://www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos Técnicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos.

Aquellas ofertas que no entreguen estos anexos técnicos, de acuerdo con lo señalado en estas bases, serán declaradas inadmisibles y no evaluadas, sin perjuicio de la aplicación del artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886, si correspondiere.

Anexos Económicos

  • Anexo N°8: Oferta Económica

El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema https://www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos Económicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”.

Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas.

Observaciones

Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información https://www.mercadopublico.cl. En los anexos que forman parte de la oferta se debe identificar correctamente al proveedor oferente, sea persona natural, persona jurídica o UTP, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en la cuenta de usuario del Sistema de Información, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos, por otro. En caso de existir discordancia insalvable de identidad, la respectiva oferta será declarada inadmisible, sin perjuicio de la aplicación del artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886, si correspondiere.

Los anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.

 

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal https://www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886.

 

Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal https://www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Para lo anterior, siempre se deberá verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de esta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.

 

En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, dentro del plazo establecido para la presentación de las propuestas, y descargar un nuevo “Comprobante de Envío de Oferta”.

Las ofertas presentadas por UTP y su evaluación deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la ley N°19.886 y a las recomendaciones de la Directiva N°22 de la Dirección ChileCompra, disponible en https://www.chilecompra.cl/directivas-de-compra/.

7.       Antecedentes legales para ser contratado

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Dirección ChileCompra. Adicionalmente, deberá presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:

 

Si el

adjudicatario es Persona Natural:

a)     Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural.

b)     Anexo N°3: Declaración jurada simple para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).

 Si el

adjudicatario no es Persona Natural:

a)     Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.

b)     Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

c)     Anexo N°3: Declaración jurada simple para contratar (Deudas vigentes con trabajadores).

SOLO PARA ADJUDICATARIOS UTP:

  • Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deben regirse por lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.887, tanto para su constitución, para la celebración del contrato y ejecución del mismo.
  • El apoderado de la UTP debe corresponder a un integrante de la misma, ya sea persona natural o jurídica. Aquel integrante que se designe como mandatario de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886. En el caso que el apoderado sea una persona jurídica, ésta deberá actuar a través de su representante legal para ejercer sus facultades.
  • Las UTP deberán entregar todos los documentos señalados en esta cláusula respecto de cada uno de sus integrantes.
  • La UTP que resulte adjudicada en contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, deberá, además, materializar por escritura pública el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, la que deberá presentarse al organismo público comprador al momento de contratar.
  • Al momento de la suscripción del contrato, la UTP deberá informar quién de sus integrantes será el emisor del documento tributario de cobro.

Asimismo, para contratar, el oferente adjudicado deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6, inciso final, de la Ley N° 21.640 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, que dispone lo siguiente:

“Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en la oportunidad correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.”

  • Observaciones

Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo o por sí, en el caso de que sean personas naturales.

Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar el Anexo N°3 por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico de la Administración dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue esta garantía de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su entrega y/o notificación debe efectuarse al correo garantias@chilecompra.cl, con copia al correo oficinadepartes@chilecompra.cl.

Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°3, Declaración jurada simple para contratar, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar los pagos que se generen durante la ejecución contractual. Asimismo, esta declaración deberá renovarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de esta.

 

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Proveedores de Mercado Público la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal https://www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.

  • Obligatoriedad de inscripción en el Registro Proveedores de Mercado Público

 

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Proveedores de Mercado Público, deberá inscribirse y encontrarse en estado “hábil” dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

 

Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Proveedores de Mercado Público en los mismos plazos señalados precedentemente.

8.       Garantías requeridas

 

8.1.      Garantía de fiel cumplimiento del contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ajustarse a lo regulado en el artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y a lo establecido a continuación:

Tipo de Documento

Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de este, de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.

Beneficiario

Dirección de Compras y Contratación Pública, RUT N° 60.808.000-7.

Fecha de Vencimiento

60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato suscrito con el adjudicatario.

Monto

5% del valor total del contrato.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta púbica para la contratación de servicios para la captura masiva de precios del mercado nacional de los productos que se encuentran en la Tienda de Convenios Marco y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.

En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.

Responsabilidad

Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°12.2 sobre “Vigencia del contrato y renovación”.

8.1.1.     Plazos y forma de entrega de la garantía

Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl, con copia al correo oficinadepartes@chilecompra.cl.

8.1.2.     Reposición, forma y oportunidad de restitución

En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6.3 “Término anticipado del contrato”.

Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.

En el caso que los adjudicatarios entreguen un vale vista como garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del DFL N°3 del año 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican, dichos documentos tendrán una validez de 5 años, a partir de lo cual se reafirma que la obligación de mantener vigente este tipo de garantía corresponde únicamente al adjudicatario.

Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.

8.2.      Garantías por anticipo

De conformidad con lo establecido en el artículo 73 del reglamento de la Ley N°19.886, las presentes bases de licitación permitirán que las partes acuerden en el respectivo contrato o cualquiera de sus modificaciones el pago de anticipos sujeto a la entrega por parte del adjudicatario de una garantía de anticipo por el 100% de los recursos anticipados, si así fuere necesario para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de ambos contratantes. En este caso, se permitirán los mismos instrumentos establecidos para la garantía de fiel cumplimiento, señalados en la cláusula N°8.2 de estas bases.

Si existiere más de un hito de pago, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito.

La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por parte de la DCCP de los servicios que el proveedor haya suministrado con cargo al respectivo anticipo.

9.       Descripción de los servicios a licitar:

9.1.- contexto de la contratación

El Estado requiere de insumos para su funcionamiento y para prestar servicios a la ciudadanía a lo largo de todo el país. Ministerios, hospitales, municipios y Fuerzas Armadas, entre otros 850 organismos públicos, necesitan desde alimentos perecibles y no perecibles, artículos de escritorio y computadores, hasta servicios de comunicación, tratamientos médicos y transporte, entre otros. Esto se refleja que, durante el 2022, en Mercado Público se transaron más de MM USD 15.000, asociadas a cerca de 1.810.000 órdenes de compra.

Para comprar y contratar lo que necesitan, las entidades públicas utilizan la plataforma transaccional que dispone Dirección ChileCompra, www.mercadopublico.cl, que reúne en un solo lugar la demanda de los compradores del Estado y la oferta de miles de proveedores.

Así, la Dirección ChileCompra es la institución encargada de administrar esta plataforma, funcionando con un marco regulatorio único, basado en la transparencia, la eficiencia, la universalidad, la accesibilidad y la no discriminación.

En ese contexto, los Convenios Marco son una modalidad de contratación llevada a cabo por la Dirección ChileCompra a través de un procedimiento de licitación pública, por el que se adjudica a uno o más proveedores, para procurar el abastecimiento o prestación directa de bienes y servicios comerciales altamente estandarizables, de consumo transversal y frecuente, a los organismos públicos afectos a la Ley No 19.886, a través de un catálogo electrónico. Los organismos públicos están obligados a comprar dichos bienes y servicios, relacionándose directamente con los proveedores adjudicados, salvo que obtengan directamente condiciones más ventajosas utilizando otra modalidad. Más información sobre los convenios marco aquí: https://www.Dirección ChileCompra.cl/convenio-marco/. Durante el año 2022 esta modalidad de compra transó USD 850 millones.

Por lo anterior, la DCCP debe monitorear y resguardar que el precio de los productos que se encuentran catalogados en la Tienda de Convenios Marco, tengan un precio igual o menor al de mercado a fin de ofrecer condiciones más ventajosas a las Entidades Públicas.

 

Para asegurar lo anterior, requiere contratar un servicio que realice, mediante WEB SCRAPING, la captura masiva de precios del mercado nacional de los productos que se encuentran en la Tienda de Convenios Marco, realizando la comparación a través de un panel de negocios, en donde se pueda realizar gestión sobre aquellos precios que están por sobre el mercado, realizando actualizaciones periódicas de los precios monitoreados.

En particular, la DCCP llevará a cabo las siguientes acciones específicas con la información de precios que entregue el proveedor adjudicado de la presente licitación:

a)     Gestiones comerciales con los proveedores adjudicados en los convenios marco para que mantengan alineados sus precios a los del mercado.

b)     Aprobar o rechazar la solicitud de proveedores para incorporar nuevos productos a la Tienda.

c)     Determinar los precios máximos aceptables cuando se licitan productos para incorporar a los Convenios Marco (o en otras modalidades de compras en las que la DCCP tenga participación).

d)     Determinar los ahorros generales que se generan por el uso de esta modalidad de compra.

e)     Realizar análisis de precios generales de las compras y otros análisis ad hoc con impacto en el mercado de las compras públicas.

En atención a lo anterior, es de especial relevancia que el proveedor tenga métodos de aseguramiento de la validez y confiabilidad de la información entregada, pues ésta tendrá un impacto directo en las acciones que tome la DCCP sobre una parte relevante del mercado de las compras públicas.

9.2.- REQUISITOS TÉCNICOS DE LA CONTRATACIÓN

La DCCP requiere contratar un servicio de captura masiva de precios de mercado (precios de mercado nacionales) de productos disponibles en Convenios Marco mediante WEB SCRAPING y la disponibilidad de estos a través de un panel de negocios en donde se pueda realizar la gestión de precios mediante comparaciones entre los precios disponible en Convenio Marco y el Mercado.

Los aspectos esenciales del servicio requerido son los siguientes:

  • Búsqueda y extracción de precios de mercado
  • Comparación con los precios de Convenio Marco
  • Herramienta que permita gestionar los precios de Convenio Marco a partir de los resultados de los puntos anteriormente mencionados.

A continuación, se detalla el contenido de los requisitos técnicos esenciales del servicio requerido:

9.2.1. Búsqueda y extracción de precios de mercado

9.2.1.1 Pareo de Productos

El método que se utilice para realizar la etapa de pareo queda a criterio del proveedor, pudiendo utilizar al efecto las herramientas que estime conveniente (Machine Learning, pareo manual, etc). Sin embargo, y en base a nuestra experiencia, el método manual es el que brinda mayor seguridad y efectividad a la hora de obtener resultados.

 

El proveedor adjudicado deberá realizar todo el esfuerzo para alcanzar el máximo match posible. Se espera que para los Convenios Marco de Alimentos, Aseo y Escritorio la tasa de éxito mínima en el pareo de productos sea de un 70%; para Ferretería y Servicios Complementarios, Insumos y Dispositivos Médicos y Adquisición de Laptop, Desktop y AiO el mínimo exigido es de un 50%. Para todos los casos que no sea posible encontrar un producto idéntico se requerirá un producto sustituto, que sirva como producto alternativo de comparación. En este sentido, los oferentes deberán presentar en su oferta un procedimiento que aborde esta problemática y como debiese ser un flujo adecuado para solucionarla y maximizar el pareo de productos.

Se entenderá por precio válido un precio de un producto idéntico al especificado por esta Dirección. Esto implica que debe ser idéntico en atributos, unidad de medida y moneda en la cual se transa, cuyo precio sea minorista, incluyendo Impuesto al Valor Agregado (IVA), accesible a todo grupo de consumidores y proveniente de una fuente de información abierta y/o auditable por parte de Dirección ChileCompra. Además, el precio no debe provenir de sitios web de proveedores que sólo vendan a la Dirección ChileCompra, es decir, deben ser sitios web de proveedores no exclusivos de los Convenios Marco. Al respecto un listado preliminar de proveedores de este tipo será entregado por Dirección ChileCompra al proveedor adjudicado.

Con más detalle:

  • Cada cotización debe realizarse en la misma moneda en la que se transa el producto en la Tienda de Convenios marco. En caso de que el producto cotizado difiera en moneda respecto del producto a cotizar, el adjudicatario deberá realizar la conversión de moneda pertinente e indicar el tipo de cambio utilizado, el cual debe corresponder al tipo de cambio informado por el Banco Central para la fecha de la captura de la información.

  • Se debe considerar la unidad de medida del producto a cotizar. En caso de que éstas difieran, el adjudicatario deberá realizar la conversión correspondiente, a fin de poder reflejar el precio del producto cotizado en las mismas unidades que presenta el producto en la Tienda de Convenios Marco.

  • El precio cotizado deberá ser precio de venta normal de los productos, y no considerar precios oferta o posibles descuentos por volumen.

  • El precio cotizado deberá extraerse de un proveedor que mantenga un e-commerce operativo, no se considerarán válidos precios extraídos de páginas web sin un sistema de venta online.

  • Los precios cotizados deben ser precios IVA incluido, a fin de que sean comparables con los precios de la tienda.

  • Los precios cotizados deben ser accesibles a todo público, es decir no deben considerarse precios especiales para un determinado grupo de consumidores. Ejemplo: Precios especiales para nuevos clientes, compras con un medio de pago específico o precios asociados a un club de descuento.

Sólo los precios que cumplan con todas las condiciones anteriores serán considerados como precios válidos.

9.2.1.2 Extracción y Disponibilidad de Precios

Se requiere que las capturas de precios puedan ser consultadas en cualquier momento por parte de la DCCP a través de uno de los siguientes servicios: API, Almacenamiento Cloud o FTP, todos los cuales bajos estándares mínimos de seguridad establecidos por esta Dirección. A su vez, estas capturas de precios deben estar disponibles a través de un panel de negocios, el cual será administrado por la DCCP, para la gestión de precios durante la operatoria de los Convenios Marcos, los cuales los precios deben ser actualizados semanalmente.

Respecto a la información necesaria a continuación se indican ejemplos de los campos mínimos requeridos:

  • ID Producto: Identificador único del producto que se cotiza, que sirve de llave para unir la información que entrega el proveedor con la información disponible en las bases de datos de Dirección ChileCompra. Este id es entregado por la DCCP.
  • Moneda Producto en CM: Indica la moneda en que está el producto en convenio marco (CLP o USD).
  • ID Tienda: Indica una codificación única para cada comercio/distribuidor desde el cuál se ha obtenido la información. La DCCP ya cuenta con un listado inicial de e-commerces que serán entregados al proveedor adjudicado.
  • Fuente: Indica a el nombre del comercio/distribuidor desde el cuál se ha obtenido la información. La DCCP ya cuenta con un listado inicial de e-commerces que serán entregados al proveedor adjudicado.
  • Link/Url: se trata del vínculo exacto que permite llegar al producto cotizado
  • Hora y fecha de captura: fecha y hora en que se obtuvo la información desde el link.
  • Precio Original: corresponde al precio capturado del ID Producto en la fecha y hora indicada. 
  • Moneda Producto Capturado: Indica la moneda en que está el producto en el e-commerce.
  • Tipo de Cambio: Tipo de cambio informado por el banco central para el mismo día en que se captura el precio del producto.
  • Precio Homologado: corresponde al precio original convertido al tipo de cambio capturado desde el Banco Central.
  • Imagen: debe presentar un link que permita descargar la imagen del producto cotizado. Esto especialmente relevante para asegurar la calidad de los datos entregados. (Solo se requerirá almacenar los respaldos fotográficos de los últimos 3 meses).
  • Cantidad de oferentes: La DCCP definirá un máximo de 20 oferentes distintos para realizar la captura de precios.  

Es relevante que el proveedor cuente además con una metodología y/o procedimiento definido para detectar inconsistencias, datos erróneos o problemas derivados de la extracción de precios que aseguren la validez de la información extraída semanalmente, y mitiguen el riesgo de realizar comparaciones inválidas de precios, ya que estos procedimientos serán evaluados dentro del criterio de evaluación denominado “calidad de datos”.

9.2.1.3 Frecuencia de entrega

Las actualización y disponibilidad de precios capturados debe ser realizada de manera semanal. Cualquier tipo de problema asociado a la extracción de precios y su posterior actualización de información debe ser corregida durante la misma semana en que se realizada dicho proceso ya que esta Dirección realiza cálculos de ahorro en dicho periodo y por ende cualquier producto sin información disponible genera un impacto en nuestras mediciones. Es por esto por lo que se solicita contar con una serie de alarmas que puedan detectar lo antes posible cualquier situación anómala y que repercuta en falta de precios capturados o también precios capturados erróneamente. Estos mecanismos y procedimientos serán evaluados en la oferta técnica de la presente licitación.

9.2.1.4 Productos Por Cotizar:

Este servicio contempla un total de 9.000 precios de "productos e-commerce" capturados por parte del proveedor adjudicado. Los productos corresponden a los siguientes convenios marco, y aquellos que los reemplacen:

  • Artículos de Aseo e Higiene, ID 2239-9-LR22.
  • Alimentos, ID 2239-7-LR17.
  • Ferretería y Servicios Complementarios, ID 2239-2-LR18.
  • Artículos de Escritorio y Papelería, ID 2239-2-LR23.
  • Insumos y Dispositivos Médicos, ID 2239-13-LR21.
  • Adquisición de Laptop, Desktop y AiO, ID 2239-17-LR22
  • Adquisición de Vehículos y maquinarias, ID 2239-8-LR23.
  • Emergencias y prevención, ID 2239-9-LR21 (Solo respecto de las categorías factibles de cotizar como “Agua Envasada”).

Para efectos de indicar a los oferentes una referencia de la cantidad de precios a capturar por Convenio Marco, se elabora la siguiente tabla:

Convenio

Total estimado de precios capturados

Alimentos, ID 2239-7-LR17

3.300

Ferretería y Servicios Complementarios, ID 2239-2-LR18

1.700

Artículos de Aseo e Higiene, ID 2239-9-LR22

1.250

Insumos y Dispositivos Médicos, ID 2239-13-LR21

1.060

Artículos de Escritorio y Papelería, ID 2239-2-LR23

1.060

Adquisición de Vehículos y maquinarias, ID 2239-8-LR23

400

Adquisición de Laptop, Desktop y AiO, ID 2239-17-LR22

130

Emergencias y prevención, ID 2239-9-LR21

100

9.000

Cabe señalar que la estimación anteriormente expuesta se ha basado en el nivel de transacciones de cada producto, siendo los productos con mayor volumen de venta aquellos en los que deberá concentrarse el esfuerzo de monitoreo.

Actualmente todos los Convenios Marco indicados se encuentran operativos en nuestro catálogo de tienda electrónica de Magento Commerce, pero cada uno tiene renovaciones ya agendadas por lo que se requerirá que el oferente adjudicado proceda a reemplazar o ajustar las capturas de precio según corresponda y en los plazos estipulados en la sección “Validación de precios y solicitud de nuevos productos y reportes”.

Las actualizaciones anteriormente aludidas están planificadas de la siguiente manera:            

Convenio Marco

Mes y Año de Renovación

Adquisición de Laptop, Desktop y AiO, ID 2239-17-LR22

abr-24

Ferretería y Servicios Complementarios, ID 2239-2-LR18

abr-24

Insumos y Dispositivos Médicos, ID 2239-13-LR21

may-24

Alimentos, ID 2239-7-LR17

jun-24

Artículos de Aseo e Higiene, ID 2239-9-LR22

nov-24

Artículos de Escritorio y Papelería, ID 2239-2-LR23

Sin renovación en el periodo

Adquisición de Vehículos y maquinarias, ID 2239-8-LR23

Sin renovación en el periodo

Emergencias y prevención, ID 2239-9-LR21

Sin renovación en el periodo

Además, cabe señalar que en los Convenios Marcos existe la posibilidad de incorporar nuevas fichas de productos de acuerdo con las necesidades que surjan en el tiempo, por lo que el oferente que resulte adjudicado deberá agregar continuamente nuevas capturas de productos de acuerdo con la evolución de nuestro catálogo, siempre y cuando no se sobrepase el total de capturas solicitadas en las presentes Bases. Por lo cual los oferentes deberán presentar en sus ofertas un procedimiento que aborde esta problemática y como debiese ser un flujo adecuado para esta actualización continua.

En resumen, para la etapa de pareo se requerirán inicialmente entre 1.500 - 2.000 productos con 2 o 3 capturas de precio cada uno. El remanente de capturas de precio se irá utilizando durante el periodo de vigencia del contrato en base a solicitudes de esta Dirección, ejemplo: ingreso de nuevos productos al top de ventas o renovación de convenios

9.2.2.- Comparación de precios con los disponibles en la tienda electrónica de Convenio Marco

Se requiere que el proveedor utilice la información de precios de nuestra tienda electrónica, para los productos que está siendo monitoreados y realice una comparación con los precios extraídos semanalmente. La Dirección Chilecompra disponibilizará toda la información necesaria para que el proveedor pueda realizar dicha comparación de la manera más oportuna y eficiente posible, ya sea extrayendo de forma directa los precios vía WEB SCRAPING en la tienda de Convenio Marco o disponibilizando los precios a través de un repositorio. El objetivo principal es poder determinar de manera automatizada aquellos proveedores de Convenio Marco que tienen precios de sus productos por sobre el de mercado. La particularidad en el caso de Convenio Marco es que para un producto pueden existir tantos precios como proveedores fueron adjudicados. La comparación debe realizarse con todos los proveedores que ofrecen el producto.

Adicionalmente a lo mencionado en el punto 9.2.1.2 se requiere calcular lo siguiente:

  • Precio promedio del producto en los retails definidos y en la semana en curso
  • Precio promedio del producto en los retails definidos y el mes en curso
  • Cantidad de proveedores cuyo precio publicado en la tienda de Convenio Marco es mayor que el precio de mercado capturado en la semana en curso.
  • Otro adhoc, como, por ejemplo: precio mínimo de la semana o del mes.

9.2.3.  Herramienta de gestión de precios

Como tercer elemento del servicio requerido está la disponibilidad de una herramienta en la nube que permita a la Dirección Chilecompra gestionar los precios de su tienda electrónica. Con gestionar nos referimos principalmente a determinar cuando los precios de nuestra tienda estén por sobre los de mercado y notificar a nuestros proveedores respecto a esto, de tal manera que puedan ajustarse a lo exigido. Es por esto que esta herramienta debe contener:

Accesos de la herramienta: La herramienta debe permitir el acceso a través de perfilamiento de usuarios exclusivos para esta Dirección, con un máximo de 20 cuentas con nombre de usuario y contraseña que debe generar el proveedor.

Productos Convenio Marco: Corresponde a os productos extraídos a través de la tienda electrónica de Convenio Marco singularizados en el punto 9.2.1.4

Precio Convenio Marco: Corresponde a los precios extraídos a través de la tienda electrónica de Convenio Marco singularizados en el punto 9.2.1.4

  • Imagen del producto: La plataforma debe contener una vista en miniatura del producto que se comparan precios.
  • Precio de los oferentes: Corresponde a los precios de los distintos oferentes con los cuales se realizarán los precios de la tienda de Convenio Marco. La herramienta debe permitir realizar las comparaciones con los precios todo medio de pago de los oferentes, excluyendo los precios exclusivos con tarjetas de casas comerciales.          
  • Cálculo de variación: Calculo que debe realizar el aplicativo mostrando la variación porcentual que tendrá el precio de Convenio Marco en relación con el precio de mercado. Histórico de Precios: La herramienta debe contar con un histórico de precios que debe poder visualizar a los usuarios finales de negocios, a partir de que se comiencen a capturar los precios del mercado.

  • Filtros de búsqueda: La plataforma debe contener filtros de búsqueda que permita una mejor experiencia en la gestión comercial de los productos
  • Notificaciones: La herramienta debe permitir detectar los precios promedios del mercado por cada oferta de los productos de Convenio Marco y así notificar a los proveedores que estén por el precio promedio, para que de esta forma ajusten el precio a la baja. Este sistema de notificación se debe generar por la combinación producto – oferta        
  • Interfaz: La herramienta debe contener una interfaz que sea gestionada por usuarios finales de negocios, lo suficientemente intuitiva para realizar gestión de forma ágil con parámetros descritos en la presente licitación.

9.2.4 Etapas de Implementación

La presente licitación considera la ejecución del servicio en dos etapas:

Etapas

Solución de Monitoreo de precios

Hito 1

  • Desarrollo de panel de negocios para el monitoreo de precios

Hito 2

  • Disponibilidad, de panel de negocios para gestionar comercialmente los precios durante la operatoria de los Convenios Marco comparados con los precios de Mercado, mediante la metodología de WEB SCRAPING

 

9.2.4.1 Hito 1

El primer hito consiste en el trabajo de puesta en marcha de cada uno de los convenios detallados en el punto 9.2.1.4 junto con el desarrollo de las funcionalidades requeridas en el punto 9.2.3

La Dirección Chilecompra entregará un listado inicial con todos los productos que serán parte del monitoreo, junto con un listado de los principales e-commerce donde capturar precios. Al finalizar este hito los 8 convenios marco indicados deben estar con todos sus productos listos para entrar a la etapa de extracción periódica de precios.

Por otra parte, el flujo actual de trabajo relacionado a la gestión de precios de la Dirección Chilecompra requiere de una serie de funcionalidades específicas (revisar punto 9.3.2) que deberán desarrollarse en el caso de que el proveedor no cuente con ellas. Este proceso de desarrollo está contenido en el hito 1.

El proveedor tendrá como máximo 2 meses desde que reciban el listado inicial de productos por parte de la DCCP para realizar el pareo y cualquier desarrollo que se requiera para la correcta entrega de información, todo lo cual debe ser realizado siguiendo los lineamientos previamente expuestos. Cabe destacar que, dado el plazo requerido para comenzar a operar, se entiende que los oferentes ya tienen desarrollados prototipos que extraigan precios en páginas web o al menos en versiones preliminares que les permitan enfocarse en el pareo de productos y no en la automatización del proceso de extracción. Se considerará este mismo periodo (2 meses) para los casos de renovaciones de convenios. Cualquier atraso en la entrega de información semanal o en la entrega de información para renovaciones de convenios estará afecta a multas según lo estipulado en el punto 12.6.1, Multas por atraso injustificado de la entrega de los servicios.

9.2.4.2 Hito 2

El objetivo de este hito una vez desarrollado el hito número 1, es gestionar, mediante un panel de negocios para usuarios finales, los precios de las tiendas de Convenio Marco en relación con el mismo producto o similar que se encuentre en el mercado, según los proveedores que definirá esta institución en coordinación con el proveedor adjudicado. Así, los usuarios de esta herramienta podrán gestionar los precios de las ofertas de los proveedores adjudicados en Convenio Marco para que puedan ajustar los precios a la baja cuando existan variaciones de precios sobre el mercado.

El proveedor debe asegurar a lo menos un match de productos de a lo menos un 70% para los Convenios Marco de Alimentos, Aseo y Escritorio. Para Ferretería y Servicios Complementarios, Insumos y Dispositivos Médicos y Adquisición de Laptop, Desktop y AiO el mínimo exigido es de un 50%. Para los casos que no se pueda encontrar un producto idéntico, se requerirá un sustituto, que sirva como producto alternativo de comparación. En este sentido, los oferentes deberán presentar en su oferta un procedimiento que aborde esta problemática y como debiese ser un flujo adecuado para solucionarla y maximizar el pareo de productos.         Una vez que el oferente realice esta propuesta, será esta Dirección quien acepte o rechace el producto sustituto. En caso de ser rechazado, el proveedor deberá proponer un nuevo producto sustito.

En caso de existencia de errores de precios mal cotizados, falta de capturas de precios, productos sin match o cualquier otra situación que afecte la administración de la gestión de los precios, el proveedor deberá responder con un SLA máximo de 2 días hábiles, desde el levantamiento del error hasta la solución disponible en ambiente de producción.    

En cuanto a la incorporación de productos nuevos, la Dirección ChileCompra designará a un profesional quien será la contraparte técnica del servicio, cuando corresponda o estime conveniente, la realización de nuevas capturas de precios hasta completar la diferencia total producida entre los precios obtenidos válidamente y los contratados por dicha institución, en caso de que tal diferencia exista. Un ejemplo puede ser el ingreso de un nuevo convenio durante el periodo de contrato o también si el total de capturas de precios entregadas en su oferta es menor al total de productos del catálogo, ante lo cual el proveedor debe continuar con las capturas hasta completar la totalidad de productos.

El profesional de Dirección ChileCompra estará a cargo de supervisar el correcto desarrollo del contrato, atendiendo a todas las dudas que puedan surgir durante cada ciclo de cotizaciones, finalizando con la validación del producto entregado mes a mes.

El proveedor tendrá como máximo 10 meses para ejecutar este hito.

10.    Consideraciones generales para la presentación de ofertas

10.1.   Reglas de la postulación

  1. Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo aquella como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°6 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.

  1. Se entenderá como “un participante” a aquella persona natural, jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP) que presente una oferta en los términos señalados en el numeral anterior. En el caso de las UTP, se deja establecido que, si los mismos integrantes de una UTP se asocian dos o más veces mediante la misma figura para presentar ofertas distintas, aun cuando designen a distintos apoderados, se entenderá que se trata de un solo participante, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N°19.886, y en ese caso, se considerará solamente la primera oferta que se haya ingresado al sistema.

  1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°6 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes Bases de Licitación, considerándose inadmisibles todas aquellas ofertas que no cumplan con lo requerido en ella.

  1.  Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo 62 del reglamento de la Ley de Compras.

  1. Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa, en los casos en que así sea requerido. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de aplicar el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886, si correspondiere, y de verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

  1. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.

  1. La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes antecedentes omitidos y que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886. 

  1. Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la DCCP, y el proveedor de los bienes y/o servicios a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", “Consultores”, “Contratistas” o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación.

10.2.   Presentación de ofertas

En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:

  1. Tener presente que, para presentar ofertas, el proponente debe estar inscrito en Mercado Público, pero no es obligatorio estar registrado y acreditado como proveedor hábil en el Registro de Proveedores de la Administración del Estado. Esta última exigencia solo procede para quien resulte adjudicado.

  1. Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente, esto es, antes del cierre de recepción de ofertas.

  1. Tener en consideración que las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos mínimos serán declaradas inadmisibles.

  1. Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

  1. Ingresar su oferta económica en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos.

11.    Evaluación y adjudicación de las ofertas

11.1.   Comisión evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrados a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la DCCP, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.

La designación de la comisión evaluadora se publicará en https://www.mercadopublico.cl.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
  • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
  • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Se deja constancia que los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán registrarse como sujetos pasivos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

De acuerdo con el artículo 37 del reglamento de la ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes. Por ello, una vez designados, deberán suscribir declaraciones juradas en las que expresen no tener conflicto de interés alguno en relación con los actuales o potenciales oferentes en el presente proceso licitatorio.

En el evento que un conflicto de interés sólo se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, y no al momento de la designación de la comisión, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6°bis del reglamento de la ley N°19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable no solo a funcionarios de plata o a contrata, sino también a los contratados a honorarios que excepcionalmente participaren en el proceso, en este caso, como miembros de la Comisión Evaluadora.

Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación, y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto al contenido de las bases, las ofertas y antecedentes, y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación.

11.2.   Procedimiento de evaluación de las ofertas

En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente:

  • Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.

  • Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.

Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:

  • Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.

  • Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.

  • Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

  • Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.

  • Proponer la adjudicación.

Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, y de acuerdo a lo descrito en la cláusula N°11.4 de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.

Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

11.3.   Criterios de evaluación

Todas las ofertas deberán cumplir con los requisitos técnicos que se indican en la cláusula N°9.2 de las presentes bases de licitación. De no cumplirse con dichos requisitos técnicos, la respectiva oferta será declarada inadmisible.

Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y cumplen con los requisitos técnicos mínimos de la cláusula N°9.1, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

TIPO

CRITERIO

SUBCRITERIO

% SUBCRITERIO

% TOTAL

Técnico

Experiencia

Herramienta en la nube de comparación de precios

60%

70%

Experiencia del oferente en el servicio de levantamiento o extracción de precios

20%

Calidad de Datos según Oferta Técnica

20%

Programas de Integridad

2%

Económico

Precio total

25%

Administrativo

Cumplimiento de requisitos formales

3%

TOTAL

100%

El puntaje total de la propuesta se obtendrá al sumar el puntaje ponderado de cada criterio.

11.3.1. Criterio económico: Precio total

El puntaje de la oferta económica se calculará de acuerdo con lo ofertado en el Anexo N°8 por cada proveedor de acuerdo con la siguiente fórmula:

Donde:

Puntaje oferta económica i    : Puntaje asociado a la oferta económica “i”.

Ci = Precio total de la Oferta económica del oferente i expresada en millones de pesos. Se considerará hasta dos decimales.

En relación con los puntajes del criterio precio obtenidos por cada proveedor se considerará lo siguiente:

  1. Si el puntaje del criterio precio excede los 100 puntos se asignará automáticamente 100 puntos.
  2. Si la oferta económica del oferente excede los $28.560.000, correspondiente al presupuesto disponible para este servicio, la oferta será descartada en su totalidad.

11.3.2. Criterio técnico: Experiencia

Para la evaluación de este criterio se considerará lo declarado por el oferente en el Anexo N°6, según la siguiente tabla de puntajes:

1)     Subcriterio 1: Herramienta en la nube de comparación de precios

El proveedor debe proponer poner a disposición de Dirección ChileCompra una herramienta de análisis que permita realizar comparaciones entre los precios de la tienda e-commerce de convenio marco y los capturados por el proveedor. La prioridad para la DCCP es detectar aquellos productos cuyo precio interno sea mayor al de mercado, para tomar las acciones permitentes. El oferente deberá incluir el link y credenciales (si corresponde) para acceder a dicha herramienta al final del Anexo N°6.

La herramienta de comparación de precios se evaluará de la siguiente forma:

Plataforma de comparación de precios

Puntaje

El oferente incluye link de acceso valido a la plataforma

100 puntos

El oferente no incluye link de acceso a la plataforma o dicho link no es válido.

0       puntos

Si la aplicación o herramienta ofertada no contiene las funcionalidades mínimas declaradas en el punto 9.2.3, el proveedor deberá incorporarlas antes del cierre del hito 1.

2)     Subcriterio 2: Experiencia del oferente en el servicio de levantamiento o extracción de precios

El puntaje de este subcriterio se otorga en función de las certificaciones profesionales en el servicio de levantamiento o extracción de precios, según perfil, considerando el número de proyectos o estudios de levantamiento de información de precios web en los últimos 5 años y bajo diversas modalidades (web scraping, búsqueda manual, etc.). Cabe destacar que al menos uno de los proyectos debe ser de extracción de precios utilizando web scraping. De no ser así se descartará la oferta correspondiente en su totalidad debido a las características mínimas requeridas para este servicio. Se busca que el oferente se haya enfrentado al problema de recolectar precios de productos, y los desafíos que presenta recolectar información válida y confiable.

Los puntajes se calcularán de acuerdo con la cantidad total de proyectos en los que haya participado el proveedor, y se asignarán según la siguiente tabla de asignación de puntajes:

Experiencia del oferente en levantamiento o extracción de datos de precios

Puntaje

Más de 6 proyectos que cumplan con las características descritas en el enunciado.

100 puntos

Entre 4 y 6 proyectos que cumplan con las características descritas en el enunciado.

80 puntos

1 hasta 3 proyectos que cumplan con las características descritas en el enunciado.

50 puntos

No informa o no tiene experiencia

0 puntos

La información respecto a la experiencia, el oferente debe presentar documentación anexa o referencias para evidenciar los proyectos con el Anexo N°6 para lograr la convicción de la Comisión Evaluadora. En caso de que existan inconsistencias, no se acredite o evidencia la experiencia a través de documentos anexos o referencias no será considerada.

3)     Subcriterio 3: Calidad de Datos según Oferta Técnica

El diseño debe ser estructurado de tal manera que permita alcanzar los objetivos propuestos por la DCCP, con relación a obtener capturas masivas de precios que sean válidas y confiables, definiendo una estrategia, mecanismo o procedimiento general que permita asegurar la provisión permanente y masiva de precios de productos, así como la actualización permanente de los productos a cotizar. Para lo cual el oferente debe incluir en su propuesta, como mínimo, lo expuesto en las presentes bases de licitación en la cláusula “Objetivos Específicos” más el desarrollo de los siguientes temas mínimos:

a)     Revisión y validación de los datos antes de la actualización de precios. A la hora de extraer precios de un grupo de productos mediante Web Scraping se presentan una serie de dificultades que deben ser abordadas para la correcta ejecución del servicio en el tiempo. Esta Dirección calcula los ahorros semanalmente y por lo tanto la ventana de ajuste de cualquier problema se restringe a ese periodo. Es necesario que el proveedor tenga o elabore una serie de procesos de validación de precios que puedan ser detectados y corregidos antes del siguiente periodo de actualización de precios. Entre los problemas que usualmente detectamos tenemos los siguientes:

i)       Captura de precios erróneos. Esto puede producirse por problemas en el pareo inicial, por el ajuste de la unidad de medida o la conversión de moneda, entre otros.

ii)      Transformación de moneda y unidad de medida. Ligado al punto anterior se requiere abordar la forma en que se automatizarán estas conversiones. Para maximizar el pareo de productos la homologación de los formatos de venta es esencial.

iii)    Capturas de precios faltantes. Este punto hace alusión a la falta de precios capturados de un producto para una semana en particular. Es un problema recurrente y el origen puede ser múltiple: sitios web dinámicos, eliminación de productos en tienda, cambios temporales en el código html, errores internos de ejecución de códigos, problemas de almacenamiento, etc. 

iv)    Validación de los respaldos fotográficos. La DCCP valida semanalmente una muestra de capturas de precio y dentro de ese proceso requiere contar con los respaldos fotográficos que den sustento al precio obtenido. Si esto no se encuentra disponible oportunamente genera serios problemas para las etapas posteriores de cálculo de ahorros u otros.

v)     Monitoreo de problemas detectados. Para todos los problemas anteriormente expuestos de qué manera el proveedor dará seguimiento y resolución a los incidentes registrados. Esta dirección busca formalizar la operación de este servicio mediante el establecimiento de KPI de operación que nos permitan medir la calidad de servicio en el tiempo. Se requiere abordar este tema para desarrollar una solución conjunta durante la vigencia del contrato.

b)     Gestor de incidentes. La propuesta del oferente debe abordar una forma eficiente para canalizar los problemas expuestos en la letra a) precedente y que eventualmente puedan generarse en la extracción de precios durante el transcurso del contrato.

La propuesta de calidad de datos se evaluará de la siguiente forma:

Calidad de datos

Puntaje

El oferente cubre satisfactoriamente la revisión y validación de los datos antes de la actualización de precios y el gestor de incidentes (letras a y b)

100 puntos

El oferente cubre satisfactoriamente solo la revisión y validación de los datos antes de la actualización de precios (letra a)

60 puntos

NOTA IMPORTANTE: Es indispensable que para la revisión y validación de los datos antes de la actualización de precios se aborden todos y cada uno de los numerales del i) al v).

Los oferentes deberán subir un archivo (formato PDF o PPT) al sistema de información con el nombre de Anexo N°6: Oferta Técnica de Calidad de Datos. Esta propuesta y todos los temas ahí expuestos deben ser validados por la presente Dirección, velando por asegurar los objetivos principales de la DCCP, validez y confiabilidad. Además, en el caso de que el oferente no incluya la revisión y validación de los datos antes de la actualización de precios (letra a) se descartará la oferta correspondiente en su totalidad debido a las características mínimas requeridas para este servicio.

 

11.3.3. Criterio Técnico: Programas de integridad

 

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°7. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo a lo siguiente:

 

CRITERIO

PUNTAJE

Posee Un programa de integridad que sea conocido por su personal.

100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal.

0 puntos

 

El puntaje de este criterio se dará según la siguiente fórmula:

11.3.4. Criterio administrativo: Cumplimiento de requisitos formales

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes y certificaciones requeridas en la cláusula N°6 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 100 puntos asignados al criterio.

Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en la cláusula N°11.4 “Solicitud de aclaraciones y antecedentes”, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 50 puntos.

Por último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos, pese a haber sido requerido según lo señalado en el párrafo anterior, o lo hace fuera del plazo indicado en las dichas cláusulas, obtendrá 0 puntos en este criterio, siempre que el incumplimiento no configure una causal de inadmisibilidad de la oferta.

El puntaje de este criterio se resume en la siguiente tabla:

Cumplimiento de Requisitos Formales

Puntaje

Cumple con todos los requisitos solicitados

100 puntos

No cumple con todos los requisitos solicitados, pero los subsana en el plazo estipulado

50 puntos

No cumple con todos los requisitos solicitados, y no logra subsanar en el plazo estipulado

0 puntos

El puntaje de este criterio se dará según la siguiente fórmula:

 

 

Puntaje Final:

Puntaje Total = (puntaje criterio económico + puntaje de criterio técnico + puntaje criterio administrativo)

11.4.   Solicitud de aclaraciones y antecedentes

No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación. Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Dirección ChileCompra podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, https://www.mercadopublico.cl.

Asimismo, la Dirección ChileCompra tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886. Los oferentes deberán ingresar todos los antecedentes requeridos en una sola oportunidad dentro del plazo indicado en el siguiente párrafo, por lo tanto, no se considerarán los antecedentes que, sin perjuicio de ser entregados dentro del plazo, se incorporen luego de haberse realizado una primera presentación.

En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en http://www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

11.5.   Adjudicación

La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, podrá:

  1. En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, la DCCP, mediante resolución fundada, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación, o bien, declarar desierta la licitación, cuando no se recibieran ofertas admisibles o cuando ninguna de las ofertas admisibles resultare convenientes a sus intereses.

  1. Adjudicar al oferente que obtuvo el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente. Con todo, se deja constancia que, para ser adjudicado, el postulante evaluado, individualmente considerado, debe haber obtenido un puntaje final igual o superior a 65 puntos.

La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la DCCP, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes Bases de licitación, aquélla informará a través del Sistema http://www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando la imposibilidad de cumplir con el plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N°19.886.

11.6.   Resolución de empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo en una misma línea, quedando ambos en condiciones de ser adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Criterio Técnico: “Experiencia”
  2. Criterio Económico: “Precio total”
  3. Criterio Administrativo: “Cumplimiento de requisitos formales”

11.7.   Notificación de adjudicación

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal https://www.mercadopublico.cl.

11.8.   Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través de la página web https://ayuda.mercadopublico.cl/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 5 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.

11.9.   Readjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Proveedores de Mercado Público, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

12.    Condiciones contractuales y otras cláusulas

12.1.   Suscripción del contrato

El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.

 

Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.

12.2.   Vigencia del contrato y renovación

12.2.1. Vigencia del contrato

El contrato comenzará a regir desde la total tramitación de la resolución que lo apruebe y su vigencia se extenderá por 12 meses.

 

Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse los servicios a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.

12.2.2. Renovación

La Dirección ChileCompra podrá renovar el contrato solo por el Hito número 2, por única vez y un periodo máximo de 12 meses, según las necesidades institucionales y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor durante la ejecución del contrato. En el caso que el Administrador de Contrato solicite a la Dirección acogerse a esta opción de renovación, deberá dar cuenta de los siguientes antecedentes:

  • Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Administrador de Contrato.
  • Certificado de disponibilidad presupuestaria para la renovación del contrato.

Cumplidas estas condiciones, deberá dictarse un acto administrativo que autorice la referida renovación, debiendo el proveedor entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo período de vigencia más 60 días hábiles posteriores a su término.

Los motivos fundados para establecer esta cláusula de renovación, según lo exigido por el artículo 12 del reglamento de la Ley N°19.886, son los siguientes:

                   i.          El servicio licitado requiere una fuerte inversión inicial, principalmente para establecer el pareo de productos entre nuestro catálogo de convenio marco y el mercado privado. A medida que transcurre el contrato y el pareo de productos se completa la estructura de costos cae, lo que permite sostener la entrega y calidad del servicio. Sin embargo, se considera que un año no permite recuperar los costos incurridos inicialmente por lo que esta situación podría permitir la incorporación de una cláusula de renovación.

12.3.   Lugar, horarios y plazo de ejecución de los servicios

12.3.1. Lugar y horarios

Los profesionales del equipo de trabajo podrán prestar los servicios remotamente, sin tener la obligación de concurrir a las oficinas de la Dirección ChileCompra, salvo que sea requerido por ésta en forma excepcional y por ser ello imprescindible para el avance de los servicios, en cuyo caso, los valores de traslado y alojamiento deberán ser asumidos por el proveedor, teniendo en consideración lo siguiente:

  • La ejecución de las actividades será realizada en días hábiles administrativos chilenos, esto es, de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos. Para estos efectos, se deberán considerar solamente los feriados nacionales en territorio chileno para temas de planificación y ejecución del proyecto. No serán considerados los feriados del país de residencia de los profesionales que compongan el o los equipos seleccionados.

  • Los horarios en que se establezcan reuniones de coordinación, reporte de estado de avance o cualquier instancia de trabajo que requiera contar con los equipos (o parte de ellos) del adjudicatario y la Dirección ChileCompra, deberán ser en base a la zona horaria oficial de Chile durante la ejecución del proyecto. Se deja establecido que los horarios hábiles de trabajo son de lunes a viernes entre las 08:00 y las 19:00 horas, pudiendo acordarse la jornada laboral entre esos horarios. En caso de que los profesionales ejercieran sus labores fuera de estos horarios, el proveedor no podrá aumentar la tarifa por hora.

12.3.2. Plazos de ejecución de los servicios


Los servicios deberán ser ejecutados durante la vigencia del contrato señalada en la cláusula N°12.2, debiendo considerarse los siguientes plazos dentro del cronograma de trabajo:


-        HITO N°1: 2 meses

-        HITO N° 2: 10 meses

12.4.   Modificación del contrato

El contrato podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, o bien, unilateralmente por la Dirección ChileCompra en caso de exigirlo el interés público o la seguridad nacional, lo que deberá ser debidamente justificado.

La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza, objeto o elementos esenciales, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo. Asimismo, si fuere procedente, deberá contarse con el certificado de disponibilidad presupuestaria. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente consensuadas.

12.5.   Obligaciones del adjudicatario

El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:

  • Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.
  • Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
  • Prestar los servicios requeridos en los términos expuestos en la cláusula N°9 de las presentes bases.
  • Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.

12.6.   Efectos derivados de incumplimientos contractuales

12.6.1. Multas

a)                   Multas por atraso injustificado en la entrega del Hito N° 1

Las multas por atraso se calcularán sobre el valor total bruto que correspondiese pagar por el hito N°1, de la siguiente forma:

  • Entre 1 y 10 días hábiles, se aplicará una multa de 1% del valor total del hito, por cada día de atraso de responsabilidad del proveedor, aplicando esta multa desde el primer día de atraso y hasta el décimo día.
  • Entre 11 y 20 días hábiles, se aplicará una multa de 2% del valor total del hito, por cada día de atraso de responsabilidad del proveedor aplicando esta multa desde el día 11 hábil de atraso y hasta el vigésimo día.
  • Entre 21 días hábiles o más de atraso injustificado: Constituirá causal de término anticipado del contrato el atraso que supere los 20 días hábiles en relación con el tiempo acordado.

b)                   Multas por atraso injustificado en la entrega del Hito N° 2

Las multas por atraso en alguna de las entregas del hito N°2 se calcularán de la siguiente forma:

Incumplimiento

Cumplimiento

Medio de verificación

Multa

Plazo de entrega o disponibilidad de capturas de precio e-commerce.

Se debe cumplir con el plazo máximo de entregas estipulado en el apartado 9.2.1.3 - Frecuencia de Entrega, de las presentes bases.

Planilla con la totalidad de precios capturados para una semana determinada o respaldo fotográfico de errores generados al descargar o consultar información. Se contrastará con datos de la DCCP.

1% del pago mensual bruto del servicio por cada día hábil de atraso

El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En caso de que no pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa en pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor o que estén fuera de su control de acción. Por lo tanto, para el efecto del cálculo de las multas, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del Adjudicatario o que estén dentro de su control. 

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra podrá dar término anticipado al contrato y podrá dar curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Reglas comunes a las multas:

Las multas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado, según el procedimiento que se detalla en la cláusula N°12.6.4 de estas bases. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el proveedor adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 10 días hábiles desde la notificación del cobro.

La transformación de la UF, según sea la multa aplicada, a pesos chilenos se realizará considerando el valor de dicha unidad a la fecha de la total tramitación de la resolución que aplica la multa.

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa en pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

No se considerarán como incumplimientos aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor o que estén fuera de su control de acción. Por lo tanto, para el efecto del cálculo de las multas, sólo se considerarán eventos que sean de responsabilidad del Adjudicatario o que estén dentro de su control.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Con todo, si las multas cursadas superan el 20% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Las medidas aplicadas al proveedor serán publicadas y consideradas dentro del cálculo del comportamiento contractual dispuesto en la plataforma para conocimiento de todos los compradores del Estado.

12.6.2. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato

La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
  2. Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado.
  3. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de aplicación de otra medida.
  4. Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula N°12.6.3 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.

En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.

En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.6.3, número 9, de las presentes bases.

12.6.3. Término anticipado del contrato

La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.

  1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

  1. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

  1. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

  1. Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.

  1. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.

  1. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

  1. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.
  2. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
  3. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.

  1. No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.

10.  En caso de incumplimiento de la cláusula N°12.20 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.

11.  En caso de incumplimiento de la cláusula N°12.9 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.

12.  Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.

13.  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

14.  En el caso que la aplicación de multas supere el 20% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula N°12.6.1 de estas bases.

15.  Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.

16.  Cuando se verifique un atraso en el cumplimiento de las obligaciones contractuales que supere los 30 días hábiles, establecidos en la cláusula N°12.6.1, letra a), de las presentes bases.

17.  Cuando el proveedor se niegue a acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales en cuatro oportunidades, de conformidad con lo establecido en la cláusula N°12.23 sobre “Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales”.

18.  Si se impusiere al proveedor la medida de inhabilitación para contratar con el Estado, en los términos previsto en la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Esta causal de término anticipado de convenio marco también será aplicable a los proveedores personas jurídicas, sociedades, corporaciones o fundaciones que mantengan entre sus socios, accionistas, miembros o partícipes con poder de influir en la administración a personas naturales condenadas a la medida de inhabilitación de contratar con el Estado de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la ley N°21.595.

En los casos señalados, con excepción de los numerales 1 y 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N°1, procederá el procedimiento de aplicación de medidas regulado en las presentes bases.

12.6.4. Procedimiento para la aplicación de medidas

A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:

a)     Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en el numeral 1 de la cláusula N°12.6.3), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante correo electrónico del contacto proporcionado en Anexo N°1 “Formulario Datos del Oferente”, o en su defecto, personalmente o a través de carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.

b)     A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición, mediante correo electrónico dirigido al administrador del contrato, o bien, a través de la Oficina de Partes de la DCCP.

c)     Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal a).

d)     Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado de la misma forma indicada en el literal a).

 

e)     Recurso de Reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada, en la forma dispuesta en el literal a), para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.

f)       La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la medida aplicada sea una multa, el proveedor deberá pagar directamente a la DCCP dentro del plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la resolución que acoja parcialmente o rechace el recurso, y en caso de no pagar dentro de dicho plazo, el cobro se hará efectivo a través de la ejecución de la o las garantías de fiel cumplimiento, en los términos señalados en la cláusula N°12.6.1 de estas bases.

Consideraciones respecto a las notificaciones:

Se hace presente que mientras se mantenga en nuestro país el contexto de alerta sanitaria con ocasión de la pandemia vigente, la notificación de las resoluciones de este procedimiento se realizará igualmente a través de correo electrónico, en virtud del Dictamen N°3.610, de 2020, de la Contraloría General de la República, que habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión interna de los órganos del Estado, como sería el desarrollo de procedimientos administrativos por medios electrónicos. Una vez terminada la alerta sanitaria, se notificará por correo electrónico únicamente a los proveedores que presentaron el Anexo N°5 “Declaración jurada para autorización de notificaciones”, autorizando dicho medio de notificación. A quienes no hayan presentado tal autorización, se les notificará personalmente o por carta certificada.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

Sin perjuicio de lo antes expuesto, si durante la vigencia del contrato entra en vigor la Ley N°21.180 de Transformación Digital Del Estado, que permite la notificación electrónica de los procedimientos administrativos, las notificaciones que se disponen en el presente procedimiento se podrán realizar a través del módulo de gestión de contratos del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

12.7.   Presupuesto máximo disponible

El presupuesto máximo disponible para esta contratación es de $ 28.560.000.- (veintiocho millones quinientos sesenta mil pesos), incluidos todos los impuestos que procedan, de conformidad a la siguiente tabla:

Etapas

Solución de Monitoreo de precios

Presupuesto disponible

Hito_1

  • Desarrollo de panel de negocios para el monitoreo de precios

$4.760.000

Hito_2

  • Disponibilidad, de panel de negocios para gestionar comercialmente los precios durante la operatoria de los Convenios Marco comparados con los precios de Mercado, mediante la metodología de WEB SCRAPING

$23.800.000

En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.

12.8.   Pagos

La forma de pago de los servicios contratados se realizará de acuerdo con la ejecución de cada hito según el siguiente detalle:

  • Hito N° 1: 16% del valor adjudicado del servicio será facturado en una única cuota al finalizar los desarrollos solicitados en la cláusula 9.2.4.1. Junto con ello, el proveedor deberá entregar un informe el cual deberá dar cuenta del cumplimiento de las tareas encomendados por esta Dirección.

  • cuotas iguales y sucesivas, comenzando el primer pago al siguiente mes desde iniciado este hito.

El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido.

A fin de poder realizar los pagos, el proveedor deberá enviar al Administrador de Contrato de la DCCP, a más tardar los días 10 de cada mes, o el día hábil inmediatamente anterior al 10 en caso de que éste sea inhábil, un informe mensual que resuma las principales estadísticas o acuerdos del periodo teniendo en consideración los siguientes aspectos:

a) El reporte debe resumir las principales estadísticas del mes más los hallazgos obtenidos a partir del listado de productos cotizados (productos de los que no se obtuvo cotización, problemas presentados, sitios web utilizados separados por convenio, cantidad de precios pendientes y otros que considere pertinente).

b) Una bitácora con los definiciones, acuerdos y principales hitos de acuerdo con la ejecución del contrato.

Cabe señalar que, los pagos mensuales estarán asociados a la aprobación conforme del referido informe mensual. Una vez aprobado el informe, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago, por lo que el proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio prestado.

Para tramitar el pago de la adquisición de la prestación de los servicios, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra, en formato físico o electrónico, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:

  • Informe de recepción conforme del respectivo hito entregado, firmado por parte del Administrador del Contrato.
  • En caso de que corresponda, un Informe de aplicación de multas.
  • “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.
  • Las liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.

La Dirección ChileCompra deberá revisar los antecedentes presentados. 

 

La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.   

 

Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP. 

 

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados previa liquidación del contrato. 

Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.

La Dirección de Compras y Contratación Pública pagará en pesos chilenos. En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio. Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

12.9.   Confidencialidad

 

El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El Adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se le solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, o consultores.

El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la Dirección ChileCompra entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.

Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.

12.10.              Propiedad de la información

La oferta técnica presentada por el adjudicatario, el desarrollo posterior del trabajo adjudicado, los documentos asociados y otros, serán de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de estos sin la autorización previa y escrita por parte de esta.

Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en  cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Dirección ChileCompra, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.

12.11.              Seguridad de la información

El contrato que se celebre en el marco de esta licitación entregará al proveedor adjudicado acceso a información de ChileCompra y/o sus sistemas, en consecuencia, es obligación del adjudicatario resguardar debidamente esta información y cumplir las demás consideraciones que se establecen en esta cláusula.

 

El adjudicatario reconoce que es el único responsable por la confidencialidad y seguridad de la Información de la Dirección ChileCompra que a la que accede, custodia o controla, por lo cual el adjudicatario será el responsable de tomar las medidas apropiadas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, asegurará la confidencialidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la Información de ChileCompra.

El adjudicatario deberá implementar y mantener un programa de seguridad que cumpla con los requisitos de seguridad y privacidad y que incorpore las mejores prácticas de la industria. El programa de seguridad del adjudicatario deberá incluir las medidas apropiadas de seguridad administrativas, técnicas y físicas, asegurará la confidencialidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la Información de ChileCompra y sus sistemas e incluirá por lo menos las siguientes medidas de seguridad:

  1. Controles adecuados para la autentificación de usuarios, incluyendo métodos seguros para asignar, seleccionar y almacenar el acceso de credenciales, limitar el acceso sólo a los usuarios activos y bloquear el acceso después de un número intentos de accesos fallidos acorde a las buenas prácticas de seguridad definidos de la industria detallados en los requisitos de seguridad y privacidad.
  2. Controles de acceso seguro, incluyendo aquellos que limiten el acceso a la Información de ChileCompra para los individuos que tengan una razón fidedigna y demostrable de negocios para acceder a dicha información, respaldados mediante políticas, protocolos y controles apropiados que faciliten la autorización, establecimiento, modificación y eliminación de los accesos.
  3. Ajustes apropiados y oportunos para el Programa de Seguridad del Proveedor que se basen en: el riesgo periódico de valoraciones; evaluaciones exhaustivas y frecuentes (tales como las valoraciones efectuadas a terceros) del Programa de Seguridad del Proveedor; monitoreo y pruebas frecuentes de la efectividad de medidas de seguridad; y revisión de dichas medidas de seguridad con una frecuencia mínima de un año, o cada vez que se presente un cambio sustancial en el ambiente técnico del Proveedor o en las prácticas del negocio que pudieran comprometer la confidencialidad, disponibilidad, integridad o seguridad de los sistemas informáticos del Proveedor.
  4. Programas de sensibilización y capacitación continua y apropiada de los trabajadores y demás personal que actué en nombre y representación del adjudicatario para asegurar que se apeguen a las políticas, procedimientos y protocolos del Programa de Seguridad.
  5. Monitoreo de los sistemas diseñados para garantizar la integridad de la información y prevenir la pérdida o acceso no autorizado a, o la adquisición, utilización y divulgación de la Información de ChileCompra.
  6. Medidas técnicas de seguridad, incluyendo la protección de firewalls y antivirus, administración de parches de seguridad, registro de accesos a, utilización o divulgación de la Información de ChileCompra, detección de intrusiones y cifrado de los datos estáticos y en tránsito.
  7. Medidas de seguridad en unidades físicas, incluyendo controles de accesos diseñados para restringir acceso a la Información de ChileCompra para los individuos que se describen en el numeral 2 de la presente cláusula.
  8. Segmentación lógica de la Información de ChileCompra de los datos que pertenezcan a otros clientes.
  9. Las tareas de mantenimiento de software solicitadas al proveedor deben cumplir con prácticas de desarrollo seguro y arquitectura recomendadas Microsoft y OWASP.

El Proveedor deberá ejercer la supervisión necesaria y apropiada sobre sus empleados y sobre cualquier otro personal que actúe en su representación para mantener la confidencialidad, integridad, disponibilidad y seguridad de la Información de ChileCompra.

El Proveedor deberá cumplir con todos los Requisitos de Seguridad de la Información y Privacidad aplicables.

El Proveedor deberá mantener un nivel de certificaciones o evaluaciones de seguridad que sea consistente con las mejores prácticas, y que se lleve a cabo mediante terceros que a juicio de ChileCompra estén calificados. Frente a una solicitud fundada de ChileCompra, dichas certificaciones deberán ser entregadas.

12.12.              Portabilidad y transferencia de datos

La información de ChileCompra que se clasifique como reservada o confidencial no deberá almacenarse o transportarse en laptops ni en cualquier otro tipo de dispositivo móvil, ni en medios de almacenamiento extraíbles, incluyendo: USB, memorias portátiles, DVD o CD, a menos que dichos dispositivos se cifren utilizando una metodología de cifrado que se apruebe por escrito por el Departamento de Seguridad de la Información de ChileCompra.

Todas las transferencias de datos electrónicos de la información de ChileCompra que se clasifiquen como reservada o confidencial se deberán realizar a través de FTP seguro u otro protocolo o metodología de cifrado que se apruebe por escrito por el Departamento de Seguridad de la Información de ChileCompra.

Cualquier acuerdo de servicio con empresas que subcontraten de Hosting o Cloud que el proveedor use o en el futuro utilice para proveer servicios a ChileCompra, es un servicio de tercero que está sujeto a los lineamientos de las cláusulas de seguridad de la información y la presente cláusula.

Cualquier acuerdo de servicio con empresas que subcontraten, de Hosting o Cloud que sea confiada su ejecución a un proveedor previo a la ejecución del acuerdo, está sujeto a la presente clausula. Cualquier acuerdo de servicio con empresas que subcontraten de Hosting o Cloud que el proveedor proponga incluir en la siguiente ejecución del contrato está sujeto a la presente cláusula.

De acuerdo a lo previsto en la presente clausula, no se podrá transferir, almacenar, o procesar la información de ChileCompra fuera del país en donde el Proveedor la recibe sin antes obtener una aprobación por escrito de ChileCompra, comprendiéndose las transferencias a agentes o subcontratados.

12.13.              Evaluación y revisión seguridad de la información

El Departamento de Seguridad de la Información de la Dirección ChileCompra deberá llevar a cabo una revisión de seguridad cuando ChileCompra lo considere razonablemente necesario.

A solicitud de ChileCompra, el Proveedor deberá proporcionar las copias de sus políticas de seguridad y privacidad, así como los procedimientos aplicables a la información de ChileCompra. Asimismo, el adjudicatario, a solicitud de ChileCompra, también podrá emitir respuestas por escrito a las preguntas relacionadas con las prácticas de seguridad de la información y privacidad que le sean aplicables a la información de ChileCompra. El proveedor deberá emitir respuestas escritas dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de ChileCompra.

El Proveedor deberá proporcionar al Departamento de Seguridad de la Información la oportunidad de llevar a cabo una evaluación de seguridad y privacidad del Programa de Seguridad de la información, de los sistemas y los procedimientos de este. El personal de ChileCompra, o los terceros que ChileCompra contrate, deberán llevar a cabo dicha valoración in-situ, o bien, se deberá realizar mediante encuestas y entrevistas a discreción de ChileCompra. Dicha evaluación se llevará a cabo sólo una vez por cada año, a no ser que existe algún Incidente de Datos, en cuyo caso la frecuencia será mayor. Cuando vaya a realizarse una evaluación in-situ, ChileCompra deberá dar aviso al Proveedor con al menos de 15 días hábiles previos a dicha evaluación, con excepción que exista un Incidente de Datos, o en el caso que ChileCompra tuviera alguna base razonable para pensar que el Proveedor pudiese no cumplir con los puntos del presente apartado, en cuyo caso dicho aviso no será mayor a 48 horas.

El proveedor deberá notificar oportunamente por escrito a ChileCompra de cualquier incidente de datos, hallazgo, evaluación o revisión de seguridad que puedan impactar adversamente la información de ChileCompra o los sistemas de ChileCompra, realizadas por el proveedor o por un tercero; incluyendo, auditorías, evaluaciones de vulnerabilidad, revisión de códigos y análisis de penetración. El proveedor mantendrá informado oportunamente a ChileCompra de sus esfuerzos de remediación.

Asimismo, debe notificar inmediatamente al coordinador de contrato y a los correos electrónicos seguridad@chilecompra.cl y jose.cariqueo@chilecompra.cl sobre cualquier Incidente de Datos. Si bien la notificación inicial podrá darse a manera de resumen, se deberá entregar una notificación extendida por escrito. La notificación deberá comprender con detalle razonable la naturaleza y alcance del Incidente de Datos (Incluyendo una descripción de toda la Información de ChileCompra que se ha afectado) y las acciones correctivas que el Proveedor ha tomado. Se deberá suplementar oportunamente dicha notificación con el nivel de detalle razonable que solicite ChileCompra, incluyendo los reportes de investigaciones o forenses relevantes.

El Proveedor deberá tomar oportunamente todas las acciones correctivas necesarias y sugeridas, y deberá cooperar completamente con ChileCompra y el personal designado en todos los esfuerzos razonables para investigar el Incidente de Datos, mitigar los efectos adversos, y prevenir la recurrencia. Dicha cooperación deberá incluir la pronta respuesta a las averiguaciones de ChileCompra sobre el incidente de Datos.

Las partes deberán colaborar en caso de que sea necesario o recomendable proporcionar aviso del Incidente de Datos a cualquier persona, entidad gubernamental, los medios de comunicación o cualquier otra parte. Las Partes deberán colaborar con el contenido del aviso. ChileCompra deberá realizar las determinaciones finales sobre a quién, y si es que se proporcionaran notificaciones, el contenido de la notificación, y a qué Parte deberá ser la firmante de dicha notificación.

12.14.               Entrega segura o eliminación y terminación de accesos

Una vez que concluya el contrato, el Proveedor deberá regresar la información de la Dirección ChileCompra que posea, custodie o controle.

No obstante, lo anterior, el Proveedor no podrá eliminar la información de ChileCompra, salvo que esta acción sea acordada con la Dirección ChileCompra y en concordancia a la normativa aplicable. Cualquier eliminación de la información de ChileCompra deberá garantizar que dicha información quede permanentemente ilegible e irrecuperable, siempre y cuando la Dirección ChileCompra la disponga dentro de sus herramientas internas.

En la medida que el Proveedor tenga acceso o contacto con los sistemas de ChileCompra, deberá garantizar que dicho acceso cesará en la fecha de terminación del Contrato.

Mediante aviso razonable y a solicitud de ChileCompra, el Proveedor deberá proporcionar a ChileCompra las certificaciones de un órgano externo que dé fe del cumplimiento del Proveedor de las cláusulas de Seguridad de la Información y entrega segura o eliminación y terminación de accesos.

12.15.              Tratamiento de datos personales por mandato

En caso de que se encomiende al adjudicatario el tratamiento de datos personales por cuenta de la DCCP, ésta deberá suscribir un contrato de mandato escrito con el proveedor, en donde se especifiquen las condiciones bajo las cuales se podrán utilizar esos datos, según el artículo 8 de la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. En dicho contrato de mandato se indicará, a lo menos, la finalidad del tratamiento, el tipo de datos que se entrega al adjudicatario (en calidad de mandatario), la duración del encargo y un procedimiento para la devolución de los datos y su eliminación efectiva por parte del proveedor, al terminar ese contrato. Además, deberá prohibir expresamente el uso de dichos datos personales para fines distintos a los que persigue la DCCP (en calidad de órgano público mandante) y señalar expresamente que no se permite su comunicación a terceros.

12.16.              Propiedad intelectual del software

Al iniciar sus prestaciones, el adjudicatario deberá informar a la contraparte del órgano comprador respecto del software sobre el cual tiene derechos de propiedad intelectual, sea como autor o a través de licenciamiento, y que será utilizado durante la ejecución del contrato.

En caso de que se realicen desarrollos de software para llevar a cabo las prestaciones contratadas, la DCCP adquirirá la propiedad intelectual del código fuente.

12.17.              Acceso a sistemas

En caso de que el personal del proveedor adjudicatario requiera acceso a los sistemas de la DCCP para llevar a cabo las prestaciones contratadas, deberá previamente informar a través de su coordinador del contrato a la contraparte del órgano comprador, el nombre y RUT de las personas que accederán, el objeto de actividad, la fecha y lugar, y el tipo de sistemas, información o equipos que requerirá.

 

Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte del órgano contratante, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización.

Si el personal del proveedor que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán singularizarse previamente.

12.18.              Coordinador del contrato

El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:

  • Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
  • Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
  • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

12.19.              Supervisión, coordinación, y administración del contrato por parte de la Dirección ChileCompra

La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo con las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:

  • Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
  • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
  • Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y aplicación de medidas.
  • Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
  • Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
  • Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
  • Determinar la aplicación de las medidas por incumplimiento que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
  • Las demás que le encomiende el presente instrumento.

12.20.              Cesión de contrato y subcontratación

El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.

Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.

Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.

Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.

La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula N°12.6.3, N°10, de las presentes bases.

12.21.              Estándares de probidad

Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

12.22.              Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.

12.23.              Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales

Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°3 - Declaración Jurada Simple para Contratar, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio, de corresponder. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

En el caso de que la adjudicada sea una UTP, cada integrante de esta deberá presentar dicho anexo.

 

Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.

El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula N°12.8, si corresponde la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, Formulario F-30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.

En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183- C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. En caso de negarse a entregar dicha documentación, se le aplicará una multa al proveedor equivalente al 0,5% del valor total del contrato por cada evento, hasta el límite de 3 veces, para lo cual se seguirá el procedimiento de aplicación de medidas consagrado en la cláusula N°12.6.4 de las presentes bases. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave, dando lugar al término anticipado del contrato.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.

El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

12.24.              Documentos integrantes

La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos por orden de prelación:

                     i.    La Ley N°19.886, su Reglamento y sus modificaciones.

                    ii.    La Ley N° 21.634.

                  iii.    Bases de Licitación y sus Anexos.

                  iv.    Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.

                   v.    Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.

                  vi.    Oferta Adjudicada.

                 vii.    Resolución de Adjudicación.

               viii.    Contrato definitivo suscrito entre las partes.

                  ix.    Orden de Compra.

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.


ANEXO N°1: FORMULARIO DATOS DEL OFERENTE

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEL MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

  1. DATOS DEL OFERENTE

-        En el caso que oferte una persona natural o jurídica:

Nombre Representante Legal o nombre persona natural

Cargo

Razón Social o nombre persona natural

RUT Oferente

Dirección

Ciudad

Teléfono

E-mail

Web del oferente

-        En el caso que oferte una Unión Temporal de Proveedores (UTP)[1]:

Nombre UTP a la que pertenece

Nombre Apoderado UTP[2]

Nombre Representante Legal o persona natural del integrante de la UTP que presenta este anexo

Razón Social de integrante UTP, si corresponde

RUT integrante UTP

Dirección

Ciudad

Teléfono

E-mail

Web

  1. DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE

Nombre Contacto Licitación

Dirección

Ciudad

Teléfono

Celular (opcional)

e-mail

____________________


ANEXO N°2: DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP)

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEL MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

  1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores:

_____________________________________________________

  1. Integrantes de la UTP:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

RUT

CALIDAD

1

Apoderado UTP[3]

2

Miembro UTP

3

Miembro UTP

(*) Agregue tantas líneas como integrantes que conformen la UTP.

  1. Criterio Técnico: Experiencia

Al momento de la presentación de la oferta, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

A continuación, para efectos de la admisibilidad de su propuesta señale cuál de los integrantes de la UTP tiene experiencia en los subcriterios técnicos que se exponen a continuación:

Subcriterios

Nombre o Razón Social

RUT / ID

Herramienta en la nube de comparación de precios

Experiencia del oferente en el servicio de levantamiento o extracción de precios

Calidad de Datos según Oferta Técnica

Indique en el siguiente recuadro a qué integrante(s) de la UTP pertenecen las experiencias declaradas precedentemente, identificando el proyecto y el cliente respectivo, información que deberá ser concordante con el anexo referido.

Proyecto

Cliente

Integrante UTP que presenta el proyecto

RUT / ID de integrante UTP

*

(*) Agregue tantas filas como profesionales oferte, según lo dispuesto en la cláusula N°11.3.2, letra a), de las presentes bases.

  1. Declaración de objeto, solidaridad y vigencia de la UTP:

Mediante esta declaración el firmante declara:

  • Ser parte de la Unión Temporal de Proveedores señalada en el numeral 1 de esta declaración, que tiene por objeto presentar una propuesta formal al proceso de licitación denominado SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEL MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO, bajo la modalidad establecida en el art. 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

  • Asimismo, declara que, conjuntamente con todos los integrantes de esta UTP, será solidariamente responsable de la presentación de la oferta, así como las obligaciones contraídas en virtud de los contratos suscritos en caso de ser adjudicado en esta licitación.

  • Finalmente, declara que la vigencia de la UTP no será inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo las renovaciones, incrementos de plazos y prórrogas que procedan en caso de que las hubiere.

_________________________________________

 

NOTA:

El anexo debe ser presentado por el apoderado UTP, ya sea por la persona natural o por el representante legal de la empresa apoderada, completarlo debidamente, firmar y adjuntar a la oferta este anexo. En caso de que falte esta declaración, la oferta UTP será declarada inadmisible.


 

ANEXO N°3: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA CONTRATAR

(Deudas vigentes con trabajadores)

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEL MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO:

(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)

____ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Asimismo, declaro que por este acto vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor que represento en la licitación que resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o no.

,

____________________

NOTA:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

ANEXO N°4: DECLARACIÓN JURADA DE INDEPENDENCIA DE LA OFERTA

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEl MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la adquisición/contratación de “SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DEl MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO_”, declaro bajo juramento que:

___ Mi representada no forma parte de un mismo grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores.

 

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, pero ninguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas participa en el presente procedimiento licitatorio ofertando respecto del mismo producto o servicio.

 

___ Mi representada forma parte de un grupo empresarial o está relacionada con personas en los términos establecidos en el Titulo XV “De los grupos empresariales, de los controladores y las personas relacionadas” de la Ley N°18.045 del Mercado de Valores, participando alguno de los miembros del grupo empresarial o de sus personas relacionadas en el presente procedimiento licitatorio respecto del mismo producto o servicio, declarando que la oferta que presenta mi representada fue preparada con total independencia del miembro del grupo empresarial o de la persona relacionada.

,

____________________

NOTA:

-        En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.

 

ANEXO N°5: DECLARACIÓN JURADA PARA AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de “__SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO”, declaro bajo juramento que:

ü  Autorizo expresamente a la Dirección de Compras y Contratación Pública para que efectúe todas las notificaciones relacionadas con la ejecución contractual de este proceso de licitación a través del correo electrónico del contacto designado en el Anexo N°1, letra B), de estas bases.

ü  Asimismo, tomo conocimiento que las notificaciones referidas comprenden todo tipo de requerimientos con motivo de la presente licitación, incluyendo los procedimientos administrativos, tales como aquél señalado en la cláusula N°12.6.4 de estas bases.

,

____________________

NOTA:

-        Este anexo es voluntario, y en caso de adherirse a él, el oferente debe completarlo y acompañarlo como anexo al momento de postular.

-        En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.


ANEXO N°6: oferta técnica

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

a)                   Subcriterio 1: Herramienta en la nube de comparación de precios

A continuación, indique el link y las credenciales (si corresponde) para acceder a la herramienta o plataforma de comparación de precios:

-------------------------------------------------------------------------------------------------------------

b)                   Subcriterio 2: Certificaciones profesionales en el servicio de levantamiento o extracción de precios, según perfil

Complete en la siguiente tabla, en orden cronológico, los antecedentes correspondientes a los proyectos que incluyan experiencia del oferente en levantamiento o extracción de datos de precios.

Nombre del proyecto, asesoría o actividad realizada

Nombre de la institución, empresa u organismo mandante

Mes y año de inicio

Mes y año de término

Nombre y cargo persona de referencia

Correo Electrónico

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

En caso de no poder comprobar la experiencia o las certificaciones esta no será considerada para la evaluación.

c)                   Subcriterio 3: Calidad de datos


En este apartado se revisará el documento metodológico (ppt o pdf) subido junto con la oferta en el anexo técnico.

La Dirección ChileCompra deberá verificar la información y los documentos presentados. 

,

__________________

ANEXO N°7: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

“servicios PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCo”

Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , RUT: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la adquisición de “SERVICIO DE CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO”, declaro bajo juramento que:

Mi representada ___(SI/NO) posee un programa de integridad que es conocido por su personal, entendiendo programa de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

A fin de comprobar su declaración se deberá adjuntar a la oferta el referido programa de integridad.

,

____________________

NOTA:

  1. En el caso de las personas jurídicas, quien suscribe debe ser el representante legal, y en el caso de las UTP, la declaración deberá ser suscrita por el apoderado de la UTP, ya sea persona natural o persona jurídica; y en este último caso, debe firmar su representante legal.
  2. Marcar con SI/NO el párrafo, según corresponda a su situación.

 

 

ANEXO N°8: OFERTA ECONÓMICA

“SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO”

Este anexo tiene por fin realizar la oferta económica al presente proceso licitatorio, y su presentación es obligatoria. Al completar este anexo, los oferentes deben tener en consideración lo siguiente:

  1. Para efectos de la evaluación, las ofertas ingresadas deben ser por el valor bruto, en pesos chilenos, incluyendo todos los impuestos.
  2. En el formulario de ingreso de oferta disponible en www.mercadopublico.cl, el oferente deberá señalar el valor total ofertado.  

 

 

SERVICIOS PARA LA CAPTURA MASIVA DE PRECIOS DE MERCADO NACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA TIENDA DE CONVENIOS MARCO

%

Valor Total Bruto (CLP)

HITO N°1: Desarrollo de panel de negocios para el monitoreo de precios

•            

16

$

HITO N°2: Disponibilidad, de panel de negocios para gestionar comercialmente los precios durante la operatoria de los Convenios Marco comparados con los precios de Mercado, mediante la metodología de WEB SCRAPING

84

$

 

 

 

 

Marque con una X

NO

Declare si la propuesta entrega servicios exentos de impuestos:

 

_____________________________________

 

 

2.- PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el sistema www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en las bases que se aprueban mediante la presente resolución, una vez que la misma se encuentre totalmente tramitada.

Anótese, Regístrese y Comuníquese,

DORA RUIZ MADRIGAL

DIRECTORA (S)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA

RMZ/KNE/GLM/JGQ/ADR

Distribución:

  • Dirección
  • Fiscalía
  • División de Estudios e Inteligencia de Negocios
  • Departamento de Administración y Finanzas


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[1] En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.

[2] El apoderado UTP debe corresponder a un integrante de esta figura.

[3] En esta casilla deberá individualizar al integrante de la UTP que se designe como apoderado o mandatario. En el caso que el apoderado sea una persona jurídica, ésta deberá actuar a través de su representante legal, quien debe suscribir el presente anexo.